NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (05/09/2007)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 5 de setiembre de 2007 352630 En uso de las atribuciones conferidas por la precitada Ley General; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar, a partir de la fecha, el funcionamiento de “ACE SEGUROS S.A.”, como una empresa de seguros que opera en ambos ramos, la misma que podrá realizar las operaciones facultadas por su objeto social, y en el marco de lo establecido en el artículo 318º de la Ley General. Artículo Segundo.- Disponer que por Secretaría General se otorgue el correspondiente Certi fi cado de Autorización de Funcionamiento, el que deberá ser publicado por dos veces alternadas, la primera en el Diario O fi cial El Peruano y la segunda en uno de extensa circulación nacional, debiendo exhibirse permanentemente en la o fi cina principal de la empresa, en lugar visible al público. Regístrese, comuníquese y publíquese. FELIPE TAM FOX Superintendente de Banca, Segurosy Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 103040-1 UNIVERSIDADES Autorizan viaje de Rector de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco a Bolivia para participar en seminario sobre las perspectivas actuales de la educación superior UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO RESOLUCIÓN Nº CU-0178-2007-UNSAAC/ Cusco, 28 de agosto de 2007 EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO: VISTA, la comunicación de 7 de julio de 2007, cursada por el Dr. Hernán García Arce, Rector de la Universidad Técnica Privada Cosmos de la República de Bolivia, invitando al señor Rector de la UNSAAC, para participar en evento que se indica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante comunicación del Visto, el señor Rector de la Universidad Técnica Privada Cosmos de la República de Bolivia, comunica que dicha Institución viene organizando el SEMINARIO INTERNACIONAL SOBRE: “LAS PERSPECTIVAS ACTUALES DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR”, a llevarse a cabo en la ciudad de Cochabamba los días 6 y 7 de septiembre del año en curso; Que, el evento tiene como objetivo abrir un espacio para socializar, analizar y debatir los resultados de la investigación educativa sobre la educación superior en Latinoamérica, para contribuir con re fl exiones sistemáticas y documentadas sobre el estado actual y las proyecciones de este nivel educativo en Bolivia y países latinoamericanos; Que, al efecto extiende una cordial invitación al Dr. Víctor Raúl Aguilar Callo, Rector de la UNSAAC, como disertante del tema: La realidad de la Educación Superior en Perú; tema que será una contribución de una validez extraordinaria para alcanzar los propósitos además de convertirse en un aporte de calidad, que garantice el éxito y la signi fi cación del evento, de mucha importancia para la educación superior de los países de Latinoamérica; Que, señala asimismo que dicha oportunidad también permitirá dialogar sobre las perspectivas de los contenidos de los convenios fi rmados en fecha pasada y que requieren ser traducidos en un plan de realizaciones que será de mutuo bene fi cio para ambas instituciones; del mismo modo intercambiar ideas sobre la de fi nición de políticas y estrategias para la creación de un Sistema Académico, Cientí fi co y Cultural de América Latina; Que, considerando la trascendencia e importancia del evento, el Consejo Universitario en Sesión Ordinaria efectuada el día 21 de agosto de 2007, en forma unánime ha concedido autorización al señor Rector, a efecto de que pueda efectuar viaje a la ciudad de Cochabamba, República de Brasil y participar en el evento, debiendo asignársele la suma de S/. 500.00, en calidad de gastos de representación, en tanto los organizadores del certamen asumirán los gastos de transporte, estadía y alojamiento del señor Rector; Que, mediante Ley Nº 27619 se regula la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irroguen gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Público, dispositivo legal que se encuentra regulado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de 5 de junio de 2002; Estando al D.S. Nº 005-90-PCM, Ley Nº 28927, Ley Nº 27619, D. S. Nº 047-2002-PCM, al acuerdo adoptado por Consejo Universitario, al informe emitido por la Unidad de Contabilidad Presupuestaria y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 23733 y el Estatuto Universitario; RESUELVE: Primero.- AUTORIZAR el viaje EN COMISIÓN DE SERVICIO, del DR. VÍCTOR RAUL AGUILAR CALLO, Rector de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, a partir del 5 de septiembre de 2007 y por el término de cuatro (04) días, a efecto de que pueda realizar viaje a la ciudad de Cochabamba, República de Bolivia y participar en el SEMINARIO INTERNACIONAL SOBRE: “LAS PERSPECTIVAS ACTUALES DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR”, a llevarse a cabo en dicha ciudad, los días 6 y 7 de septiembre del año en curso, organizado por la Universidad Técnica Privada Cosmos de Bolivia. Segundo.- AUTORIZAR a la Dirección General de Administración, otorgue a favor del comisionado la suma de S/. 500.00 como Gastos de Representación. Tercero.- DEJAR ESTABLECIDO que el egreso que origine la presente resolución deberá afectarse a la Cadena Funcional siguiente: Código SIAF 003; Actividad 1.000110/3.000010, Naturaleza del Gasto: 5.3.11.39 Otros Servicios de Terceros; Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados. Cuarto.- DEJAR ESTABLECIDA la obligación del comisionado, de presentar informe ante el Consejo Universitario, dentro de los quince días siguientes a su retorno, asimismo presentar informe documentado de los gastos efectuados ante la Dirección General de Administración, conforme a ley. Quinto.- DISPONER que el Área de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, proceda a la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano, de conformidad con lo establecido en el Art. 3º de la Ley Nº 27619. El Vicerrectorado Administrativo y la Dirección General de Administración deberán adoptar las medidas complementarias necesarias para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. LAURO ENCISO RODAS Rector (e) 103039-1 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS AGENCIA DE PROMOCION DE LA INVERSION PRIVADA FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DEL DIRECTOR EJECUTIVO Nº 060-2007 Mediante O fi cio Nº 429/2007/DE-SG/PROINVERSIÓN, la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PERÚ,