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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE ABRIL DEL AÑO 2008 (09/04/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 51

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 9 de abril de 2008 370313 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUCYURA Exoneran de proceso de selección la adquisición de terreno para el estadio de Pucyura ACUERDO MUNICIPAL N°30-2008-SG-MDP/A Pucyura, 25 de marzo del 2008 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUCYURA VISTO: El libro de Actas de Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 14 de marzo del 2008, realizado bajo la presidencia del Alcalde Sr. Tommy Loaiza Serrano y la asistencia de los Sres. Regidores Ricardo Pillco Huamán, Gregorio Quispe Chillitupa, Inés Santoyo Quispe , Baltasar Flores Auccapiña, y Victor Chavez Quispe, y CONSIDERANDO: Que, en Sesión Ordinaria de vistos, el Concejo Municipal estando, al pedido del señor Alcalde, TOMMY LOAIZA SERRANO para que el pleno del Concejo apruebe la EXONERACIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN DE ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA (ADP) para LA ADQUISICIÓN DE TERRENO PARA EL ESTADIO DE PUCYURA Que, de acuerdo al Art. 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley Nº 26780, concordante con el Art. II del título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, se tiene que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia Que, la población del Distrito de Pucyura a través de los procesos de Presupuesto Participativo distrital y las audiencias públicas realizadas ha exigido la adquisición de terrenos para ser destinado para el estadio de Pucyura a fi n de promover el deporte y sano entretenimiento de la juventud especialmente en fútbol. Que, el Inciso 18) del Artículo 82º de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, establece que las Municipalidades en materia de educación, cultura, deportes y recreación tienen como funciones específi cas compartidas con el Gobierno nacional y el regional “Normar, coordinar y fomentar el deporte y la recreación de la niñez y del vecindario en general, mediante la construcción de campos deportivos y recreacionales o el empleo temporal de las zonas urbanas apropiadas para los fi nes indicados. Que, el Plan estratégico del Desarrollo del distrito de Pucyura al 2015 considera como eje fundamental “El Desarrollo de la Economía Local” señalando como objetivo estratégico Promover el Desarrollo Integral para viabilizar el crecimiento económico, la justicia social y la sostenibilidad ambiental. La Municipalidad Distrital de Pucyura, cumpliendo con los lineamientos de la política del gobierno local y de responsabilidad funcional dentro del marco del Sistema Nacional de Inversión Pública dispuso la formulación del Proyecto correspondiente, el cual establece un costo total de inversión de S/. 279,000.00 en la adquisición de un área de terreno de 20,599 m2 y de acuerdo a los resultados de evaluación realizada considera que es conveniente la ejecución de la alternativa única de compra del terreno , recomendando la adquisición de los terrenos de propiedad de las Familias Rivas, Concha y otros aledaños por no existir otras áreas de terreno acordes a la necesidad existente. Que, la Municipalidad ha constituido una Comisión Especial para conseguir terrenos dentro de la jurisdicción del Distrito de Pucyura acorde a las características técnicas establecidas, por lo que durante varios meses se ha venido buscando un terreno disponible para la instalación de un Estadio destinado fundamentalmente a la práctica de fútbol. Efectuada la búsqueda correspondiente, se ha llegado a determinar la existencia solamente de un área de terreno de 20,599 m2 de propiedad de las Familias Rivas, Concha, Arriola y otros, disponibles para su adquisición en forma conjunta e inmediata. Que, el Art. 19º del D.S. Nº 083-2004-PCM Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece que “ESTÁN EXONERADAS DE LOS PROCESOS DE SELECCIÓN LAS ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES QUE SE REALICEN : CUANDO EXISTA UN PROVEEDOR ÚNICO” y el Art. 20º del mismo cuerpo legal establece que todas las exoneraciones, salvo las previstas en el literal b) del Art. 19º se aprobarán Acuerdo de Concejo Municipal en el caso de Gobiernos Locales. La Facultad de aprobar exoneraciones es indelegable y requieren obligatoriamente de un informe técnico legal previo. Que, no existiendo otras áreas de terreno además de la ofertada por las familias Rivas, Concha, Arriola y otros (que en conjunto cuentan con un área de 20,599 m2) para poder ser adquiridas por la Municipalidad, reuniendo las características técnicas para el acondicionamiento de un Estadio, resulta aplicable el inciso e) del Artículo 19º del D.S. Nº 083-2004-PCM Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el Segundo Parágrafo del Art. 144º del D.S. Nº 084-2004-PCM Reglamento de Ley de Contrataciones y Adquisiciones por existir un proveedor único . Que, los Informes TÉCNICO – LEGAL emitido por la Gerencia de Infraestructura y Medio Ambiente y Asesoría Legal Externa refi eren que es procedente la exoneración del proceso de selección. Que, el acta de Sesión de vistos, se encuentra debidamente aprobada por el Concejo Municipal en consecuencia, hechas las deliberaciones, votaciones y habiéndose aprobado por unanimidad, corresponde al Alcalde ejecutar los Acuerdos del Concejo Municipal, de conformidad con el numeral 3º del Art. 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972. ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR, la exoneración del proceso de selección de Adjudicación Directa Pública (ADP) para la adquisición de terreno para el estadio de Pucyura Artículo Segundo.- DISPONER, que la Entidad efectúe la Adquisición del terreno de las familias Rivas, Concha, Arriola y otros aledaños en forma conjunta y directa mediante acciones inmediatas. Artículo Tercero.- DISPONER, que el presente Acuerdo sea publicado en el Diario Ofi cial El Peruano dentro de los 10 días siguientes a su emisión o adopción según corresponda y adicionalmente su publicación a través del SEACE. Artículo Cuarto.- DISPONER, que el presente Acuerdos y el Informe Técnico – Legal sean remitidos a la Contraloría General de la República y al CONSUCODE dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Gerencia de Administración Municipal, Secretaría General y demás áreas pertinentes el cumplimiento del presente Acuerdo. Regístrese, comuníquese y cúmplase.TOMMY LOAIZA SERRANO Alcalde 184847-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SALAS FE DE ERRATAS ACUERDO DE CONCEJO N° 010-2008-MDS/ALC Mediante Carta N° 037-2008-MDS/ALC la Municipalidad Distrital de Salas solicita se publique Fe de Erratas del Acuerdo de Concejo N° 010-2008-MDS/ALC, publicado en la edición del 26 de marzo de 2008 Dice:Artículo 1°.- Aprobar la Exoneración del Proceso de Adjudicación Directa Selectiva para la CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA PROVISIONAL PARA LOS DAMNIFICADOS DEL DISTRITO DE SALAS - ICA - ICA; por la suma de hasta S/. 150,000.00 Nuevos Soles. Debe decir: Artículo 1°.- Aprobar la Exoneración del Proceso de Adjudicación Directa Selectiva para la ADQUISICIÓN DE VIVIENDA PROVISIONAL PARA LOS DAMNIFICADOS DEL DISTRITO DE SALAS ICA-ICA; por la suma de hasta S/. 150,000.00 Nuevos Soles. 183706-1Descargado desde www.elperuano.com.pe