NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (26/09/2007)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 26 de setiembre de 2007 354031 Que, el Perú, a través del Ministerio de Transportes y Comunicaciones ha propuesto ser sede de la 38ª Reunión del Grupo de APECTEL en octubre de 2008, propuesta que será presentada en la citada reunión; Que, de conformidad con la Vigésima Octava Disposición Final de la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, se exceptúan de la aplicación de la prohibición establecida en el artículo 4º de la misma Ley, toda actividad preparatoria que se realice durante el año 2007, que tenga por objeto el desarrollo de las actividades para la realización, programada para el año 2008, de la XVI Cumbre de Líderes del Foro de Cooperación Económica Asia-Pací fi co (APEC) bajo la presidencia del Perú, incluyendo reuniones ministeriales, conferencias especializadas y otros eventos que se programen en ese marco; Que, mediante Resolución Suprema Nº 171-2006- RE se declaró de interés nacional el ejercicio por el Perú de la Presidencia del Foro de Cooperación Económica Asia Pací fi co (APEC) durante el año 2008, incluyendo la realización de la XVI Cumbre de Líderes de dicho Foro, sus reuniones ministeriales, sus conferencias especializadas y otros eventos que se programen en ese marco; Que, para estos efectos es necesario autorizar el viaje del Presidente del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL a la 36ª Reunión del Grupo de Telecomunicaciones de APEC, siendo los gastos por concepto de pasajes, viáticos y tarifa única por uso de aeropuerto, cubiertos por el OSIPTEL; De conformidad con la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modi fi cada por la Ley Nº 28807 y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por el Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Guillermo Santiago Thornberry Villarán, Presidente del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL, a la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile, del 20 al 27 de octubre de 2007, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Presupuesto del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 800,00 Viáticos US$ 1 400,00Tarifa Única por Uso de Aeropuerto US$ 30,25 ------------- US$ 2 230,25 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido funcionario deberá presentar ante su institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 113213-2Autorizan transferencia financiera de recursos a favor del Ministerio de Salud y del Seguro Integral de Salud RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 283-2007-PCM Lima, 21 de setiembre de 2007 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 451-2006-PCM de fecha 28 de diciembre de 2006, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros para el Año Fiscal 2007, de conformidad con la Ley Nº 28927 “Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007”, el cual ha sido modi fi cado por la incorporación de nuevas Actividades, Créditos Suplementarios, Transferencia de Partidas entre Pliegos, Saldos de Balance de Recursos provenientes de Fuentes de Financiamiento distintas a las de “Recursos Ordinarios” y Modi fi caciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático; Que, mediante Decreto Supremo Nº 032-2005- PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 062-2005-PCM y en el marco del Plan Nacional para la Superación de la Pobreza, se creó el Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres – “JUNTOS”, con la finalidad de ejecutar transferencias directas en beneficio de las familias más pobres de la población, rural y urbana; Que, con fechas 31 de mayo de 2006 y 11 de setiembre de 2006, se suscribieron los Convenios de Cooperación Interinstitucional, entre el Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres- JUNTOS con el Ministerio de Salud y el Sistema Integral de Salud, respectivamente, los cuales tienen por fi nalidad la creación del marco de colaboración entre las partes, para la óptima ejecución del Plan de Acción del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres – JUNTOS, con el consiguiente logro de sus fi nes; Que, de acuerdo al Reporte del Sistema Integrado de Administración Financiera – SIAF de fecha 29.08.2007, existe Crédito Presupuestario dentro de la Actividad 1.27569 Transferencias Financieras – JUNTOS, Componente 3.73860 Transferencias Financieras – JUNTOS y Finalidad de Meta Presupuestaria 27675 Apoyo al Fortalecimiento de la Oferta de Servicios en las Zonas de Extrema Pobreza, de la fuente de fi nanciamiento 1 Recursos Ordinarios, de la Unidad Ejecutora 010 Programa de Apoyo directo a los más Pobres, por un importe de hasta por S/. 63 205 317,00 para la atención de transferencias fi nancieras que se programen y autoricen con la correspondiente documentación y normatividad vigente; Que, según O fi cio Nº 465-2007-PCM/PNADP-DE, el Director Ejecutivo del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Mas Pobres - JUNTOS, solicita el trámite de aprobación del Proyecto de Resolución Ministerial que autoriza una transferencia fi nanciera de recursos hasta por el importe de CATORCE MILLONES QUINIENTOS CUARENTA y UN MIL SETECIENTOS VEINTISEIS y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 14 541 726,00), a favor de los Pliegos Presupuestarios, 011: Ministerio de Salud y 135: Seguro Integral de Salud, en el marco del Acuerdo Nº 15-IV SESION 2007/PNADP-CD de la Cuarta Sesión del Consejo Directivo de fecha 13.06.2007 del referido Programa JUNTOS, que a la letra dice: “Levantar las reservas al presupuesto presentado por el Sector Salud mediante el ACUERDO Nº 12-III SESION 2007/PNADP, y aprobar la transferencia al Ministerio de Salud de los rubros de reembolsos al Seguro Integral de Salud – SIS, ascendente a la suma de S/. 13 759 726,00 (TRECE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA y NUEVE MIL SETECIENTOS VEINTISEIS y 00/100 NUEVOS SOLES), y de supervisón y monitoreo, ascendente a la suma de S/. 782 000,00 (SETECIENTOS OCHENTA y DOS MIL y 00/100 NUEVOS SOLES)…”; Que, la Tercera Disposición Final de la Ley Nº 28652 modi fi có el artículo 75º de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto – Ley Nº 28411, cuyo literal e) del numeral 75.4 del indicado artículo, establece que las transferencias fi nancieras entre pliegos presupuestarios