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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE ABRIL DEL AÑO 2008 (25/04/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 5

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 25 de abril de 2008 371239 Que, para tal efecto el Ministerio de Relaciones Exteriores ha solicitado recursos adicionales a los previstos en el Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2008, a efecto de brindar la atención debida a los dignatarios citados en el considerando precedente: Que, la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, cuenta con saldos que permiten dar cobertura al requerimiento efectuado por el Ministerio de Relaciones Exteriores, por lo que es necesario autorizar una transferencia de partidas por la suma de SEIS MILLONES CINCUENTA MIL QUINIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 6 050 500,00); De conformidad con lo establecido por el artículo 45º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA: Artículo 1 º.- Autorización de Transferencia de Partidas Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008 a favor del pliego Ministerio de Relaciones Exteriores, hasta por la suma de SEIS MILLONES CINCUENTA MIL QUINIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 6 050 500,00), de acuerdo al siguiente detalle: DE LA:SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración GeneralFUNCIÓN 03 : Administración y PlaneamientoPROGRAMA 006 : Planeamiento GubernamentalSUBPROGRAMA 0019 : Planeamiento Presupuestario, Financiero y Contable ACTIVIDAD 000010 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público (En Nuevos Soles) FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios CATEGORÍA DEL GASTO 5. GASTOS CORRIENTES 0.Reserva de Contingencia 6 050 500,00 ------------------ TOTAL 6 050 500,00 ========== A LA: SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 008 : Ministerio de Relaciones Exteriores UNIDAD EJECUTORA 001 : Ministerio de Relaciones Exteriores – Secretaria de Administración FUNCION 13 : Relaciones ExterioresPROGRAMA 045 : Política ExteriorSUBPROGRAMA 0118 : Relaciones Diplomáticas ACTIVIDAD 046369 : Organización de Reuniones Internacionales en el Perú FUENTE DEFINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles) CATEGORÍA DEL GASTO 5. GASTOS CORRIENTES 3. Bienes y servicios 5 671 000,00 6. GASTOS DE CAPITAL 7. Otros Gastos de Capital 379 500,00 ------------------ TOTAL 6 050 500,00 ==========Artículo 2º.- Procedimientos para la aprobación institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitado en la presente transferencia de partidas, aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos a que se refi ere el artículo 1º, a nivel de función, programa, subprograma, actividad y grupo genérico de gasto, dentro de los cinco (5) días calendario de aprobada, a los organismos señalados en el artículo 23º, numeral 23.2 de la Ley Nº 28411 -Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados solicitará a la Dirección Nacional del Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto de los Pliegos involucrados instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3 º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticuatro días del mes de abril del año dos mil ocho. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 193396-3 Precios CIF de referencia para la aplicación del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a importaciones de maíz, azúcar, arroz y leche entera en polvo RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 008-2008-EF/15.01 Lima, 23 de abril de 2008CONSIDERANDO:Que, por Decreto Supremo Nº 115-2001-EF y modifi catorias, se estableció el Sistema de Franja de Precios para las importaciones de los productos señalados en el Anexo I del citado Decreto Supremo; Que, por Decreto Supremo Nº 184-2002-EF, se modifi có el artículo 7º del Decreto Supremo Nº 115-2001-EF y se dispuso que los precios CIF de referencia fueran publicados por Resolución Viceministerial del Viceministro de Economía; Que, por Decreto Supremo Nº 086-2007-EF, se dispuso que las Tablas Aduaneras del Arroz y Lácteos, aprobadas por el Decreto Supremo Nº 001-2002-EF; la Tabla Aduanera del Azúcar, aprobada por el Decreto Supremo Nº 121-2006-EF; y la Tabla Aduanera del Maíz, aprobada por el Decreto Supremo Nº 183-2006-EF, tendrán vigencia hasta el 30 de junio de 2008; Que, por Decreto Supremo Nº 133-2007-EF, se sustituyó la Tabla Aduanera de Lácteos, aprobada por el Decreto Supremo Nº 001-2002-EF, y se dispuso que tenga vigencia hasta el 30 de junio de 2008; Que, por Decreto Supremo Nº 001-2008-EF, se sustituyó la Tabla Aduanera del Maíz, aprobada por el Decreto Supremo Nº 183-2006-EF y se dispuso que tenga vigencia hasta el 30 de junio de 2008; Que, corresponde publicar los precios CIF de referencia para el período comprendido entre el 1 y 15 de abril de 2008;Descargado desde www.elperuano.com.pe