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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE ABRIL DEL AÑO 2008 (14/04/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 31

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 14 de abril de 2008 370641 RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL N° 782-2007-PRES Huacho, 29 de noviembre del año 2007VISTO : El Informe Nº 614-A-2007-GRL-SGRA-OL, de fecha 28 de noviembre de 2007, el Informe Nº 332-2007-GRL/SGRA, de fecha 29 de noviembre de 2007, la Hoja de Envío con Número de Expediente 5467 de Gerencia General Regional de fecha 29 de noviMINCETUR/VMT/DG situación de emergencia aquella en la cual la entidad tenga que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastrófi cos, quedando la Entidad exonerada de la tramitación del expediente administrativo, pudiendo ordenar la ejecución de lo estrictamente necesario para remediar el evento producido y satisfacer la necesidad sobrevenida, sin sujetarse a los requisitos formales de la Ley; Que, el 15 de agosto de 2007, se registraron sismos de gran magnitud en el territorio nacional, afectando de manera considerable la zona centro y sur del país, por lo que mediante Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM, publicado el 16 de agosto de 2007, ampliado por los Decretos Supremos Nº 071-2007-PCM y Nº 075-2007-PCM se declaró por un plazo de (60) días naturales el Estado de Emergencia en el departamento de Ica, las provincias de Cañete y Yauyos del departamento de Lima, así como en las provincias de Castrovirreyna, Huaytará y el distrito de Acobambilla de la provincia y departamento de Huancavelica, asimismo mediante Decreto Supremo Nº 084-2007-PCM, se ha prorrogado por el término de sesenta (60) días, contado a partir del 15 de octubre de 2007, el Estado de Emergencia dispuesto por el Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM y sus ampliatorias en las zonas señaladas en dichos dispositivos legales; Que, el artículo 142º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, señala que la Entidad debe adquirir o contratar en forma directa lo estrictamente necesario para prevenir y atender desastres, así como para satisfacer las necesidades sobrevivientes, después de lo cual deberá convocar a los procesos de selección que correspondan; Que, asimismo el artículo 142º del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 137-2007-EF, señala que toda adquisición o contratación realizada para enfrentar una situación de emergencia deberá regularizarse dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de efectuada la contratación, incluyendo el proceso en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Entidad, publicando la Resolución correspondiente, en el sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado SEACE y el Diario Ofi cial El Peruano, remitiéndolo junto con el informe técnico legal sustentatorio, a la contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado – CONSUCODE, así como emitiendo los demás documentos contractuales que correspondan según el Estado de la ejecución de las prestaciones; Que, en tal sentido, corresponde emitir la correspondiente Resolución de Aprobación de la exoneración de los procesos de selección de las adquisiciones y contrataciones realizadas bajo la causal de situación de emergencia, a fi n de proceder a la regularización correspondiente, las cuales deberán incluirse en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno Regional de Lima para el año 2007; Con la conformidad de la Gerencia General Regional, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, y las visaciones de la Sub Gerencia de Administración, de la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica, y de la Secretaría General del Gobierno Regional de Lima; En mérito de los fundamentos expuestos y de conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 137-2007-EF, y a lo establecido en el artículo 21º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales: SE RESUELVE:Artículo Primero : APROBAR la exoneración de la realización de procesos de selección para la adquisición de bienes y contratación de servicios por causal de situación de emergencia de acuerdo al detalle del anexo adjunto, por el monto total de S/.248,493.07 (DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y TRES CON 07/100 NUEVOS SOLES), con cargo a la Fuente de Financiamiento Canon y Sobrecanon correspondiente a la Unidad Ejecutora 1027. Artículo Segundo : DISPONER que las Áreas Administrativas correspondientes den estricto cumplimiento a las disposiciones establecidas en el artículo 142º del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 137-2007-PCM (Publicación y Remisión a Contraloría y CONSUCODE). Regístrese, comuníquese y cúmplase. NELSON O. CHUI MEJÍA Presidente Regional GOBIERNO REGIONAL DE LIMA ANEXO 1 RELACION DE ORDENES DE COMPRAS SITUACION DE EMERGENCIA PROVINCIAS DE CAÑETE Y YAUYOS 2007 BASE LEGAL: DS NºS 068-2007-PCM, 075-2007-PCM y 084-2007-PCM FECHA Nº ORDEN DE COMPRAPROVEEDOR DESCRIPCION MONTO FUENTE DE FINANCIAMIENTO 06/11/2007 0875 REPUESTOS M. MENDOZA EIRL Repuestos 312.00 CANON Y SOBRECANON 06/11/2007 0876 REPUESTOS M. MENDOZA EIRL Repuestos 180.0006/11/2007 0881 ESTACION DE SERVICIOS RIMEER EIRL Combustibles varios 22,340.0006/11/2007 0882 FABRICA PERUANA ETERNIT S.A. Planchas y otros 164,328.9206/11/2007 0883 SODIMAC PERU S.A. Materiales varios 1,296.7806/11/2007 0884 PAREDES CHAVEZ ERBIN DAVID Listones varios 2,225.87 T O T A L 190,683.57Descargado desde www.elperuano.com.pe