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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 12 de abril de 2008 370586 de una (1) hectárea y 421.65 m.l. de perímetro, de propiedad del señor Pascual Antialon Sanabria y Sra. Saturnina Ochoa Gamarra, por la causal de bienes que no admiten sustitutos y proveedor único por razones técnicas, conforme al inciso e) del Art. 19º del D. S. Nº 083-2004-PCM; Que, por consiguiente, al haberse confi gurado la causal prevista en el inciso e) del Art. 19º del D. S. Nº 083- 2004-PCM, resulta procedente exonerar la adquisición del terreno aludido, de la realización de una Adjudicación Directa Selectiva, en consecuencia la adquisición del inmueble deberá realizarse en forma directa mediante acción directa, debiendo invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las características y condiciones establecidas en la Bases, la misma que podrá ser obtenida por cualquier medio de comunicación, incluyendo el facsímil y el correo electrónico, tal como lo dispone el artículo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004- PCM; Estando a los informes Técnico y Legal, de conformidad a lo establecido en el Texto único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084- 2004-PCM; Que, luego de la deliberación correspondiente el órgano colegiado de conformidad a lo establecido en el artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con la dispensa de trámite de lectura y aprobación de Acta, por unanimidad; ACUERDA:Artículo Primero.- APROBAR la compra de terreno de propiedad del señor Pascual Antialon Sanabria y Sra. Saturnina Ochoa Gamarra. Con una extensión de una (1) hectárea y 421.65 m.l. de perímetro, conforme a la Memoria Descriptiva. Artículo Segundo.- EXONERAR del proceso de selección (adjudicación Directa Selectiva), la adquisición del terreno mencionado en el articulo primero, por la causal de bienes que no admiten sustitutos y proveedor único, por el valor referencial de sesenta mil y 00/100 nuevos soles (S/.60,000.00) destinado para la construcción de las lagunas de estabilización de aguas servidas, el mismo que forma parte del Proyecto: Ampliación y Mejoramiento del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado en la capital de Kimbiri – La Convención – Cusco, código SNIP 44751. Artículo Tercero.- Disponer a la Sub Gerencia de Administración la remisión dentro del plazo establecido los actuados a la Contraloría General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado conforme a lo estipulado en el articulo 20º de la Ley, así como la publicación del Acuerdo de Concejo en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado (SEACE) y Diario Ofi cial El Peruano, bajo responsabilidad. Artículo Cuarto.- Encargar a la Unidad de Abastecimientos y Servicios Auxiliares de la entidad efectuar la contratación exonerada debiendo realizar las acciones inmediatas que permitan adquirirlo por el monto de S/. 60,000.00 Nuevos Soles, con cargo a la Fuente de Financiamiento: 18 Canon, Sobre Canon, Regalías, Renta de Aduanas y Participaciones. DADO EN LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE KIMBIRI A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL OCHO. GUILLERMO TORRES PALOMINO Alcalde 187152-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE TEXTOS ÚNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos, Organismos Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para publicar sus respectivos TUPA en la separata de Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Los cuadros de los TUPA deben venir trabajados en Excel, una línea por celda, sin justifi car.2.- Los TUPA deben ser entregados al Diario Ofi cial con cinco días de anticipación a la fecha de ser publicados. 3.- Para las publicaciones cuyos originales excedan de 10 páginas, el contenido del disquete o correo electrónico será considerado copia fi el del original para su publicación. 4.- Las tablas o cuadros deberán ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una página apaisada a 15 cm. de ancho x 24 cm. de alto. Asimismo, la tipografía mínima a utilizar deberá ser de 7 puntos. 5.- El TUPA además, debe ser remitido en disquete o al correo electrónico: normaslegales@ editoraperu.com.pe . LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIALDescargado desde www.elperuano.com.pe