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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2007 (02/11/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 49

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 2 de noviembre de 2007 356615 Artículo Segundo.- APROBAR la exoneración por situación de emergencia y la regularización de la contratación de servicios de transporte terrestre de carga para el traslado de contenedores con bienes de ayuda humanitaria destinados a la atención del sismo ocurrido el 15.AGO.2007, por un monto ascendente a S/. 56,908.00 (Cincuenta y seis mil novecientos ocho con 00/100 nuevos soles) cuyo detalle se consigna como Anexo Nº 2 y que forma parte integrante de la presente Resolución; contrataciones que se realizaron contando con el Informe de Disponibilidad Presupuestal de Vistos, por la Fuente de Financiamiento: 00 Recursos Ordinarios. Artículo Tercero.- DISPONER que la Secretaría General remita copia de la presente Resolución Jefatural y de los Informes Técnico y Legal que la sustentan, a la Contraloría General de la República y al CONSUCODE, dentro de los diez (10) días de emitida la presente Resolución.Artículo Cuarto .- DISPONER que la Dirección Nacional de Logística ingrese la presente Resolución en el Sistema Electrónico de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - SEACE del CONSUCODE y que se encargue de su publicación a través del Diario Ofi cial El Peruano, dentro de los diez días hábiles siguientes a su emisión. Artículo Quinto.- DISPONER que la Secretaría General ingrese la presente Resolución en el Archivo General Institucional y notifi que a la Sub Jefatura, Dirección Nacional de Logística, Órgano de Control Institucional, Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto, Ofi cina de Asesoría Jurídica y a la Ofi cina de Estadística y Telemática, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. LUIS FELIPE PALOMINO RODRIGUEZ Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m., adjuntando la solicitud y los documentos refrendados por la persona acreditada en el Diario Ofi cial. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Todas las normas y sentencias que se remitan al Diario Ofi cial para la publicación correspondiente deberán estar contenidas en un disquete y redactadas en WORD. 4.- Para las publicaciones cuyos originales excedan de 10 páginas, el contenido del disquete o correo electrónico será considerado copia fi el del original para su publicación. 5.- Si la entidad no remitiese la norma o sentencia en disquete, deberá enviar el documento al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe 6.- Si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán estar trabajadas en EXCEL, con una línea por celda sin justifi car y, si se agregasen gráfi cos, su presentación será en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. 7.- Las tablas o cuadros deberán ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una página apaisada a 15 cm. de ancho x 24 cm. de alto. Asimismo, la tipografía mínima a utilizar deberá ser de 7 puntos. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIA L