Norma Legal Oficial del día 18 de noviembre del año 2007 (18/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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PROYECTO

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 18 de noviembre de 2007

ESTRUCTURA TARIFARIA QUE APLICARA EPS MORDAZA CENTRAL PARA LOS SERVICIOS DE AGUA Y ALCANTARILLADO A.- Por los Alcantarillado 1.- CARGO FIJO Cargo Fijo (S/. /Mes) 1,60 El cargo fijo se reajusta por efecto de la inflacion de acuerdo a lo establecido en la Resolucion de Consejo Directivo N° 009-2007-SUNASS-CD. 2.- CARGO POR VOLUMEN a) Cargo por Volumen de Agua Potable
CLASE CATEGORIA RESIDENCIAL Social Domestico NO RESIDENCIAL Comercial Industrial Estatal 0 a mas 0 a mas 0 a mas 1,168 1,435 0,779 1,168 1,435 0,779 1,293 1,589 0,862 1,293 1,589 0,862 1,293 1,589 0,862 0 a mas 0a8 8 a 20 20 a mas 0,332 0,332 0,489 0,962 0,332 0,332 0,489 0,962 0,368 0,368 0,541 1,065 0,368 0,368 0,541 1,065 0,368 0,368 0,541 1,065 RANGOS m3/mes Tarifa (S/./m3) Ano 1 (1) Ano 2 (1) Ano 3 (1) Ano 4 Ano 5

c. Aplicacion de Asignacion de Consumo - Usuarios con Asignacion de Consumo actual de 15 m3 se le aplicara Asignacion de Consumo equivalente a 15 m3. - Usuarios con Asignacion de Consumo actual de 20 m3 se le aplicara Asignacion de Consumo equivalente a 20 m3. - Usuarios con Asignacion de Consumo actual de 30 m3 se le aplicara Asignacion de Consumo equivalente a 30 m3. - Usuarios con Asignacion de Consumo actual de 50 m3 se le aplicara Asignacion de Consumo equivalente a 30 m3. d. Vigencia de Asignacion de consumo - La Asignacion de Consumo de 20 m3 y 30 m3 se aplicara hasta el termino del primer ano regulatorio de vigencia de la formula tarifaria. A partir del MORDAZA ano sera de aplicacion solamente la Asignacion de Consumo de 15 m3. B.- Determinacion del Importe a Facturar por el Servicio de Agua Potable 1. El importe a facturar por el servicio de agua potable se aplicara de acuerdo al procedimiento establecido en el numeral 8 de la "Directiva Importe a Facturar y Comprobantes de Pago de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario", aprobada mediante Resolucion de Superintendencia Nº 117999-SUNASS, o por la MORDAZA que lo reemplace. 2. Los rangos de consumo respectivos a cada categoria se refieren a rangos continuos. En caso el volumen a facturar sea superior al limite establecido en el primer rango, a la diferencia entre el volumen a facturar y el limite del rango se le aplicara la tarifa del siguiente rango. C.- Determinacion del Importe a Facturar por el Servicio de Alcantarillado 1. El importe a facturar por el servicio de alcantarillado se aplicara de acuerdo al procedimiento establecido en el numeral 8 de la "Directiva Importe a Facturar y Comprobantes de Pago de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario", aprobada mediante Resolucion de Superintendencia Nº 1179-99-SUNASS, o por la MORDAZA que lo reemplace. 2. La tarifa por servicio de alcantarillado se aplicara sobre el volumen de agua potable registrado por el medidor de consumo de agua potable o por el volumen de la asignacion de consumo aplicable. ANEXO N° 2

Servicios

de

Agua

Potable

y

A.1.- Localidad de Tarma

(1)

Estas tarifas incorporan los incrementos previstos en la formula tarifaria de 12,0% y 10,7% correspondientes a los anos 1 y 3, respectivamente. Sin embargo, los incrementos tarifarios se realizaran de acuerdo con lo establecido en el Anexo 2 de la presente Resolucion referido al cumplimiento de las Metas de Gestion.

b) Cargo por el Servicio de Alcantarillado
CLASE CATEGORIA RESIDENCIAL Social Domestico 0 a mas 0a8 8 a 20 20 a mas NO RESIDENCIAL Comercial Industrial Estatal 0 a mas 0 a mas 0 a mas 0,334 0,410 0,223 0,334 0,410 0,223 0,388 0,476 0,259 0,388 0,476 0,259 0,388 0,476 0,259 0,095 0,095 0,140 0,275 0,095 0,095 0,140 0,275 0,110 0,110 0,163 0,320 0,110 0,110 0,163 0,320 0,110 0,110 0,163 0,320 Tarifa (S/./m3) RANGOS m3/mes Ano 1 (2) Ano 2 (2) Ano 3 (2) Ano 4

Ano 5

Evaluacion del Cumplimiento de las Metas de Gestion por parte de EPS MORDAZA CENTRAL S.R.L. para el Primer Quinquenio I.- DEFINICIONES Ano: Es el periodo que comprende un ano calendario computado desde la entrada en vigencia de la formula tarifaria. Indicadores de Gestion: Son los parametros que permiten la determinacion del cumplimiento de las obligaciones de la empresa y por ende el control de su gestion. Queda entendido que los valores de las Metas de Gestion fijados para estos indicadores son aquellos a que se refiere el Anexo 1 de la presente Resolucion, los cuales son el resultado de la aprobacion de las formulas tarifarias, estructuras tarifarias y metas de gestion. Indice de Cumplimiento Global (ICG): Es el indice que se utiliza para medir el cumplimiento de las Metas de Gestion. Este indice es el resultado de la media aritmetica del indice de cumplimiento individual de cada Meta de Gestion a nivel EPS expresado en variacion porcentual.
n

(2)

Estas tarifas incorporan los incrementos previstos en la formula tarifaria de 12,0% y 16,2% correspondientes a los anos 1 y 3, respectivamente. Sin embargo, los incrementos tarifarios se realizaran de acuerdo con lo establecido en el Anexo 2 de la presente Resolucion referido al cumplimiento de las Metas de Gestion.

3.- ASIGNACIONES MAXIMAS DE CONSUMO
VOLUMEN ASIGNADO (m3/mes) Social 20 Domestico(1) 15 25 15 Comercial(2) 20 30 Industrial 50 Estatal 50

(1) Categoria Domestica a. Aplicacion de Asignacion de Consumo - Usuarios con Asignacion de Consumo actual de 15 m3 se le aplicara Asignacion de Consumo equivalente a 15 m3. - Usuarios con Asignacion de Consumo actual de 25 m3 se le aplicara Asignacion de Consumo equivalente a 25 m3. b. Vigencia de Asignacion de consumo - La Asignacion de Consumo de 25 m3 se aplicara hasta el termino del primer ano regulatorio de vigencia de la formula tarifaria. A partir del MORDAZA ano sera de aplicacion solamente la Asignacion de Consumo de 15 m3. (2) Categoria Comercial

ICG
i 1

ICI i n

Donde n es el numero de Metas de Gestion. Indice de Cumplimiento Individual (ICI): En el caso de las metas de micromedicion, agua no facturada, continuidad, relacion de trabajo y conexiones activas de agua, el ICI se calculara como la diferencia del valor del indicador de gestion obtenido por la empresa y el valor del ano base, dividida por la diferencia del valor determinado en la Meta de Gestion menos el valor del ano base, expresada en porcentaje:

ICI = (ValorObtenido ­ ValorAnoBase) / (ValorMetaGestion ­ ValorAnoBase) x 100

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