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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE OCTUBRE DEL AÑO 2007 (07/10/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 7 de octubre de 2007 355068 Autorizan al Director Nacional del Proyecto Apoyo a la Reforma del Sistema de Justicia del Perú (JUSPER) a expedir resoluciones y suscribir documentos complementarios afectando en uso bienes muebles adquiridos para actividades del indicado proyecto RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 382-2007-JUS Lima, 5 de octubre de 2007VISTOS el O ficio N° 583-2007-JUS/JUSPER/DN del Director Nacional del Proyecto Apoyo a la Reforma del Sistema de Justicia del Perú - JUSPER, e Informe N° 413-2007-JUS/OGAJ de la O ficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Justicia; y CONSIDERANDO:Que, en cumplimiento del Convenio de Financiación Especí fico celebrado con fecha 01-02-2005, entre la Unión Europea y la República del Perú (Convenio Nº ALA/2004/016-897), se viene ejecutando el Proyecto Apoyo a la Reforma del Sistema de Justicia del Perú (JUSPER); que se encuentra bajo autoridad y responsabilidad del Pliego 006 - Ministerio de Justicia en lo que respecta a las actividades a favor del Ministerio Público, Ministerio de Justicia, Academia de la Magistratura, Tribunal Constitucional y Consejo Nacional de la Magistratura, contando para ello con la Unidad Ejecutora Nº 02 creada en base a lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 016-2006; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 571-2006- JUS, se designó al Director Nacional del Proyecto Apoyo a la Reforma del Sistema de Justicia del Perú (JUSPER) Nº ALA/2204/016-897 como Jefe responsable de la Unidad Ejecutora Nº 02, que para las actividades correspondientes al referido Proyecto, cuenta con un nivel de desconcentración y autonomía para realizar las operaciones y gestiones técnicas y administrativas de orden financiero y contable, relativas a la ejecución presupuestal; Que, durante el ejercicio correspondiente al año 2007, y en ejecución de las actividades del Proyecto JUSPER, la Unidad Ejecutora Nº 2 ha adquirido diversos bienes muebles, incluyendo vehículos, los cuales, en cumplimiento de lo establecido en el apartado III.2.7 de las Disposiciones Técnicas Administrativas del Convenio de Financiación Especí fico, están destinadas al uso de las entidades bene ficiarias del sistema de Justicia, pudiendo transferirse la propiedad a éstas durante la fase de cierre, debiendo asegurarse que tales activos se mantengan adecuadamente y sean utilizados en conformidad con los objetivos del proyecto; Que, en razón a que la Unidad Ejecutora Nº 02 del Pliego 006 Ministerio de Justicia, en el ejercicio de las gestiones y operaciones administrativas de ejecución del Proyecto Apoyo a la Reforma del Sistema de Justicia del Perú - JUSPER, ha adquirido bienes muebles para las actividades del referido proyecto, a los cuales debe hacer seguimiento y supervisión en observancia de las estipulaciones del Convenio de Financiación Especí fico, por lo que debe corresponderle adoptar las decisiones y consiguiente responsabilidad sobre las afectaciones de uso de la propiedad estatal mobiliaria que dichos bienes representan; Que, a efectos de lograr una gestión administrativa más dinámica en función de los fines del citado Proyecto, es necesario autorizar al Director Nacional del Proyecto a la Reforma del Sistema de Justicia del Perú (JUSPER), como Jefe responsable de la Unidad Ejecutora Nº 2, a emitir Resoluciones Directorales y suscribir documentos complementarios, afectando en uso, en favor del Ministerio Público, Ministerio de Justicia, Academia de la Magistratura, Tribunal Constitucional y Consejo Nacional de la Magistratura, los bienes muebles adquiridos para las actividades del referido proyecto, en cumplimiento de los Planes Operativos Anuales, y dentro del Marco del Convenio de Financiación Especí fico celebrado entre la Unión Europea y la República del Perú (Convenio Nº ALA/2004/016-897); Que, el artículo 18 del Anexo I del referido Convenio establece que toda documentación referida a la financiación, gestión técnica y financiera del Proyecto, se encuentra sujeto a auditorías y controles in situ por parte del Tribunal de Cuentas de las Comunidades Europeas y otros, por lo que es conveniente que la Dirección del Proyecto pueda sustentar también la afectación en uso de los bienes muebles, al contar con todos los antecedentes de su adquisición; Que, el artículo 182° del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, establece que las afectaciones en uso se aprobarán por Resolución del titular de la Dirección General de Administración o quien haga sus veces, dejándose constancia en la misma las características, valor y estado de conservación de los bienes; asimismo, el plazo y la finalidad de la afectación; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia, y el Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF; SE RESUELVE: Artículo 1 º.- Autorizar al Director Nacional del Proyecto Apoyo a la Reforma del Sistema de Justicia del Perú REQUISITO PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberán además remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electrónico. normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL