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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (30/09/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 5

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 30 de setiembre de 2007 354479 V. ÓRGANOS DE LÍNEA 5.1 Dirección de Promoción de las Exportaciones5.1.1 Sub Dirección de Promoción Comercial5.1.2 Sub Dirección de Servicios y Asistencia Empresarial 5.1.3 Sub Dirección de Inteligencia y Prospectiva Comercial 5.2 Dirección de Promoción del Turismo 5.2.1 Sub Dirección de Promoción del Turismo Receptivo 5.2.2 Sub Dirección de Promoción del Turismo Interno 5.2.3 Sub Dirección de Mercadeo Turístico TÍTULO III DE LOS ÓRGANOS DE ALTA DIRECCIÓN CAPÍTULO I DEL CONSEJO DIRECTIVO DE PROMPERÚ Artículo 8º.- Consejo Directivo de PROMPERÚ El Consejo Directivo es el órgano máximo de dirección de PROMPERÚ. Está conformado por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo, quien lo preside, y por: a) El Viceministro de Comercio Exterior b) El Viceministro de Turismoc) Un representante del Ministerio de Relaciones Exteriores; d) Un representante del Ministerio de la Producción;e) Un representante del Ministerio de Agricultura;f) Un representante del Ministerio de Economía y Finanzas; g) Un representante de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada -PROINVERSIÓN, designado por su Consejo Directivo; h) El Presidente de la Asociación de Exportadores (ADEX) o su representante; i) El Presidente de la Sociedad de Comercio Exterior del Perú (COMEXPERU) o su representante; j) El Presidente de la Asociación de Gremios Productores Agroexportadores del Perú (AGAP) o su representante; k) El Presidente de la Sociedad Nacional de Industrias (SNI) o su representante; l) El Presidente de la Coordinadora Nacional de Gremios PYME-PERÚ o su representante; m) El Presidente de la Cámara de Comercio de Lima (CCL) o su representante; n) El Presidente de la Cámara Nacional de Turismo (CANATUR) o su representante; ñ) Un representante gremial de la Zona Turística Nor Amazónica; o) Un representante gremial de la Zona Turística Centro; p) Un representante gremial de la Zona Turística Sur; Los representantes del Sector Público y del Sector Privado serán designados por Resolución Suprema refrendada por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo, a propuesta de los organismos del Sector Público y de los gremios vinculados al sector exportador y al sector turismo, convocados. El ejercicio del cargo es ad honorem. En el caso de las Zonas Turísticas Regionales, los representantes gremiales serán propuestos por la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial Mixta Permanente del PENTUR y ejercerán su representación ante el Consejo Directivo por periodos anuales, en forma rotativa, es decir, asegurando que el representante de cada Zona Turística sea, para cada año, un representante de cada una de las regiones que conforman la Zona Turística. El ejercicio del cargo es ad honorem. El Secretario General y los Directores de Promoción de las Exportaciones y de Promoción del Turismo participan en las sesiones del Consejo Directivo, con voz y sin voto. El Secretario General actúa como Secretario Técnico del Consejo Directivo.Artículo 9°.- Funciones del Consejo Directivo Sus funciones son las siguientes: a) De fi nir la política de desarrollo institucional, en concordancia con las políticas sectoriales fi jadas por el MINCETUR. b) Elevar al Despacho Ministerial las propuestas que, conforme al presente reglamento, le corresponde efectuar. c) Aprobar el Presupuesto Institucional y sus modificaciones, presentados por la Secretaría General, el que incorporará las propuestas de presupuestos elaboradas por los Directores de Promoción de las Exportaciones y Promoción del Turismo y el Secretario General, cada uno en el área de su competencia. d) Aprobar los Estados Financieros Auditados y la Memoria Anual, conforme a las propuestas del Secretario General. e) Aprobar el nivel de autorización de compromiso del gasto de la entidad. f) Aprobar la creación de “Proyectos” que contribuyan al cumplimiento de los fi nes institucionales a propuesta de las Direcciones de Promoción de las Exportaciones y Promoción del Turismo. g) Aprobar los Planes Estratégico y Operativo y demás políticas institucionales presentadas por los Directores de Promoción de las Exportaciones y Promoción del Turismo y el Secretario General, cada uno en el área de su competencia, en concordancia con las políticas sectoriales fi jadas por el MINCETUR. h) Aprobar el detalle de las actividades del Plan Anual de Promoción y Desarrollo Turístico Nacional a que se re fi ere la Ley N° 27889 – “Ley que crea el Fondo y el Impuesto Extraordinario para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional” y su Reglamento, así como el gasto presupuestado, en materia de promoción turística; i) Aprobar el presupuesto y ejecución del gasto de la Entidad en actividades no programadas, a propuesta de las Direcciones de Promoción de las Exportaciones y Promoción del Turismo, según el nivel de autorización de gasto. j) Aprobar las propuestas de Reglamento de Organización y Funciones, Cuadro para Asignación de Personal (CAP), Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), y sus modi fi caciones así como el Manual de Organización y Funciones (MOF) y demás instrumentos de gestión y sus modi fi caciones, presentados por el Secretario General. k) Aprobar la creación de comisiones consultivas ad hoc para apoyar la gestión de la entidad dentro del ámbito de su competencia. l) Aprobar las propuestas para el establecimiento de ofi cinas, la designación de representantes comerciales, en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores, los que desarrollarán sus actividades de acuerdo con los planes operativos de mercado correspondientes y serán evaluados por el Consejo Directivo en base a los reportes de monitoreo que presenten los Directores de Promoción correspondientes. m) Aprobar el establecimiento de o ficinas y la designación de representantes en cualquier lugar del territorio nacional, a propuesta de los Directores de Promoción de las Exportaciones y Promoción del Turismo. n) Aprobar la participación de la Entidad en actividades no programadas, a propuesta de las Direcciones de Promoción de las Exportaciones y Promoción del Turismo. ñ) Aprobar los proyectos de colaboración para la promoción de las exportaciones y promoción del turismo, para su gestión ante las fuentes cooperantes. o) Delegar sus funciones en el Secretario General, salvo aquellas que por su naturaleza sean inherentes al Consejo Directivo. p) Pronunciarse sobre cualquier asunto referido a la Entidad, que sea sometido a su consideración. q) Las demás que le corresponden de acuerdo a su naturaleza o se le asignen por norma expresa.