Norma Legal Oficial del día 18 de noviembre del año 2007 (18/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 18 de noviembre de 2007

NORMAS LEGALES

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EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DE FERRENAFE VISTO: El Informe Nº 0103-2007-MPF/GM, de fecha 2 de noviembre del 2007, de la Gerencia Municipal; y CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, que senala que los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 39º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades senala que "los concejos municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobacion de ordenanzas y acuerdos", ademas el articulo 41º de la referida MORDAZA establece que "los acuerdos son decisiones que toma el concejo, referidas a asuntos especificos de interes publico, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del organo de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional"; Que, mediante Informe Nº 0103-2007-MPF/GM, de fecha 2 de noviembre del 2007, el Gerente Municipal informa al Titular del Pliego lo siguiente: i) como es de su conocimiento nuestra Municipalidad se viene abasteciendo de productos alimenticios para atender el Programa de Vaso de Leche mediante Declaraciones de Desabastecimiento Inminente los mismos que han sido autorizados por Acuerdo de Concejo dentro de lo normado por el D.S. Nº 083-2004-PCM Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; ii) quiero referirme al Acuerdo Nº 201-2007-CMPF del 27 de agosto del 2007, por el que se acuerda sesenta (60) dias calendario de desabastecimiento inminente vale decir, desde el 1 de septiembre hasta el 30 de octubre de 2007; de igual manera el Acuerdo Nº 228-2007 CMPF del 9 de octubre 2007, que declara en situacion de Desabastecimiento Inminente la Adquisicion de Alimentos para el Programa de Vaso de Leche 2007 por el plazo de tres meses, con vigencia desde el 10 de octubre del 2007 (segun diagrama que adjuntamos para su mejor lectura); siendo asi estariamos frente a una interseccion de fechas, aun cuando no terminaba la vigencia del Acuerdo de Concejo Nº 201-2007-CMPF (31 de octubre), se aprobo el siguiente y vigente desabastecimiento desde el 10 de octubre; por tanto este ultimo Acto Resolutivo debe modificarse a fin de no distorsionar la ejecucion de dichos Acuerdos, como tambien adecuar las adquisiciones y pagos de dichos productos del Programa Vaso de Leche a las correspondientes fechas; iii) propone al Honorable Concejo, por su intermedio, la modificacion del Primer Articulo del Acuerdo Nº 228-2007 CMPF, precisando que la vigencia del Desabastecimiento Inminente sea desde el 31 de octubre 2007 hasta el 31 de diciembre de 2007, y asi no tener dos desabastecimientos inminentes con fechas inter seccionadas, que es lo mismo decir una incluida en la otra; previo el debate pertinente se tomo el acuerdo correspondiente; Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por el articulo 17º y articulo 41º la Ley Nº 27972, y a lo acordado por unanimidad en Sesion Ordinaria de Concejo, de fecha 2 de noviembre del 2007, con la dispensa de lectura y aprobacion de Acta; SE ACUERDA: Articulo Primero.- MODIFICAR el articulo primero del Acuerdo de Concejo Nº 0228-2007-CMPF, de fecha 9 de octubre del 2007, segun el siguiente texto: Articulo Primero.- "DECLARAR en Situacion de Desabastecimiento Inminente la Adquisicion de Alimentos para el Programa Vaso de Leche 2007 de la Municipalidad Provincial de Ferrenafe, desde el 31 de octubre del 2007 hasta el pronunciamiento final de CONSUCODE, exonerando el MORDAZA de seleccion". Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Secretaria General la publicacion del presente acuerdo de concejo en el Diario Oficial "El Peruano"; asimismo la difusion del texto de la presente disposicion municipal en la pagina web.www.muniferrenafe.gob.pe y en los paneles y vitrinas de nuestra comuna edilicia. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA CABREJOS MORDAZA MORDAZA

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA
Aprueban Regimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana
ORDENANZA Nº 010-MDSB-2007 San MORDAZA, 5 de octubre del 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de MORDAZA en sesion ordinaria de fecha 26 de MORDAZA por mayoria se aprobo lo siguiente CONSIDERANDO: Que, Conforme a lo establecido por el numeral 4 del Articulo 195º de la ley de Reforma Constitucional Nº 27780 y por el Articulo 74 de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades crean, modifican y suprimen contribuciones tasas y arbitrios, o exonerar de estas, dentro de su jurisdiccion y dentro de los limites que senala la Ley; Que, la MORDAZA II del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por DS 135-99EF, establece que el termino generico de tributo comprende al impuesto de las contribuciones y las siendo este ultimo un tributo cuya obligacion tiene como hecho generador la prestacion efectiva por el estado de un servicio publico individualizado en el contribuyente teniendo dentro de la clasificacion de tasa lo Arbitrios; Que, el Articulo 69º del TUO de la Ley de Tributacion Municipal establece que la determinacion del costo efectivo a prestar debera sujetarse a los criterios de racionalidad que permitan determinar el cobro exigido por el servicio prestado basado en el costo que demanda el servicio y su mantenimiento, asi como el beneficio individual prestado, y que para la distribucion entre los contribuyentes de una municipalidad se podra utilizar de manera vinculada y dependiendo del servicio publico involucrado entre otros criterios que resulten validos el uso, el tamano y la ubicacion del predio; De conformidad con lo dispuesto por los incisos 8) y 9) del articulo 9 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, con dispensa del tramite de aprobacion del acta y con el MORDAZA unanime de los miembros del concejo; ORDENANZA Articulo Primero.- Aprobar el Regimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana, el mismo que consta de dos Capitulos quince Articulos y ocho disposiciones Transitorias y finales. Articulo Segundo.- Con respecto al informe Tecnico y en aplicacion del articulo 69, 69-A y 69 B del texto Unico Ordenado de la ley de Tributacion Municipal, apruebese como anexos, La exposicion de motivos, la metodologia para determinar los criterios del costo de los arbitrios municipales, el informe tecnico legal y estructura de costos Nº 001-2007AE-MDSB, lo mismo que forma parte de los anexos Articulo Tercero.- La presente Ordenanza se publicara en el Diario Oficial El Peruano de acuerdo al Art. Nº 44 Publicidad de Normas Municipales Inc., C), de la Ley 27972 Organica de Municipalidades y los Anexos seran publicados en la pagina WEB www.munisanbartolome.gob.pe. POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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