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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 12 de abril de 2008 370582 DNTP UNIDAD EJECUTORA TOTAL 1060 REGION SAN MARTIN - SALUD ALTO HUALLAGA 0 GOBIERNO REGIONAL DE TACNA 1,128.53 935 REGION TACNA - SALUD TACNA 813.60970 REGION TACNA - HOSPITAL DE APOYO HIPOLITO UNANUE 314.93 GOBIERNO REGIONAL DE TUMBES 3,973.44 940 REGION TUMBES - SALUD TUMBES 1,970.35941 REGION TUMBES - HOSPITAL DE APOYO JAMO TUMBES 2,003.09 GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI 722.59 950 REGION UCAYALI - SALUD UCAYALI 441.53951 REGION UCAYALI - HOSPITAL DE APOYO DE PUCALLPA 236.78952 REGION UCAYALI - HOSPITAL DE APOYO YARINACOCHA 25.08 1175REGION UCAYALI - DIRECCION DE RED DE SALUD N°3 ATALAYA19.20 OPD 1235 INSTITUTO NACIONAL DE ENFERMEDADES NEOPLÁSICAS 0 TOTAL CALENDARIO INICIAL S/ 290,000.00 187537-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA Aceptan donación efectuada a favor de la Dirección Regional de Salud - Cajamarca RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL N° 182-2008-GR-CAJ/P Cajamarca, 4 de abril de 2008 VISTO:El Ofi cio N° 1073-2008-GR. CAJ-DRS/OEPE, de fecha 1 de abril de 2008, y; CONSIDERANDO: Que, según Ley N° 28905, Ley de fecilitación del despacho de mercancías donadas provenientes del exterior, los bienes donados a favor del Gobierno Central, Gobiernos Locales, Instituciones Privadas, deberán ser aceptadas mediante acto Resolutivo; Que, mediante Resolución Suprema N° 508-93-PCM, Aprueban Directiva de Procedimientos de Aceptación y Aprobación, Internamiento de Donanciones de Carácter Asistencial o Educacional provenientes del Exterior; Que, el Decreto Legislativo N° 719, Ley de Cooperación Técnica Internacional, en su artículo 2°, dispone que la Cooperación Técnica Internacional es el medio por el cual el Perú recibe, transfi ere y/o intercambia recursos humanos, bienes, servicios, capitales y tecnología de fuentes cooperantes externas cuyo objetivo es complementar y contribuir a los esfuerzos nacioanles en materia de desarrollo, destinados a: inc. a) Apoyar la ejecución de actividades y proyectos prioritarios para el desarrollo del país, y de sus regiones, en especial en los espacios socio-económicos, de mayor pobreza y marginación; Que, según el artículo 4° del Decreto Legislativo N° 719, uno de los órganos responsables de la cooperación técnica internacional son los Gobiernos Regionales, que identifi can, programan, ejecutan, supervisan y evalúan, la cooperación técnica de carácter sectorial y multisectorial, de impacto regional y subregional, en el marco de la política regional de desarrollo; Que, mediante el documento del visto, el Director Regional de Salud, solicita se emita el acto resolutivo a través del cual, se acepte la Donación de Equipos Médicos y medicinas bajo el Programa de Asistencia Humanitaria del Departamento de Defensa de los Estados Unidos de Norte América a favor de la DIRESA - Cajamarca; Estando a lo solicitado, con la visación de la Dirección Regional de Asesoría Jurídica, Dirección Regoinal de Administración y conformidad de Gerencia Genera Regional;En uso de las facultades conferidas por la Ley N° 27783 “Ley de Bases de la Descentralización”; Ley N° 27867 “Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales”, modifi cada por Ley N° 27902, Ley N° 28905, Decreto Legislativo N° 719; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la donación proveniente del exterior, consistente en Equipos Médicos y Medicinas bajo el Programa de Asistencia Humanitaria del Departamento de Defensa de los Estados Unidos de Norte América a favor de la Dirección Regional de Salud - Cajamarca; bienes donados que tienen las siguientes especifi caciones: Procedencia de la Donación : Estados Unidos de Norte AméricaMercadería : Equipos Médicos y Medicinas para atención médicaCantidad :10 bultosPeso Bruto : 4898 librasValor : $ 28.129.10 USDVapor o Línea Aérea : EGL - Tucson AZ 85706Vuelo / Viaje : AV025Puerto de Embarque : Atlanta Donna FujiwaraPuerto de Llegada : Aeropuerto JORGE CHAVEZ - Lima - PerúUso, destino y bene fi ciario : Capacitación en Destreza Mëdica (MEDRETE), a llevarse a cabo en la ciudad de Cajamarca del 7 al 18 de abril de 2008Guía de Embarque N° : KGFL 800605 Ártículo Segundo.- DISPONER, que la Dirección Regional de Salud - Cajamarca, proceda a incorporar los bienes donados especifi cados en el artículo anterior, dentro de su Patrimonio Sectorial. Artículo Tercero.- DISPONER, que a través de Secretaría General, se notifi que la presente, a los órganos competentes del Gobierno Regional Cajamarca y a los interesados, para los fi nes de Ley. Regístrese y comuníquese.JESÚS CORONEL SALIRROSAS Presidente Regional 186612-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Establecen conformidad de resolución que aprobó proyecto de regularización de habilitación urbana ejecutada de terreno ubicado en el distrito de Ate RESOLUCIÓN N° 073-2008-MML-GDU-SPHU Lima, 11 de marzo de 2008 LA SUBGERENTE DE PLANEAMIENTO Y HABILITACIONES URBANAS VISTO, el Codifi cado N° 25983-2008, mediante el cual la Municipalidad Distrital de Ate, remite los actuados administrativos, conteniendo Resolución de Gerencia Nº 011, de fecha 22 de enero de 2008, aprobando el Proyecto de Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada, solicitada por la ASOCIACIÓN DE VIVIENDA LAS TERRAZAS DE SANTA CLARA ; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución de Gerencia Nº 00049 (fs. 59 y 60), de fecha 06 de octubre del 2005, emitida por la Municipalidad Distrital de Ate, se resuelve aprobar, de acuerdo con el plano signado con el Nº 041-2005-SGPUC- GDU/MDA, la Regularización de Habilitación Urbana Descargado desde www.elperuano.com.pe