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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ABRIL DEL AÑO 2008 (24/04/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 35

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 24 de abril de 2008 371201 1022366, componente 3000498, Educación Superior (Lunahuaná); Estando a lo anteriormente acotado, y lo autorizado por el Decreto del Rectorado Nº 6177-2007-R-UNJFSC de fecha 28 de agosto de 2007; En uso de las facultades conferidas por la Ley Universitaria Nº 23733 y el Estatuto de la Universidad José Faustino Sánchez Carrión; SE RESUELVE: Artículo 1º.- ANULAR el contrato del Ing. LEYVA CHINCHAY, Lucas Saúl, como Auxiliar Tiempo Parcial 19 Horas, como docente Invitada contratado en la Facultad de Ciencias Agrarias e Industrias Alimentarias, correspondiente al Semestre Académico 2005-II, aprobado mediante Resoluciones Rectorales Nº 0153 y 0230-2006-UH de fecha 13 y 28 de febrero de 2006, en virtud a los fundamentos expuestos en la presente resolución Artículo 2º.- AUTORIZAR la celebración del Contrato entre la Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión, y la Ing. RUBY CAROLINA TASSO NEYRA, como docente invitada, en la categoría de Auxiliar Tiempo parcial 10 Horas, en la Facultad de Ciencias Agrarias e Industrias Alimentarias, correspondiente al Semestre Académico 2005- II, aprobado Resoluciones Rectorales Nº 0153 y 0230-2006-UH de fecha 13 y 28 de febrero de 2006, respectivamente; a partir del 1 de enero al 15 de marzo del 2006, debiendo corresponderle la contraprestación de vida por la labor efectuada. Artículo 3º.- EL EGRESO que origine la presente Resolución, se afectará al Grupo Genérico 1, Personal y Obligaciones Sociales, Específi ca del Gasto 10 Retribuciones y Complementos-Contratos a plazo Fijo, en el caso de Contrato, de la Fuente de Financiamiento de los Recursos Ordinarios del Presupuesto Institucional 2007. Artículo 4º.- TRANSCRIBIR la presente Resolución a las Instancias respectivas de la Universidad para su conocimiento y demás fi nes. Regístrese, comuníquese y archívese. CARLOS MIGUEL CHUQUILÍN TERÁN Rector 192160-2 Rectifican resolución que dispuso sancionar con suspensión a estudiante de la Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión UNIVERSIDAD NACIONAL JOSÉ FAUSTINO SÁNCHEZ CARRIÓN RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 1153-2007-UH Huacho, 31 de octubre del 2007 VISTOS:El Expediente Nº 044972-07 de fecha 14 de setiembre de 2007, contenido en el Ofi cio Nº 179-2007-TH-UNJFSC; copia de las Resoluciones Rectorales Nº 869-2007-UH, de fecha 3 de setiembre de 2007, y Nº 0872-2007-UH de fecha 4 de setiembre de 2007; el Informe Nº 045-2007-EGLA-ALSG, de fecha 19 de setiembre de 2007; el Decreto de Rectorado Nº 7738-2007-R-UNJFSC, de fecha 16 de octubre de 2007; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Rectoral Nº 869-2007-UH de fecha 3 de setiembre de 2007, se dispone imponer a la Estudiante Yaclín Soydeli Marci Morante Gutiérrez la sanción disciplinaria de Suspensión por un Semestre Académico; Que, mediante Resolución Rectoral Nº 0872-2007- UH, de fecha 4 de setiembre de 2007, se dispone declarar la Caducidad del Proceso Administrativo Disciplinario instaurado mediante Resolución Rectoral Nº 0375-2007-UH, de fecha 27 de Abril de 2007 al Jefe de Prácticas Roberto Carlos Loza Landa; Que, mediante el expediente de vistos, el Tribunal de Honor observa los actos resolutivos precitados, manifestando que en la Resolución Rectoral Nº 869-2007-UH, de fecha 3 de setiembre de 2007 se han omitido un párrafo en el quinto considerando y se ha consignado erróneamente el número de informe que emitió. En tanto en la Resolución Rectoral Nº 0872-2007-UH, de fecha 4 de setiembre de 2007 se ha omitido consignar los Ofi cios con las recomendaciones que este colegiado emitió a propósito del Proceso Administrativo Disciplinario que se encontraba en trámite; Que, mediante el Informe Nº 045-2007-EGLA-ALSG, de fecha 19 de setiembre de 2007, el Asesor Legal de Secretaría General informa que se debe proceder a corregir los errores materiales que se han verifi cado en la Resolución Rectoral Nº 869-2007-UH, en tanto no procede modifi car el contenido de la Resolución Rectoral Nº 0872-2007, por cuanto el contenido de los documentos emitidos por el Tribunal de Honor no guardan conexión lógica con su tenor resolutivo; Que, en aplicación de lo preceptuado la Ley Nº 27444, Ley del procedimiento Administrativo General, que en su artículo 201º preceptúa: “Los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectifi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de ofi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de su decisión (...)”, corresponde la emisión de acto resolutivo rectifi catorio de los errores materiales contenidos en la Resolución Rectoral Nº 869- 2007-UH, de fecha 3 de setiembre de 2007; Estando a lo expuesto en los considerandos precedentes y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria Nº 23733, el Estatuto de la Universidad y el Decreto del Rectorado Nº 7738-2007-R-UNJFSC, de fecha 16 de octubre de 2007. SE RESUELVE: Artículo 1º.- RECTIFICAR la Resolución Rectoral Nº 869-2007-UH, de fecha 3 de setiembre de 2007, en su quinto considerando, de acuerdo a lo que a continuación se indica: DICE DEBE DECIR “Que, mediante los Memorando Nº 039-2007-TH-UNJFSC, de fecha 26 de Junio de 2007, y Nº 040-2007-TH-UNJFSC, la Presidente del Tribunal de Honor remite, a las”“Que, mediante los Memorando Nº 039-2007-TH-UNJFSC, de fecha 26 de Junio de 2007, y Nº 040-2007-TH-UNJFSC, la Presidente del Tribunal de Honor remite a las encausadas el Pliego de Cargos respectivo, para que procedan a su absolución y descargos respectivos” Artículo 2º.- RECTIFICAR la Resolución Rectoral Nº 869-2007-UH, de fecha 3 de setiembre de 2007, en su séptimo considerando, de acuerdo a lo que a continuación se indica: DICE DEBE DECIR “Que, mediante el Informe Nº 043-2007-TH-UNJFSC, de fecha 08 de Agosto de 2007 (...)”“Que, mediante el Informe Nº 041-2007-TH-UNJFSC, de fecha 17 de Julio de 2007 (...) ” Artículo 2º.- QUEDA VIGENTE, el resto del contenido de la Resolución Rectoral indicada en el Artículo 1º de la presente. Artículo 3º.- TRANSCRIBIR, la presente Resolución a los interesados y a las demás dependencias de la Universidad para su conocimiento, cumplimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, Comuníquese y Archívese. CARLOS MIGUEL CHUQUILÍN TERÁN Rector 192160-3 Rectifican resolución que dispuso iniciar proceso disciplinario a estudiante de la Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión UNIVERSIDAD NACIONAL JOSÉ FAUSTINO SÁNCHEZ CARRIÓN RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 1155-2007-UH Huacho, 31 de octubre del 2007Descargado desde www.elperuano.com.pe