Norma Legal Oficial del día 02 de noviembre del año 2007 (02/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano MORDAZA, viernes 2 de noviembre de 2007

NORMAS LEGALES
DECRETA:

356621

de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. En la MORDAZA de MORDAZA, a los 22 dias del mes de junio del ano dos mil siete. MORDAZA C. MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional de MORDAZA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en MORDAZA, en la Sede del Gobierno Regional de MORDAZA, a los 22 dias del mes de junio del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Gobierno Regional de MORDAZA
126838-1

Articulo Primero.- AUTORIZAR la celebracion del "3er. MATRIMONIO CIVIL MASIVO 2007 ", la misma que se llevara a cabo el dia 22 de diciembre del 2007, en la "Plaza de MORDAZA La Brena", a las 12.00 a.m.; para lo cual las inscripciones se realizaran desde el 2 de noviembre hasta el 20 de diciembre del 2007, en la Unidad de Registro Civil, ubicada en el Palacio Municipal de esta Comuna. Articulo Segundo.- Establecer que los contrayentes abonaran la suma de S/. 60.00 (Sesenta y 00/100 Nuevos Soles) por concepto de Inscripcion. Articulo Tercero.- CONSIDERESE como Requisitos para aquellas personas que desean acogerse a este beneficio, lo siguiente: - Partida de Nacimiento original de ambos contrayentes. - MORDAZA fedateada del documento de identidad de ambos contrayentes. - MORDAZA fedateada del documento de identidad de dos testigos no familiares. - Dos fotos actualizadas tamano carne o pasaporte de cada contrayente. - MORDAZA fedateada de recibo de luz o agua que pruebe el domicilio, uno de los contrayentes debe residir en Brena. - Examen Medico Pre-Nupcial, que lo realizara la Unidad de Sanidad, costo: S/. 10.00 Nuevos Soles por MORDAZA y/o realizado en una Posta Medica del Ministerio de Salud que incluya Consejeria del SIDA. - Un Folder Manila A-4. - Pago del Pliego Matrimonial: S/. 60.00 Nuevos Soles. Articulo Cuarto.- Dispensar la publicacion de avisos en base a la facultad que confiere el articulo 252° del Codigo Civil vigente, a los futuros contrayentes que hayan cumplido con la MORDAZA de los demas documentos exigidos por Ley y que se encuentren aptos para contraer matrimonio. Articulo Quinto.- ENCARGUESE a la Unidad de Registro Civil el cumplimiento del presente Decreto. Articulo Sexto.- ENCARGUESE a la Secretaria General, Gerencia de Administracion y Finanzas, Unidad de Imagen Institucional y Comunicaciones y demas organos competentes prestar el apoyo correspondiente para el cumplimiento y exito del evento programado. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA
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GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BRENA
Autorizan celebracion del Matrimonio Civil Masivo 2007
DECRETO DE ALCALDIA Nº 023-2007/MDB

Tercer

Brena, 29 de octubre del 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BRENA VISTOS: Informe Nº 134-2007-URC-SG/MDB, Pase del Despacho de Alcaldia. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley de Reforma Constitucional ­ Ley N° 27680, las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local. Tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, conforme lo dispone el articulo 4° de la Constitucion Politica del Peru, es deber del Estado y de todo Gobierno Local, proteger a la familia y promover el matrimonio, en su condicion de institutos naturales y fundamentales de la sociedad; Que, es politica de la actual gestion, buscar el bienestar de la comunidad de Brena, promoviendo para ello entre otros aspectos, el fortalecimiento de la familia y la sociedad a traves de la union legal de las parejas deseosas de contraer matrimonio y/o el permitir a aquellas otras parejas que asi lo deseen, la regularizacion de su estado civil, para lo cual esta corporacion ha previsto llevar adelante la celebracion del "3er. MATRIMONIO CIVIL MASIVO 2007"; a realizarse el dia 22 de diciembre del 2007; considerandose las inscripciones desde el 2 de noviembre hasta el 20 de diciembre del 2007, para lo cual se debera contar con la participacion de las diferentes Gerencias, Subgerencias y Unidades de la Municipalidad; Estando lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley N° 27972;

MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO Nº 066- 07

Chaclacayo, 29 de octubre del 2007 VISTO: El Memorandum Nº 135-07-GDSH/MDCH de la Gerencia de Desarrollo Social y Humano, Informe Nº 237-2007-SGRHL-GA/MDCH de la Subgerencia de Recursos Humanos y Logisticos, Memorandum Nº 357-2007-GPP/MDCH de la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, Memorandum Nº 1397-07-GA/MDCH, Informe Nº 132-2007-GAJ/MDCH de la Gerencia de

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