NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (20/09/2007)
CANTIDAD DE PAGINAS: 72
TEXTO PAGINA: 11
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 20 de setiembre de 2007 353721 Dimensiones del Modelo Alto: 150.00 cm. Ancho: 71.00 cm.Profundidad: 81.00 cm. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL SAN ROMÁN BENAVENTE Director General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas 109086-15 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 421-2007-MINCETUR/VMT/DGJCMT Lima, 4 de mayo de 2007Visto, el Expediente Nº 000302-2007-MINCETUR, de fecha 13.02.2007, presentado por la empresa Circus City S.A.C., en el que solicita autorización y registro de un (1) modelo de máquina tragamonedas; CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 27153 y normas modi fi catorias, se regula la explotación de los juegos de casino y máquinas tragamonedas, estableciéndose en el artículo 11º del citado cuerpo legal que los modelos de máquinas tragamonedas cuya explotación es permitida en el país son aquellos que cuentan con autorización y registro; Que, el artículo 16º del Reglamento del citado cuerpo legal, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, señala la información y documentación que deben presentar los interesados en obtener la autorización y registro de los modelos de máquinas tragamonedas; Que, por su parte, el artículo 21º del Reglamento establece que los modelos de máquinas tragamonedas y las memorias de sólo lectura de los programas de juego deberán someterse con anterioridad a su autorización y registro, a un examen técnico ante una entidad autorizada, la cual expedirá un Certi fi cado de Cumplimiento que acreditará que el modelo o las memorias que componen el programa de juego, según sea el caso, cumplen con los requisitos establecidos en la Ley, el Reglamento y las Directivas; Que, realizada la evaluación del Certi fi cado de Cumplimiento Nº 200701-01, de fecha 03.01.2007, expedido por el Laboratorio de Certi fi cación de la Ponti fi cia Universidad Católica del Perú, y veri fi cado los requisitos técnicos de la máquina tragamonedas cuya autorización y registro solicitan, se advierte que la misma cumple con lo dispuesto en el artículo 16º del Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR; Que, de la evaluación de la documentación e información adjunta, se concluye que la solicitante ha cumplido con las disposiciones legales aplicables para que la Dirección General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas acceda a la autorización y registro solicitada; De conformidad con la Ley Nº 27153 y normas modi fi catorias, el Decreto Supremo Nº 009-2002- MINCETUR y el Procedimiento Nº 05 del Decreto Supremo Nº 006-2005-MINCETUR, estando a lo opinado en los Informes Técnico Nº 081-2007-MINCETUR/VMT/DGJCMT/DAR-YGP y Legal Nº 351-2007-MINCETUR/VMT/DGJCMT/DAR; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar y registrar a solicitud de la empresa Circus City S.A.C., el modelo de máquina tragamonedas fabricado por la empresa Intervision Marketing Ltd, (Chipre) según el siguiente detalle: Registro B0000285 Código del Modelo Intervision Marketing Ltd.Descripción Máquina tragamonedas de video que cuenta con monitor de 19 pulgadas. Como medios de juego cuenta con una aceptador de billetes. No incluye hopper ni comparador de monedas. En este modelo un operador realiza manualmente el pago de todos los créditos. Dimensiones del Modelo Alto: 135.00 cm. Ancho: 68.00 cm. Profundidad: 68.50 cm. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL SAN ROMÁN BENAVENTE Director General de Juegos deCasino y Máquinas Tragamonedas 109086-17 Aprueban reordenamiento y formali- zación de empresas y autorizan explo-tación de máquinas tragamonedas RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 365-2007-MINCETUR/VMT/DGJCMT Lima, 23 de abril de 2007Visto, el Expediente Nº 002124-2006-MINCETUR, de fecha 06.11.2006, presentado por la empresa NEGOCIACIONES E INVERSIONES DORAL S.A.C., en el que solicita autorización para la explotación de máquinas tragamonedas en la sala de juego “La Cabana” ubicada en la Av. Bauzate y Meza Nº 1548, distrito de La Victoria, provincia y departamento de Lima, tramitada a pedido de parte como una solicitud de reordenamiento y formalización para la obtención de una Autorización Expresa al amparo de lo establecido en la Ley Nº 28945; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27153, modi fi cada por las Leyes Nºs. 27796 y Nº 28945, y el Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, se reguló la explotación de los juegos de casino y máquinas tragamonedas en el país, estableciéndose en el artículo 24º del citado cuerpo legal que corresponde a la Dirección General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas las facultades administrativas de autorización, fi scalización, supervisión, evaluación y sanción vinculadas a las explotaciones antes referidas; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13º de la Ley Nº 27153 y normas modi fi catorias, para la explotación de juegos de máquinas tragamonedas se requiere de autorización expresa emitida por la Dirección General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas; Que, mediante Ley Nº 28945 publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 24.12.2006, se aprobaron las normas que rigen el reordenamiento y formalización de la actividad de explotación de juegos de casino y máquinas tragamonedas en el país; Que, mediante Expediente Nº 000092-2007- MINCETUR, de fecha 04.01.2007, la empresa solicita acogerse a lo establecido en el artículo 2º de la Ley Nº 28945, debiendo acreditar para tal efecto que viene explotando máquinas tragamonedas a la fecha de entrada en vigencia de la mencionada norma; Que, mediante Acta de Constatación Técnica Nº 043-2006-MINCETUR/VMT/DNT-DJCMT de fecha 14.11.2006, Certi fi cado de Seguridad en Defensa Civil Nº 3357-INDECI-SDRDC de fecha 16.08.2006 expedido por la Segunda Dirección Regional de Defensa Civil así como el Certi fi cado de Autorización Municipal de Apertura de Establecimiento de fecha 15.12.2005 expedida por la Municipalidad Distrital de La Victoria, la empresa ha cumplido con acreditar la explotación de máquinas tragamonedas a la fecha de entrada en vigencia de la Ley