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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (23/09/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 40

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 23 de setiembre de 2007 353950 Que, habiendo analizado los fundamentos y necesidades que ameritan la urgente necesidad de la compra del vehículo en la sesión Ordinaria de Consejo de fecha 8 de septiembre y sesión extraordinaria del 10 de septiembre, con el voto UNANIME del Concejo Municipal se aprueba la adquisición del mencionado vehículo y sus accesorios, según el Informe Técnico- Legal e Informe Legal de la Procedencia de la Exoneración por estado de emergencia invocada; SE RESUELVE: Artículo Primero.- EXONERAR, del Proceso de Selección para la Adjudicación Directa Selectiva, de la adquisición de un camión de capacidad de 5 TM, por el monto referencial de S/. 110,000.00 Nuevos Soles, con cargo a la fuente de financiamiento de Endeudamiento Interno, vía Banco de la Nación, que se encuentra previsto en el Plan Anual de Contrataciones y adquisiciones del Estado, según R.A. Nº 08-2007-MDH, el mismo que se efectuará conforme en los procedimientos contemplados en los artículos 19°, 20°, 21° y 22° del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento pertinente. Artículo Segundo.- Autorizar al Comité Especial el Proceso de Selección por declaratoria de situación de Emergencia, sujetándose a las normas contempladas por los Art. 142°, 146° y 148° de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S Nº 084-2004-PCM y demás normas conexas. Artículo Tercero.- Encargar a la Secretaria General la publicación de la presente Resolución y hacer de conocimiento a la Contraloría General de la República y CONSUCODE, de conformidad con lo previsto por el D.S Nº 083-2004-PCM, del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado en los plazos establecidos por la Ley. Artículo Cuarto.- Disponer que el área encargada de la sección de Logística y Servicios Auxiliares realice la contratación referida en el Artículo Primero mediante acciones inmediatas, debiendo observar para ello lo dispuesto por las normas de la materia. Regístrese, comuníquese y publíquese. ABANTO MIRANDA RAVICHAGUA Alcalde 111361-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN RAMON Disponen saneamiento físico legal del Campo Deportivo El Milagro RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 204-2007-MDSR San Ramón 6 de junio de 2007 VISTO: La nota informativa de sesión de concejo de fecha 27/02/07, mediante el cual se dispone el saneamiento físico legal del bien inmueble Campo Deportivo El Milagro y, CONSIDERANDO: Que en mérito de los artículos 57º y 58º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, es de interés, obligación y necesidad de la Municipalidad realizar el saneamiento físico legal de los bienes inmuebles de su propiedad y su inscripción en los Registros Públicos de propiedad inmueble y contar con un título de propiedad legalmente válido. Que en sesión de concejo de fecha 27/02/07, se aprobó llevar a cabo el saneamiento físico legal del bien inmueble Campo Deportivo El Milagro en mérito del Informe Nº 045-2005-JPC/MDSR, con adecuación de la Ley Nº 26512 y su extensiva Ley Nº 27493. RESUELVE: Disponer Saneamiento Físico, Técnico Legal, del Bien Inmueble Campo Deportivo El Milagro con adecuación de la Ley Nº 26512 y su extensiva Ley Nº 27493 a favor de la Municipalidad Distrital de San Ramón- Chanchamayo, cuyas características son: Ubicación : Sector El Milagro Sur.Distrito de San Ramón. Provincia Chanchamayo.Departamento de Junín. Área: 18,100.00 m2 Perímetro: 546.25 ml. Linderos y Medidas Perimétricas: Frente con la Av. Juan Santos Atahualpa, con 113.125 ml. Fondo con la parcela Nº 37 Prop. Filomeno Martínez Gutiérrez, con 113.125 ml. Derecha entrando con la parcela Nº 137, Prop. Filomeno Martínez Gutierrez con 160.00 ml. Izquierda entrando con la parcela Nº 152 Prop. De Cirilo Espinoza Huaman con 160.00 ml. La Municipalidad Distrital de San Ramón Chanchamayo ha inscrito su derecho de posesión en la partida Nº 11040284 del Registro de Propiedad Inmueble Oficina Registral La Merced, Acto Anotación Preventiva G-00001, en virtud de haberse acogido a la adecuación de la Ley Nº 26512 y su extensiva Ley Nº 27493. San Ramón Chanchamayo, 5 de setiembre del 2007 WILLY HAMMER ASTETE Alcalde 111425-1 CONVENIOS INTERNACIONALES Entrada en vigencia del “Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Eslovenia sobre Supresión de Visas para Portadores de Pasaportes Diplomáticos, Especiales y de Servicio” De acuerdo a lo dispuesto por el artículo 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante O ficio RE (GAB) Nº 0-3-A/217, comunica que el “Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Eslovenia sobre Supresión de Visas para Portadores de Pasaportes Diplomáticos, Especiales y de Servicio” , suscrito el 18 de abril de 2007, en la ciudad de Lima, República del Perú y rati ficado mediante Decreto Supremo Nº 035- 2007-RE, de fecha 2 de junio de 2007, publicado el 3 de junio de 2007, entrará en vigencia el 12 de setiembre de 2007. 111418-1