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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 18 de noviembre de 2007 357827 GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD Aprueban creación del Centro del Patrimonio Histórico, Documental y Bibliográfico de la Región La Libertad ORDENANZA REGIONAL Nº 025-2007-GR-LL/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional La Libertad de conformidad con lo previsto en los Artículos 197º y 198º de la Constitución Política del Perú de 1993 modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre descentralización, Ley Nº 27680; Ley de Bases de la Descentralización Ley Nº 27783; de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, su modifi catoria Ley Nº 27902 y demás normas complementarias; EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD. HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA REGIONAL VISTO:En Sesión Extraordinaria del Consejo Regional de fecha 6 de noviembre del 2007, la propuesta formulada y presentada por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, relativa a la creación del Centro del Patrimonio Histórico, Documental y Bibliográfi co de la Región La Libertad; CONSIDERANDO: Que, conforme al Inc. 1) del Art. 192 de la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización Nº 27680, se establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aplicar su organización Interna y su Presupuesto. Que, el Art. 35ª de la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783, establece que los Gobiernos Regionales y Locales son competentes para aprobar su organización Interna y su presupuesto Institucional conforme a la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto Ley Nº 28411 y las Leyes Anuales de Presupuesto. Que, el Art. 10 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27783, modifi cada por la Ley Nº 27902 establece en el numeral 1, literal c) que son competencias exclusivas de los Gobiernos Regionales formular y aprobar su organización interna y su presupuesto interinstitucional conforme a la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y las Leyes anuales de Presupuesto. Que, el Art. 47ª de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que son funciones del Gobierno Regional: Formular, aprobar, ejecutar, evaluar y administrar las políticas regionales de educación , cultura, ciencias y tecnología, deporte y recreación de la región; Promover y difundir las manifestaciones culturales y potenciar las instituciones artísticas y culturales de la región, en coordinación con los Gobiernos Locales y, declarar, proteger, conservar y promover en coordinación con los gobiernos locales y los organismos correspondientes, el patrimonio cultural regional y local. Que, uno de los preceptos de la vigencia de las sociedades modernas es su esfuerzo por conservar su cultura y personalidad histórica, siendo por ello, que se considera necesaria la creación de la Biblioteca para el Acervo Documental Histórico de La Región La Libertad que tenga como misión preservar las manifestaciones de la historia, la identidad y la cultura regional, a través de la administración y custodia del patrimonio documental regional, promoviendo su investigación, conservación y amplia difusión. Con el voto en mayoría de los señores integrantes del Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad; De conformidad con la Constitución Política del Perú y en uso de las facultades y atribuciones conferidas por el Artículo 37º y Artículo 38º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867, modifi cada por la Ley Nº 27902 y Ley Nº 28968 y estando a lo acordado: HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR la creación del Centro del Patrimonio Histórico, Documental y Bibliográfi co de la Región La Libertad. Artículo Segundo.- DISPONER la integración funcional del Archivo Regional La Libertad a la Biblioteca para el Archivo Documental Histórico de la Región La Libertad, como una Unidad Funcional Orgánica, preservando sus funciones, recursos y atribuciones. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional y a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial realizar las acciones necesarias para la implementación de la Institución Pública creada, en un plazo de (60) sesenta días. Artículo Cuarto.- AUTORIZAR a la Secretaria del Consejo Regional La Libertad coordinar su publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano y un diario de mayor circulación en la Región La libertad y el Portal Electrónico del Gobierno Regional La Libertad. Artículo Quinto.- La presente ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla Dado en la ciudad de Trujillo, en la sede del Gobierno Regional de La Libertad, a los seis días del mes de noviembre del año dos mil siete. JOSÉ H. MURGIA ZANNIER Presidente Regional 133197-1 GOBIERNOS LOCALES PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Aprueban conformación de Grupo Técnico Local para la Recuperación Ambiental de la Bahía del Callao DECRETO DE ALCALDÍA Nº 000039 Callao, 16 de noviembre de 2007EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO. CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú en los artículos 2º y 67º establecen que es deber primordial del Estado garantizar el derecho de toda persona a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida y que el Estado determina la Política Nacional del Ambiente y promueve el uso sostenible de sus recursos naturales; Que, el artículo 90° de la Ley General del Ambiente Nº 28611, establece que el Estado promueve y controla