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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ABRIL DEL AÑO 2008 (24/04/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 37

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 24 de abril de 2008 371203 por Decreto Supremo Nº 035-2007-EM y la Ley Nº 29091 – Ley que modifi ca el párrafo 38.3 del artículo 38º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, y establece la publicación de diversos dispositivos legales en el portal del Estado Peruano y en Portales institucionales; Con la visación de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, de la Unidad de Relaciones Institucionales y la Secretaría General; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Reglamento de la Biblioteca del Instituto Geológico Minero y Metalúrgico – INGEMMET, el mismo que está conformado por cinco (05) títulos, seis (06) capítulos, cincuenta y cuatro (54) artículos y dos (02) Disposiciones Finales. Artículo 2º.- Encargar al funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal Institucional, la publicación del presente Reglamento en la Página Web de INGEMMET – www.ingemmet.gob.pe y en el Portal del Estado Peruano. Artículo 3º.- El Reglamento entrará en vigencia una vez efectuadas las publicaciones indicadas en el artículo precedente, conforme a lo dispuesto en el artículo 2º y 3º de la Ley Nº 29091. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME CHÁVEZ RIVA GÁLVEZ Presidente del Consejo DirectivoINGEMMET 192036-1 Constituyen Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del INGEMMET RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 049-2008-INGEMMET/PCD Lima, 17 de abril de 2008 CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 27815 se aprobó el Código de Ética de la Función Pública, aprobándose su Reglamento mediante Decreto Supremo Nº 033-2005-PCM; Que, por Resolución de Presidencia Nº 040-2008- INGEMMET/PCD de fecha 18 de Marzo del 2008 se aprobó la Directiva Nº 003-2008-INGEMMET/PCD denominada Código de Ética y Conducta de los Servidores Públicos del Instituto Geológico Minero y Metalúrgico - INGEMMET; Que, la Disposición Transitoria contenida en la Directiva Nº 003-2008-INGEMMET/PCD, establece que por Resolución de Presidencia debe conformarse la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios por infracciones al Código de Ética y Conducta de los Servidores Públicos del Instituto Geológico Minero y Metalúrgico - INGEMMET, y en general al Código de Ética de la Función Pública y su Reglamento; De conformidad con las atribuciones y funciones establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Geológico Minero y Metalúrgico - INGEMMET aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2007-EM; y, Contando con el visto bueno de la Secretaría General y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE : Artículo Primero.- Constituir la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Geológico Minero y Metalúrgico - INGEMMET, con competencia para conocer de los procedimientos que se inicien por infracciones a la Ley del Código de Ética de la Función Pública y su Reglamento así como al Código de Ética y Conducta de los Servidores Públicos del Instituto Geológico Minero y Metalúrgico - INGEMMET aprobado por Resolución de Presidencia Nº 040-2008-INGEMMET/PCD. Artículo Segundo.- La Comisión Permanente queda conformada de la siguiente manera: MIEMBROS TITULARES: • María Angélica Remuzgo Gamarra, quien la presidirá. • Luis Humberto Chirif Rivera• Cristóbal Miletich Souza PeixotoMIEMBROS SUPLENTES: • Jessica Gabriela Angulo Garcia • Alfredo Angel Chavez Mendoza• Lionel Fidel Smoll Regístrese, comuníquese y publíquese.JAIME CHÁVEZ RIVA GÁLVEZ Presidente del Consejo Directivo 192038-1 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA Autorizan realización de la “Encuesta sobre la Calificación de Trabajadores y sus Competencias Laborales en las Empresas Privadas” en las ciudades de Lima Metropolitana, Ica y Piura RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 113-2008-INEI Lima, 11 de abril del 2008 Visto el Ofi cio Nº 066-2008-MTPE/4/10.3, de la Ofi cina de Estadística e Informática del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), solicitando autorización para la ejecución de la “Encuesta sobre la Califi cación de Trabajadores y sus Competencias Laborales en las Empresas Privadas”. CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 604 “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”, el INEI es el ente rector del Sistema Nacional de Estadística y tiene entre sus funciones normar, supervisar y evaluar los métodos, procedimientos y técnicas estadísticas, utilizadas por los órganos del Sistema para la producción de las Estadísticas Básicas; Que, mediante documento del visto, la Ofi cina de Estadística e Informática del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, manifi esta que con Ofi cio Nº 841-2008-MTPE/3/11.2, la Dirección Nacional de Promoción del Empleo y Formación Profesional, ha comunicado que para obtener información de los requerimientos de califi cación de los trabajadores; así como las demandas futuras de las empresas y las competencias necesarias para desarrollar su labor en el puesto de trabajo, es necesario ejecutar la “Encuesta sobre la Califi cación de Trabajadores y sus Competencias Laborales en las Empresas Privadas” en las ciudades de Lima Metropolitana, Ica y Piura, dirigida a las empresas seleccionadas en una muestra representativa del sector privado en las actividades económicas de: Elaboración de Productos Alimenticios y Bebidas; Fabricación de Otros Productos Minerales no Metálicos; Fabricación de Metales Comunes y Fabricación de Muebles e Industrias Manufactureras no Clasifi cadas en Otra Parte; Que, en concordancia con lo establecido en la Cuarta Disposición Transitoria de la Ley del Poder Ejecutivo Nº 29158, la ejecución de la Encuesta en Lima Metropolitana estará a cargo de la Dirección Nacional de Promoción del Empleo y Formación Profesional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y en las ciudades de Ica y Piura, estará a cargo de las Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo a través de sus Observatorios Socio Económicos Laborales; Que, es necesario autorizar la ejecución de la “Encuesta sobre la Califi cación de Trabajadores y sus Competencias Laborales en las Empresas Privadas”, así como aprobar el formulario respectivo y fi jar el plazo máximo de entrega de la información; Con la opinión técnica de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas y la visación de la Sub Jefatura de Estadística y de la Ofi cina Técnica de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 81º y 83º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática; yDescargado desde www.elperuano.com.pe