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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 10 de mayo de 2007 344940 Otorgan autorización a empresa para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en instalaciones de la Central Hidroeléctrica Ispana-Huaca DIRECCIÓN REGIONAL DE ENERGÍA Y MINAS RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL Nº 045-2007-GRA/PE-DREM Arequipa, 27 de abril de 2007VISTOS: El expediente con Registro Nº 3624325 de fecha 04 de diciembre de 2006 organizado por INVERSIONES PRODUCTIVAS AREQUIPA S.A.C. - INPRO S.A.C., persona jurídica inscrita en la Partida Nº 11059974 del Registro de Personas Jurídicas de la Zona Registral Nº XII Sede Arequipa - O fi cina Registral de Arequipa, sobre Solicitud de Otorgamiento de Autorización para Generación de Energía Eléctrica menor a 10 MW y el expediente con Registro Nº 3624549 de fecha 11 de enero de 2007 organizado por la misma empresa sobre Subsanación de Observaciones a la solicitud antes indicada; CONSIDERANDO: Que, INVERSIONES PRODUCTIVAS AREQUIPA S.A.C. - INPRO S.A.C. ha solicitado autorización para desarrollar la actividad de generación eléctrica en la Central Hidroeléctrica Ispana-Huaca, con una potencia instalada de 9.60 MW, ubicada en el distrito de Río Grande, provincia de Condesuyos, departamento y Región de Arequipa, cuyas coordenadas UTM fi guran en el Expediente; Que, la petición se halla amparada en las disposiciones contenidas en el artículo 38º del Decreto Ley Nº 25844 - Ley de Concesiones Eléctricas y en el artículo 66º y 67º de su Reglamente aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales de su presentación; Que, la peticionaria ha presentado una Declaración Jurada de Cumplimiento de las Normas Técnicas y de Conservación del Medio Ambiente y el Patrimonio Cultural de la Nación, así como Datos Técnicos, Ubicación de Instalaciones y demás informaciones estadísticas, de acuerdo a los requisitos señalados en el artículo 38º de la Ley de Concesiones Eléctricas; Que, tratándose de una Central Hidroeléctrica, la peticionaria se encuentra exceptuada de presentar la garantía exigida de conformidad con lo establecido en el artículo 66º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Que, de conformidad con la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 28273 - Ley del Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales, se viene ejecutando la transferencia de funciones y recursos de los Sectores del Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales y Locales; Que, de conformidad con la Resolución Ministerial Nº 179-2006-MEM/DM y la Resolución Ministerial Nº 550-2006-MEM/DM se han aprobado y transferido diversas funciones del Sector Energía y Minas al Gobierno Regional de Arequipa, siendo así competente la Dirección Regional de Energía y Minas - DREM AREQUIPA para Otorgar Autorizaciones y llevar el Registro de Generación de Energía Eléctrica con potencia instalada mayor a 500 Kw y menores a 10 MW (minicentrales), siempre que estén en la Región; Que, la Dirección Regional de Energía y Minas - DREM AREQUIPA, luego de haber veri fi cado y evaluado la solicitud presentada por la peticionaria, ha observado el expediente emitiendo el Informe O fi cio Nº 013-2007-GRA/ PE-DREM de fecha 05 de enero de 2007 en el cual se detallan las observaciones realizadas al expediente: 1) No adjunta vigencia de poder, 2) Deberá indicar topografía del terreno, 3) Deberá indicar características ambientales ,4) Deberá indicar la geología del terreno, 5) Deberá indicar tipo tablero y subestación, Potencia - Tipo de Conexión - Factor Potencia, 6) Deberá indicar el año de puesta en servicio y 7) Deberá presentar cronograma del proyecto, fi rmado y sellado por el representante legal; indicando a la empresa cumpla con levantar las mismas; Que, la peticionaria con fecha 11 de enero de 2007 cumplió con subsanar las observaciones realizadas por la DREM AREQUIPA, emitiéndose así la Resolución Nº 012-2007-GRA/PE-DREM de fecha 08 de febrero de 2007 mediante la cual se otorgó autorización por tiempo inde fi nido a INPRO S.A.C. para desarrollar actividad de generación de energía eléctrica conforme lo solicitado. Que, efectuada la revisión del expediente se veri fi có que no se cumplió con realizar las publicaciones de la solicitud de conformidad con el artículo 66º del D.S. Nº 009-93-EM - Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas concordado con el artículo 25º del Decreto Ley Nº 25844 - Ley de Concesiones Eléctricas, por lo cual con asentimiento de la peticionaria mediante Resolución Nº 015-2007-GRA/PE-DREM de fecha 28 de febrero de 2007 se declaró la Nulidad de la Resolución antes indicada, reponiendo el procedimiento a la realización de las publicaciones omitidas; Que, la peticionaria cumplió con publicar su solicitud los días 09 y 10 de marzo de 2007 en el Diario O fi cial El Peruano y los días 98 y 09 de marzo de 2007 en el diario La República de conformidad con lo establecido en el artículo 66º del D.S. Nº 009-93-EM - Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas concordado con el artículo 25º del Decreto Ley Nº 25844 - Ley de Concesiones Eléctricas; Que, luego de haber veri fi cado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Eléctricas y en el TUPA de la DREM AREQUIPA aprobado por Resolución Ejecutiva Regional Nº 053-2004-GRA, la Subdirección de Electricidad emitió el Informe Nº 001-2007-DREM-SSE de fecha 02 de abril de 2007, mediante el cual se recomienda otorgar a la peticionaria la autorización de generación de energía eléctrica en la Central Hidroeléctrica Ispana-Huaca. Con la opinión favorable de la Subdirección de Energía de la DREM AREQUIPA; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Otorgar autorización por tiempo inde fi nido, a INVERSIONES PRODUCTIVAS AREQUIPA S.A.C. - INPRO S.A.C. que se identi fi cará con código Nº 0003- AGE-2007, para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en las instalaciones de la Central Hidroeléctrica Ispana-Huaca, con una potencia instalada de 9.60 MW , ubicada en el distrito de Río Grande, provincia de Condesuyos, departamento y Región de Arequipa; cuyas características principales son las siguientes: • Potencia Instalada : 9.60 MW • Tipo de Turbinas : Turbina Tipo Francis de Eje Horizontal• Caudal Total de Uso : 12.5 m3/s• Velocidad : 720 RPM• Caída : 90 m.• Recurso Hídrico : Aprovechamiento de las aguas provenientes del río Ocoña (Resolución Administrativa Nº 063-006-GRA/PR- DRAG-ATDRO-P) Artículo 2º.- INVERSIONES PRODUCTIVAS AREQUIPA S.A.C. - INPRO S.A.C. deberá construir las obras descritas en su solicitud, según el Cronograma de Ejecución de Obra, que contempla la culminación de las obras en el plazo de 58 meses a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución. La falta de ejecución de dichas obras de acuerdo con el Cronograma de Ejecución, conllevará a la cancelación de la presente autorización. Artículo 3º.- La titular está obligada a operar cumpliendo las normas técnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación; así como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, con llevará a la cancelación de la presente autorización. Artículo 4º.- La presente Resolución Directoral Regional, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 67º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será publicada en el Diario O fi cial El Peruano por una