Norma Legal Oficial del día 26 de septiembre del año 2007 (26/09/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, miercoles 26 de setiembre de 2007

NORMAS LEGALES

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Sudamericanos ­ CONACS en representacion del Estado podra otorgar la licencia de uso de la MORDAZA VICUNA ­ PERU, a un plazo determinado, mediante Convenio Especifico, aprobado por Resolucion Ministerial; Que, mediante Convenio de Licencia de Uso suscrito el dia 21 de setiembre de 2007, el Consejo Nacional de Camelidos Sudamericanos ­ CONACS ha cedido a la empresa INCALPACA TPX S.A., la licencia de uso de la MORDAZA VICUNA - PERU, conforme a las normas previstas por la Ley de Propiedad Industrial ­ Decreto Legislativo Nº 823 y la Decision MORDAZA Nº 486- Regimen Comun de Propiedad Industrial; Que, mediante los documentos del Vistos, el Consejo Nacional de Camelidos Sudamericanos ­ CONACS solicita la aprobacion del Convenio de Licencia de Uso de la MORDAZA VICUNA ­ PERU, suscrito entre el Consejo Nacional de Camelidos Sudamericanos ­ CONACS y la empresa INCALPACA TPX S.A., el mismo que conforme a la Clausula Sexta tendra una duracion de un (1) ano; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25902, Decreto Supremo Nº 026-92-AG Decreto Legislativo Nº 653 y Decreto Supremo Nº 006-2005-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Convenio de otorgamiento de Licencia de Uso de la MORDAZA VICUNA ­ PERU suscrito entre el Consejo Nacional de Camelidos Sudamericanos ­ CONACS, en representacion del Estado, y la empresa INCALPACA TPX S.A., el 21 de setiembre de 2007, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Notificar la presente Resolucion conforme a Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Agricultura 112614-3 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 579-2007-AG MORDAZA, 25 de setiembre de 2007 VISTOS: Los Oficios Nºs. 281 y 372-2007-AG-CONACS/P remitidos por el Presidente del Consejo Nacional de Camelidos Sudamericanos ­ CONACS, y los Oficios Nºs. 2047 y 2080-2007-AG-OGAJ de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, el Consejo Nacional de Camelidos Sudamericanos ­ CONACS es un Organismo Publico Descentralizado del Ministerio de Agricultura, creado por Decreto Supremo Nº 026-92-AG, ratificado por Decreto Ley Nº 25902 ­ Ley Organica del Ministerio de Agricultura, que tiene entre sus funciones generales, promover, asesorar, supervisar y normar el desarrollo, conservacion, manejo, mejoramiento y aprovechamiento a nivel nacional de todas las especies que conforman los camelidos sudamericanos y sus hibridos en el pais; Que, el Estado Peruano a traves del Consejo Nacional de Camelidos Sudamericanos ­ CONACS es titular de la MORDAZA VICUNA ­ PERU la cual se encuentra debidamente inscrita y registrada ante el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual ­ INDECOPI, mediante el Certificado Nº 047664, folio Nº 174, Expediente Nº 9859776, y Resolucion Nº 0088481998/OSD-INDECOPI, la misma que es aprobada por Resolucion Ministerial Nº 0363-97-AG; Que, el Decreto Legislativo Nº 653 establece que la crianza de la vicuna, al igual que la transformacion y comercializacion de sus productos, pueden ser efectuadas por cualquier persona natural o juridica, bajo supervision del Estado; en virtud a dicha MORDAZA, el Estado promueve el desarrollo y el aprovechamiento racional de las especies

de fauna silvestres, otorgandole en custodia y usufructo a personas naturales o juridicas para su proteccion, repoblamiento, investigacion y manejo; Que, por Decreto Supremo Nº 006-2005-AG, se ha establecido que el Consejo Nacional de Camelidos Sudamericanos ­ CONACS en representacion del Estado podra otorgar la licencia de uso de la MORDAZA VICUNA ­ PERU, a un plazo determinado, mediante Convenio Especifico, aprobado por Resolucion Ministerial; Que, mediante Convenio de Licencia de Uso suscrito el dia 21 de setiembre de 2007, el Consejo Nacional de Camelidos Sudamericanos ­ CONACS ha cedido a la empresa QORI EXPORTS S.R.L, la licencia de uso de la MORDAZA VICUNA ­ PERU, conforme a las normas previstas por la Ley de Propiedad Industrial ­ Decreto Legislativo Nº 823 y la Decision MORDAZA Nº 486- Regimen Comun de Propiedad Industrial; Que, mediante los documentos del Vistos, el Consejo Nacional de Camelidos Sudamericanos ­ CONACS solicita la aprobacion del Convenio de Licencia de Uso de la MORDAZA VICUNA ­ PERU, suscrito entre el Consejo Nacional de Camelidos Sudamericanos ­ CONACS y la empresa QORI EXPORTS S.R.L, el mismo que conforme a la Clausula Sexta tendra una duracion de un (1) ano; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25902, Decreto Supremo Nº 026-92-AG Decreto Legislativo Nº 653, Decreto Supremo Nº 006-2005-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Convenio de otorgamiento de Licencia de Uso de la MORDAZA VICUNA ­ PERU suscrito entre el Consejo Nacional de Camelidos Sudamericanos ­ CONACS, en representacion del Estado, y la empresa QORI EXPORTS S.R.L., el 21 de setiembre de 2007, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Notificar la presente Resolucion conforme a Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Agricultura 112614-4

Establecen MORDAZA de Amortiguamiento del MORDAZA Nacional Ichigkat Muja Cordillera del MORDAZA, de la Reserva Comunal Tuntanain y de la MORDAZA Reservada MORDAZA Comaina
RESOLUCION JEFATURAL Nº 211 -2007-INRENA MORDAZA, 12 de setiembre de 2007 VISTO: El Informe Nº 708-2007-INRENA-IANP/DOANP, de fecha 06 de setiembre del 2007, elaborado por la Intendencia de Areas Naturales Protegidas del Instituto Nacional de Recursos Naturales, por el cual se proponen las Zonas de Amortiguamiento del MORDAZA Nacional Ichigkat Muja ­ Cordillera del MORDAZA, de la Reserva Comunal Tuntanain y de la MORDAZA Reservada MORDAZA Comaina. CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru establece en su articulo 68º que el Estado esta obligado a promover la conservacion de la diversidad biologica y de areas naturales protegidas; Que, de conformidad con lo establecido por la Ley de Areas Naturales Protegidas, dada por Ley Nº 26834, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2001AG, el Instituto Nacional de Recursos Naturales ­INRENA es la autoridad nacional competente del Sistema Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado - SINANPE,

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