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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (20/09/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 7

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 20 de setiembre de 2007 353717 que contribuyan a generar un cambio de comportamiento positivo en la ejecución de medidas fi tosanitarias, como resultado de procesos de participación ciudadana y empoderamiento social; Que, se hace necesario uniformizar los procesos y estrategias comunicativas dentro de un sistema que articule los objetivos de las actividades de Moscas de la Fruta con las necesidades del contexto social, siendo de conocimiento de todo el personal que ejecuta las actividades de comunicación orientadas a controlar la plaga moscas de la fruta; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27322, Ley Nº 27444, Decreto Supremo Nº 048-2001-AG y el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG; y con el visto bueno de la O fi cina de Plani fi cación y Desarrollo Institucional y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.– Apruébese el Manual del Sistema Nacional de Comunicación e Instructivos de Trabajo para la realización las actividades comunicacionales de la plaga moscas de la fruta que consta de dos (2) procedimientos y tres (3) instructivos de trabajo; documento que se consiga en la página web del SENASA: www.senasa.gob.pe. Artículo Segundo.– Las campañas nacionales de comunicación se derivan del Sistema Nacional de Comunicación y corresponden a cada etapa de las actividades de Moscas de la Fruta, las cuales son plani fi cadas por la Subdirección de Moscas de la Fruta y Proyectos Fitosanitarios y aprobadas por la Dirección de Sanidad Vegetal. Artículo Tercero.– Las Direcciones Ejecutivas del SENASA donde se ejecutan las actividades de Moscas de la Fruta son los responsables de supervisar la correcta aplicación y cumplimiento del Sistema Nacional de Comunicación e instructivos. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE BARRENECHEA CABRERA Director GeneralDirección de Sanidad VegetalServicio Nacional de Sanidad Agraria 109715-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Designan funcionario responsable de brindar información y de elaborar y actualizar el portal de transparencia del CENFOTUR RESOLUCIÓN DIRECTORAL R.D.C. Nº 186-2007-DN Barranco, 5 de septiembre del 2007VISTO:El Expediente Nº 05222-CENFOTUR-2007; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral CENFOTUR Nº 078-2007-DN, se designó al señor Héctor Santiago Cuadros Ramírez Jefe de la O fi cina General de Administración y Finanzas del CENFOTUR, como funcionario responsable de brindar información que demanden las personas en aplicación del principio de publicidad, así como de la administración del Portal de Internet en virtud de la Ley Nº 27806 - Ley de transparencia y Acceso a la Información, modi fi cada por Ley Nº 27927;Que, por Resolución Directoral Cenfotur Nº 173- 2007-DN, se da por concluida la designación a partir del 28 de agosto del 2007, con el Jefe de la O fi cina General de Administración y Finanzas, señor Héctor Santiago Cuadros Ramírez; Que, por Resolución Directoral Cenfotur Nº 174-2007- DN de fecha 24 de agosto del 2007, se designó al señor Hugo Eduardo Jara Facundo, en el cargo de con fi anza, de Jefe de la O fi cina General de Administración y Finanzas; Que, con el fi n de asegurar una adecuada gestión institucional y optimizar el servicio de acceso a la información pública, es necesario designar al nuevo responsable del Portal de Transparencia y entregar la información de acceso público de conformidad con el artículo 3º del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; En uso de las facultades que le con fi ere al Director Nacional los artículos 1º y 10º de Decreto Ley Nº 22155 y artículo 18º incisos g), i), y j) del Reglamento de Organización y Funciones del CENFOTUR, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2003-MINCETUR; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR al señor Hugo Eduardo Jara Facundo, Jefe de la O fi cina General de Administración y Finanzas del CENFOTUR, como funcionario responsable de brindar la información de acceso público, con el fi n de garantizar y promover la transparencia en la actuación de la institución, así como la elaboración y actualización del Portal de Transparencia, a que se re fi ere el Texto Único Ordenado y Reglamento de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Artículo Segundo.- DISPONER, la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal de Transparencia del Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS LUMBRERAS FLORES Director NacionalCentro de Formación en Turismo 109079-1 Autorizan y registran memorias de sólo lectura a solicitud de diversas empresas RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 348-2007-MINCETUR/VMT/DGJCMT Lima, 20 de abril de 2007Visto, el Expediente Nº 001284-2007-MINCETUR, de fecha 26.03.2007, presentado por la empresa Universal de Desarrollos Electrónicos Perú S.A.C., en el que solicita autorización y registro de quince (15) memorias de sólo lectura; CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 27153, y normas modi fi catorias, se reguló la explotación de los juegos de casino y máquinas tragamonedas, estableciéndose en el artículo 11º que los programas de juego cuya explotación es permitida en el país son aquellos que cuentan con autorización y registro; Que, el artículo 18º del Reglamento del citado cuerpo legal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, establece la información y documentación que deben presentar los interesados en obtener la autorización y registro de las memorias de sólo lectura que integran los programas de juego de las máquinas tragamonedas; Que, por su parte, el artículo 21º del referido Reglamento señala que los modelos de máquinas