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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE OCTUBRE DEL AÑO 2007 (07/10/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 6

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 7 de octubre de 2007 355064 ENERGIA Y MINAS Autorizan viaje del Vice Ministro de Energía a EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 041-2007-EM Lima, 6 de octubre de 2007 VISTO: el O ficio N° 1651-2007-JUS/CNDH-SE, suscrito por el Señor Luis Alberto Salgado Tantte, Secretario Ejecutivo del Consejo Nacional de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia; CONSIDERANDO: Que, mediante el documento del visto, la Secretaría Ejecutiva del Consejo Nacional de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia envía al Ministerio de Energía y Minas el Oficio RE (DDH) N° 2-19-B/617, de fecha 13 de setiembre de 2007, remitido por la Dirección General de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores, por medio del cual se informa de la realización de la Audiencia de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos sobre la “Situación de los Pueblos Indígenas en Aislamiento Voluntario en el Perú y las actividades de Hidrocarburos”, prevista para el viernes 12 de octubre de 2007, en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América; Que, la Secretaría Ejecutiva del Consejo Nacional de Derechos Humanos ha considerado necesario y conforme al objetivo de defender y fundamentar la posición del Estado en dicha Audiencia, proponer al Ministerio de Energía y Minas la designación de un representante del más alto nivel, como parte de la delegación peruana que asistirá a la referida Audiencia, en la ciudad de Washington D.C.; Que, en ese sentido, resulta conveniente designar y autorizar el viaje del Vice Ministro de Energía, Señor Pedro Gamio Aita, como representante del Estado Peruano, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, para que participe en la referida audiencia, debiendo el Ministerio de Energía y Minas asumir con cargo a su presupuesto, los gastos que se irroguen por concepto de pasajes, viáticos y tarifa CORPAC; De conformidad con la Ley N° 28927, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, en su artículo 4°, inciso 3) literal b); SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior del Vice Ministro de Energía, Señor Pedro Gamio Aita a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, entre los días 11 y 13 de octubre de 2007, para los fines a que se re fiere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos con cargo al presupuesto del Ministerio de Energía y Minas, de acuerdo al siguiente detalle: Pasaje US$ 672.34 Viáticos ($220 x 4 días) US$ 880Tarifa CORPAC US$ 30.25 Artículo 3°.- La Presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 4°.- La Presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíqueseALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas 117960-8INTERIOR Autorizan viaje de personal de la PNP a Chile, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 063-2007-IN/PNP Lima, 6 de octubre de 2007 VISTO, la Hoja de Estudio y Opinión Nº 13-2007- DGPNP/INTERPOL-EM, de setiembre de 2007, formulada por la O ficina Central Nacional INTERPOL - Lima, recomendando la autorización de viaje al extranjero en comisión de servicio del Mayor de la Policía Nacional del Perú Héctor Marino PEÑA FRIAS y del Subo ficial de Tercera de la Policía Nacional del Perú Joe Luis RIEGA WONG a la ciudad de Santiago de Chile - República de Chile, del 7 de octubre al 11 de octubre de 2007; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 220-2006-JUS del 13 de diciembre de 2006, se resuelve acceder al pedido de extradición activa del procesado Jorge Antonio MEZA DIONICIO, formulado por la Cuarta Sala Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao, y declarado procedente por la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, por el delito contra la libertad - violación de la libertad sexual en agravio de menor de edad; y disponer su presentación por vía diplomática al Gobierno de la República de Chile, de conformidad con el Tratado de Extradición vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso; Que, con Mensaje Nº 3520/6083/2007/A.INTER/ C.SANCHEZ del 3 de setiembre de 2007, la O ficina Central Nacional - INTERPOL Santiago de Chile, comunica a la O ficina Central Nacional - INTERPOL Lima, que las autoridades competentes de la República de Chile han comunicado que se concedió la extradición al país del ciudadano Jorge Antonio MEZA DIONICIO, por lo que solicitan nombre y número de pasaporte del personal policial que ejecutará el traslado dentro del plazo legal; Que, mediante Ayuda Memoria Nº 285-2007-DIRGEN PNP/SG del 17 de setiembre de 2007, el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú, autoriza el viaje del Mayor de la Policía Nacional del Perú Héctor Marino PEÑA FRIAS y del Subo ficial de Tercera de la Policía Nacional del Perú Joe Luis RIEGA WONG a la ciudad de Santiago de Chile - República de Chile, en comisión de servicio del 7 de octubre al 11 de octubre de 2007, a fin de ejecutar la extradición activa del ciudadano Jorge Antonio MEZA DIONICIO; Que, con O ficio Nº 1158-2007-DIREJADM-DIRECFIN- PNP-DEP/DA.SDB e Informe Nº 157-2007-DIREJADM-DIRECFIN-PNP-DEP/DA.SDB ambos del 13 de setiembre de 2007, la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, remite a la O ficina Central Nacional INTERPOL - Lima, el Proyecto de Liquidación de Viáticos por comisión de servicio a la ciudad de Santiago de Chile - República de Chile del Mayor de la Policía Nacional del Perú Héctor Marino PEÑA FRIAS y del Subo ficial de Tercera de la Policía Nacional del Perú Joe Luis RIEGA WONG, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto por la autoridad judicial antes mencionada y así evitar que la defensa interponga una acción legal que impida o retrase el traslado del extraditable al Perú; Que, los gastos por concepto de viáticos para el personal policial serán sufragados por el Estado Peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002 - Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior y los gastos correspondientes a pasajes e impuestos de viaje para el personal policial y el extraditable, serán asumidos por el Poder Judicial; Que el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, mediante el cual se aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que