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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 21 de noviembre de 2007 357943 “TERCERA.- Inclúyese a los recursos del FORSUR en los alcances del literal e) del párrafo 75.4 del artículo 75º de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley Nº 28411.” Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los diecinueve días del mes de noviembre de dos mil siete. LUIS GONZALES POSADA EYZAGUIRRE Presidente del Congreso de la República ALDO ESTRADA CHOQUE Primer Vicepresidente delCongreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de noviembre del año dos mil siete. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GALVEZ Presidente del Consejo de Ministros 134941-1 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Decreto Supremo que dispone medidas para la identificación y cuantificación de recursos asociados a la transferencia de funciones sectoriales a los gobiernos regionales y locales correspondientes a los planes anuales de transferencia 2004 - 2007 DECRETO SUPREMO N° 093-2007-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, el artículo 188° de la Constitución Política del Perú establece que la descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país y, que el proceso de descentralización se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada conforme a criterios que permitan una adecuada asignación de competencias y transferencia de recursos del gobierno nacional hacia los gobiernos regionales y locales; Que, de conformidad con la Quinta Disposición Transitoria de la Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 27783, las transferencias de funciones, programas y organismos del Gobierno Nacional hacia los Gobiernos Regionales y Locales, comprenden el personal, acervo documentario y los recursos presupuestales correspondientes, que se encuentren directamente vinculados al ejercicio o desarrollo de las funciones o servicios transferidos, incluyendo la titularidad y dominio de los bienes correspondientes; Que, el Decreto Supremo N° 068-2006-PCM dispone la culminación al 31 de diciembre de 2007 de las transferencias programadas en el Plan de Mediano Plazo 2006-2010, de Funciones Sectoriales a los Gobiernos Regionales y de los Fondos, Proyectos Sociales, Programas Sociales de Lucha contra la Pobreza y Proyectos de Inversión en Infraestructura Productiva de alcance regional, a los Gobiernos Regionales y Locales, según corresponda, en el marco del Sistema de Acreditación regulado por la Ley N° 28273 y su reglamento: Que, mediante el Decreto Supremo N° 010-2007-PCM se dispuso que los Ministerios son responsables de ejecutar las transferencias de atribuciones y recursos dispuestas por el Decreto Supremo N° 068-2006-PCM, a través de un Viceministro encargado de presidir la Comisión Sectorial de Transferencia respectiva; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 664-2006- EF/10, el Ministerio de Economía y Finanzas aprobó los lineamientos para la identifi cación y cuantifi cación de los recursos asociados a la transferencia de funciones a los Gobiernos Regionales y Locales, comprendidas en el Plan Anual de Transferencia 2007, el cual incluye las funciones pendientes de acreditación de los planes anuales 2004, 2005 y 2006; Que, los Ministerios y Organismos Públicos Descentralizados, comprendidos en el Proceso de Transferencia 2007, en mérito a la Resolución Ministerial antes mencionada, informaron al Ministerio de Economía y Finanzas y al ex Consejo Nacional de Descentralización, los recursos asociados a las funciones a ser transferidas a los Gobiernos Regionales, los cuales fueron evaluados conjuntamente con las entidades informantes; dando como resultado que solamente se cuantifi caron recursos para algunas de las 185 funciones de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, materia de transferencia, y que no todas las entidades llegaron a identifi car y cuantifi car recursos; Que, a fi n de seguir avanzando en el proceso de identifi cación y cuantifi cación de recursos y determinar los montos totales y defi nitivos a ser transferidos, es necesario tomar en consideración, entre otras variables, el costo que le corresponderá asumir a los Gobiernos Regionales para ejercer a plenitud las funciones a ser transferidas, así como los recursos asignados a las Direcciones Regionales Sectoriales y Gerencias Regionales de Línea, que ejercerán dichas funciones, con cargo a los Presupuestos Institucionales de los Gobiernos Regionales, para el año fi scal 2008; Que, la identifi cación y cuantifi cación de recursos debe concluir en un plazo perentorio, a efecto que los mismos sean consignados en las respectivas Actas de Entrega y Recepción de funciones y recursos, a ser suscritas durante la etapa de Efectivización, que concluirá a más tardar el 31 de diciembre de 2007, de acuerdo a lo establecido en la Directiva N° 001-2007-PCM/SD, aprobada por Resolución de Secretaría de Descentralización N° 003-2007-PCM/SD, que regula el Proceso de Transferencia de Funciones Sectoriales 2007; Que, los Viceministros de los Sectores correspondientes, encargados de presidir las Comisiones Sectoriales de Transferencia, deberán informar sobre los avances que se vaya logrando en la identifi cación y cuantifi cación de recursos, en las reuniones de la Comisión de Coordinación Viceministerial (CCV); cuyo resultado fi nal deberá ser presentado ante el Consejo de Ministros al término del plazo qué se determine; para lo cual, se constituirá un comité técnico permanente, integrado por representantes de la Presidencia del Consejo de Ministros y del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, lo antes expuesto es compatible con la Directiva N° 006-2007-EF/76.01, para la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público, aprobada por Resolución Directoral N° 024-2007-EF/76.01, la cual dispone, en el Anexo 1, Sección Tercera, artículo 6°, que los pliegos del Gobierno Nacional, en la etapa de Programación y Formulación de sus Presupuestos Institucionales del año fi scal 2008, deberán identifi car y cuantifi car los recursos presupuéstales asociados a las funciones, programas, actividades y proyectos, considerados en los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales, en el marco del proceso de descentralización; En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 8) del artículo 118° de la Constitución Política del Perú y de conformidad con las disposiciones establecidas en el Decreto Legislativo N° 560, Ley del Poder Ejecutivo, en las Leyes N°s. 27783, 27867, 27972 y 28273, en el Decreto Legislativo N° 955 y en el Decreto Supremo N° 080-2004-PCM; y,