NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (23/09/2007)
CANTIDAD DE PAGINAS: 40
TEXTO PAGINA: 39
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 23 de setiembre de 2007 353949 b) Las organizaciones con fines de vivienda tales como: - Asociaciones de Vivienda. - Asociaciones Pro Vivienda.- Asentamientos Humanos. - Centros Poblados. - Posesionarios y;- Urbanizaciones populares, ubicados en la jurisdicción del distrito de Lurín y que no cuenten con la dotación de servicios básicos de agua, alcantarillado o electri ficación. - No se encuentran comprendidas aquellas personas naturales o jurídicas que se dediquen a realizar habilitaciones urbanas con fines comerciales. Artículo 4º.- ALCANCE La presente Ordenanza tiene por finalidad facilitar el acceso a los Servicios Básicos a las personas y organizaciones que no cuenten con Habilitación Urbana, no pudiendo acogerse a la presente, los que se encuentren incursos en Procesos Judiciales por la propiedad del Terreno, ni los que cuenten con Zoni ficaciòn no compatible para el uso de Vivienda. Artículo 5º.- PROCEDIMIENTOREQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS DE LA PREHABILITACIÓN URBANA - Solicitud. - Reconocimiento de la Junta Directiva Vigente.- Copia del DNI del directivo solicitante.- Padrón de los Pobladores, Centro Poblado Rural y/o AA.HH. - Plano de Lotización.- Plano de Ubicación Referencial.- Plano de Ubicación Escala Convencional y Localización 1/1000 con coordenadas UTM. - Memoria Descriptiva dos (02) copias, una (1) copia digitalizada en diskette. - Boleta de Habilidad del profesional responsable. *Todos los Planos deberán estar firmados por la junta directiva vigente y por el profesional responsable. PLAZOS La Gerencia de Desarrollo Urbano a través de sus Sub-Gerencias, bajo responsabilidad emitirá la Resolución respectiva en un plazo que no excederá a los 30 días calendario. Artículo 6º.- DE LAS POSESIONES INFORMALES Los posesionarios de predios comprendidos en el artículo 3ro. de la presente Ordenanza, que acrediten indubitablemente la posesión del mismo, serán evaluados por la Municipalidad de Lurín, a través del área correspondiente, la misma que les extenderá la correspondiente Constancia de Posesión y el Certi ficado de Prehabilitación Urbana. Artículo 7º.- RESTRICCIÓN LEGAL La presente Ordenanza se sujeta a las restricciones establecidas en la Ordenanza N° 341-MML de la Municipalidad Metropolitana de Lima, la misma que regula el sistema vial metropolitano, comprendiendo también sus modi ficatorias. Artículo 8º.- RESOLUCIÓN Todos aquellos trámites que concluyan con la expedición favorable de la respectiva resolución, en el marco de la presente Ordenanza, podrán solicitar factibilidad y/o ejecución de obras de los servicios de agua, alcantarillado y Energía eléctrica a las empresas prestadoras de servicios públicos correspondientes y cumplir con iniciar el proceso de Habilitación Urbana en vías de regularización, con el objeto de lograr el Saneamiento Físico Legal de las áreas ocupadas. Artículo 9º.- VIGENCIA La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Encargar a la Gerencia de Plani ficación, Presupuesto y Racionalización incorporar en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de esta comuna, el presente Procedimiento de Prehabilitación Urbana, con un costo de 3% de la UIT vigente, con cali ficación del silencio administrativo negativo a cargo de la Gerencia de Desarrollo Urbano. Por tanto, mando se registre, comunique, publique y cumpla. JORGE MARTICORENA CUBA Alcalde 110811-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUANCAYA Exoneran de proceso de selección la adquisición de un camión para la atención de población damnificada en el distrito y en centro poblado por el terremoto del 15 de agosto RESOLUCIÓN MUNICIPAL Nº 17 MDH/Y Huancaya, 11 de septiembre del 2007. EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUANCAYA VISTO: En Sesión Extraordinaria del 10 de Septiembre 2007, el informe técnico-legal para la compra de Camión 5 TM, marca Mitshubishi, modelo Canter y además accesorios; y el Informe Legal para la Exoneración del Proceso de Selección por encontrarnos en estado de emergencia y; CONSIDERANDO: Que, el día 15 de Agosto del 2007, se produjo en nuestro país un terremoto que alcanzó 7.09 grados en la escala Ritcher, el mismo que ha ocasionado en el Distrito de Huancaya y su Centro Poblado de Vilca desastres materiales; Que, frente a estos nefastos acontecimientos, el Gobierno Central mediante Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM declaró en Estado de Emergencia; Que, asimismo, mediante Decreto de Urgencia 023- 2007, el Presidente de la República dispuso el otorgamiento de ayudas económico-sociales a la población damni ficada por este terremoto; Que, contando con los informes técnico-legal, así como el Informe Legal reciente, que sugieren la procedencia de la exoneración del Proceso de Selección para la Adquisición de un camión de capacidad de 5 TM, marca Mitshubishi, modelo Canter, su Baranda Semicerrada, juego de llantas, una toldera encerada, una gata y juego de herramientas que permitan atender el mencionado desastre natural; Que, en los artículos 19°, 20°, 21°, 22° de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, D.S. Nº 083-2004-PCM; los artículos 142°, 146°, 148° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado D.S. Nº 184-2004-PCM, del Texto Único Ordenado, y conforme a las facultades conferidas por el numeral 2° del artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972;