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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 18 de noviembre de 2007 357829 EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DE FERREÑAFE VISTO: El Informe Nº 0103-2007-MPF/GM, de fecha 2 de noviembre del 2007, de la Gerencia Municipal; y CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que señala que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 39º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades señala que “los concejos municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos”, además el artículo 41º de la referida norma establece que “los acuerdos son decisiones que toma el concejo, referidas a asuntos específi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional”; Que, mediante Informe Nº 0103-2007-MPF/GM, de fecha 2 de noviembre del 2007, el Gerente Municipal informa al Titular del Pliego lo siguiente: i) como es de su conocimiento nuestra Municipalidad se viene abasteciendo de productos alimenticios para atender el Programa de Vaso de Leche mediante Declaraciones de Desabastecimiento Inminente los mismos que han sido autorizados por Acuerdo de Concejo dentro de lo normado por el D.S. Nº 083-2004-PCM Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; ii) quiero referirme al Acuerdo Nº 201-2007-CMPF del 27 de agosto del 2007, por el que se acuerda sesenta (60) días calendario de desabastecimiento inminente vale decir, desde el 1 de septiembre hasta el 30 de octubre de 2007; de igual manera el Acuerdo Nº 228-2007 CMPF del 9 de octubre 2007, que declara en situación de Desabastecimiento Inminente la Adquisición de Alimentos para el Programa de Vaso de Leche 2007 por el plazo de tres meses, con vigencia desde el 10 de octubre del 2007 (según diagrama que adjuntamos para su mejor lectura); siendo así estaríamos frente a una intersección de fechas, aun cuando no terminaba la vigencia del Acuerdo de Concejo Nº 201-2007-CMPF (31 de octubre), se aprobó el siguiente y vigente desabastecimiento desde el 10 de octubre; por tanto este ultimo Acto Resolutivo debe modifi carse a fi n de no distorsionar la ejecución de dichos Acuerdos, como también adecuar las adquisiciones y pagos de dichos productos del Programa Vaso de Leche a las correspondientes fechas; iii) propone al Honorable Concejo, por su intermedio, la modifi cación del Primer Artículo del Acuerdo Nº 228-2007 CMPF, precisando que la vigencia del Desabastecimiento Inminente sea desde el 31 de octubre 2007 hasta el 31 de diciembre de 2007, y así no tener dos desabastecimientos inminentes con fechas ínter seccionadas, que es lo mismo decir una incluida en la otra; previo el debate pertinente se tomó el acuerdo correspondiente; Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por el artículo 17º y artículo 41º la Ley Nº 27972, y a lo acordado por unanimidad en Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 2 de noviembre del 2007, con la dispensa de lectura y aprobación de Acta; SE ACUERDA: Artículo Primero.- MODIFICAR el artículo primero del Acuerdo de Concejo Nº 0228-2007-CMPF, de fecha 9 de octubre del 2007, según el siguiente texto: Artículo Primero.- “DECLARAR en Situación de Desabastecimiento Inminente la Adquisición de Alimentos para el Programa Vaso de Leche 2007 de la Municipalidad Provincial de Ferreñafe, desde el 31 de octubre del 2007 hasta el pronunciamiento fi nal de CONSUCODE, exonerando el proceso de selección”. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Secretaría General la publicación del presente acuerdo de concejo en el Diario Ofi cial “El Peruano”; asimismo la difusión del texto de la presente disposición municipal en la página web.www.muniferrenafe.gob.pe y en los paneles y vitrinas de nuestra comuna edilicia. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. WILLIAM CABREJOS REQUEJO Alcalde 133132-1MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BARTOLOME Aprueban Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana ORDENANZA Nº 010-MDSB-2007 San Bartolomé, 5 de octubre del 2007EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BARTOLOME POR CUANTO:El Concejo Municipal del Distrito de Bartolomé en sesión ordinaria de fecha 26 de julio por mayoría se aprobó lo siguiente CONSIDERANDO:Que, Conforme a lo establecido por el numeral 4 del Artículo 195º de la ley de Reforma Constitucional Nº 27780 y por el Articulo 74 de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades crean, modifi can y suprimen contribuciones tasas y arbitrios, o exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción y dentro de los límites que señala la Ley; Que, la norma II del Titulo Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por DS 135-99-EF, establece que el término genérico de tributo comprende al impuesto de las contribuciones y las siendo este último un tributo cuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva por el estado de un servicio público individualizado en el contribuyente teniendo dentro de la clasifi cación de tasa lo Arbitrios; Que, el Artículo 69º del TUO de la Ley de Tributación Municipal establece que la determinación del costo efectivo a prestar deberá sujetarse a los criterios de racionalidad que permitan determinar el cobro exigido por el servicio prestado basado en el costo que demanda el servicio y su mantenimiento, así como el benefi cio individual prestado, y que para la distribución entre los contribuyentes de una municipalidad se podrá utilizar de manera vinculada y dependiendo del servicio público involucrado entre otros criterios que resulten válidos el uso, el tamaño y la ubicación del predio; De conformidad con lo dispuesto por los incisos 8) y 9) del artículo 9 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con dispensa del trámite de aprobación del acta y con el voto unánime de los miembros del concejo; ORDENANZAArtículo Primero.- Aprobar el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana, el mismo que consta de dos Capítulos quince Artículos y ocho disposiciones Transitorias y fi nales. Artículo Segundo.- Con respecto al informe Técnico y en aplicación del artículo 69, 69-A y 69 B del texto Único Ordenado de la ley de Tributación Municipal, apruébese como anexos, La exposición de motivos, la metodología para determinar los criterios del costo de los arbitrios municipales, el informe técnico legal y estructura de costos Nº 001-2007-AE-MDSB, lo mismo que forma parte de los anexos Artículo Tercero.- La presente Ordenanza se publicará en el Diario Ofi cial El Peruano de acuerdo al Art. Nº 44 Publicidad de Normas Municipales Inc., C), de la Ley 27972 Orgánica de Municipalidades y los Anexos serán publicados en la página WEB www.munisanbartolome.gob.pe. POR TANTOMando se registre, publique y cumpla.EUFEMIO HERNÁN BALDOMERO MENDOZA Alcalde 133114-1