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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (20/09/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 5

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 20 de setiembre de 2007 353715 Comas de la provincia de Concepción y en los distritos de Santo Domingo de Acobamba y Pariahuanca de la provincia de Huancayo del departamento de Junín; Que, estando por vencer el plazo de vigencia del Estado de Emergencia referido en los considerandos precedentes, aún subsisten las condiciones que determinaron la declaratoria del Estado de Emergencia en las provincias y distritos allí indicados; De conformidad con el artículo 118º, numerales 4) y 14) de la Constitución Política del Perú; con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros y con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; DECRETA:Artículo 1º.- Prórroga de Estado de EmergenciaProrrogar por el término de sesenta (60) días, a partir del 22 de setiembre del 2007, el Estado de Emergencia en las provincias de Huanta y La Mar del departamento de Ayacucho; en la provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica; en los distritos de Kimbiri, Pichari y Vilcabamba de la provincia de La Convención del departamento del Cusco; en la provincia de Satipo; en los distritos de Andamarca y Comas de la provincia de Concepción y en los distritos de Santo Domingo de Acobamba y Pariahuanca de la provincia de Huancayo del departamento de Junín. Artículo 2º.- Suspensión del ejercicio de Derechos Constitucionales Durante el término del Estado de Emergencia a que se refi ere el artículo anterior, queda suspendido el ejercicio de los derechos constitucionales contemplados en los incisos 9), 11), 12) y 24) apartado f) del artículo 2º de la Constitución Política del Perú. Artículo 3º.- RefrendoEl presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa, el Ministro del Interior y la Ministra de Justicia. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de setiembre del año dos mil siete. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa LUIS ALVA CASTRO Ministro del Interior MARIA ZAVALA VALLADARES Ministra de Justicia 110719-2 Autorizan viaje del Ministro de Relaciones Exteriores para participar en diversas reuniones en el marco de la Asamblea General de NN.UU. y encargan su Despacho al Ministro de Defensa RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 181-2007-PCM Lima, 19 de setiembre de 2007CONSIDERANDO:Que el señor Ministro de Relaciones Exteriores, Embajador José Antonio García Belaúnde, tiene previsto participar en el 62º Período de Sesiones de la Asamblea General de Naciones Unidas que se realizará en Nueva York, Estados Unidos de América, del 24 al 28 de septiembre de 2007; Que la participación del Perú en dicho foro constituye una importante oportunidad para la promoción de los intereses nacionales vinculados a los objetivos de desarrollo, cooperación, paz y seguridad de la política exterior del Estado peruano; Que el señor Presidente de la República ha dispuesto que el señor Ministro de Relaciones Exteriores lo represente en la reunión de alto nivel sobre cambio climático convocada por el Secretario General de las Naciones Unidas, que tendrá lugar el 24 de septiembre de 2007; Que en el marco de la participación peruana en el 62º Período de Sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas, se sostendrán reuniones de coordinación y consulta de cancilleres a nivel de la Comunidad Andina de Naciones y de la Cumbre Iberoamericana, con altos representantes de Organismos Internacionales, y se han previsto reuniones de coordinación y consulta en el marco del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, órgano en el que el Perú es Miembro No Permanente al haber resultado electo para ocupar dicho puesto durante los años 2007 y 2008; Que en el marco de la Asamblea General de las Naciones Unidas se realizarán también las reuniones de Ministros de Relaciones Exteriores del Grupo de Río con los Cancilleres de otros países y grupos regionales; y se han previsto diferentes reuniones bilaterales del señor Ministro de Relaciones Exteriores; De conformidad con la Ley Nº 28807, el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y el inciso b) del numeral 3 del artículo 4º de la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar el viaje del Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, señor José Antonio García Belaúnde, a la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, del 24 al 28 de setiembre de 2007, de acuerdo a lo expuesto en la parte considerativa. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue la participación del Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones por concepto de pasajes US$ 2,528.43, viáticos US$ 1,320.00 y tarifa por uso de aeropuerto US$ 30.25, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término de la referida comisión. Artículo Tercero.- Encargar el Despacho de Relaciones Exteriores al Ministro de Estado en el Despacho de Defensa, Allan Wagner Tizón, en tanto dure la ausencia del titular. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo Quinto.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 110719-5