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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 25 de abril de 2008 371249 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ofi cializar la “Semana de Vacunación en las Américas”, que se llevará a cabo a nivel nacional, del 23 al 30 de abril de 2008, fi jándose como fecha central el día 27 de abril de 2008. Artículo 2º.- Disponer que las actividades de vacunación iniciadas en el marco de la “Semana de Vacunación en las Américas”, continúen hasta el día 31 de mayo de 2008, debiendo efectuarse el seguimiento sanitario respectivo. Artículo 3º.- La Estrategia Sanitaria Nacional de Inmunizaciones de la Dirección General de Salud de las Personas, a través del Comité Técnico Permanente, las Direcciones Regionales de Salud y las Direcciones de Salud, son responsables del cumplimiento de la presente Resolución, debiendo efectuar el seguimiento respectivo y presentar el informe final correspondiente a la Alta Dirección del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.HERNAN GARRIDO-LECCA MONTAÑEZ Ministro de Salud 193390-1 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Designan Asesora de la Asesoría Técnica de la Alta Dirección del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 119-2008-TR Lima, 24 de abril de 2008VISTO: El ofi cio Nº 38-2008-MTPE/5, del 01 de abril de 2008, de la Jefa del Gabinete de Asesores de la Asesoría Técnica de la Alta Dirección del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, CONSIDERANDO: Que se encuentra vacante el cargo de Asesor II (F-5) de la Asesoría Técnica de la Alta Dirección del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que es necesario emitir el acto administrativo mediante el cual se designa al funcionario que desempeñará dicho cargo; Con la visación del Director General de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y el literal d) del Artículo 12° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial N° 173-2002-TR y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señorita MILENKA LITA ESLAVA DIAZ en el cargo de Asesor II (F-5) de la Asesoría Técnica de la Alta Dirección del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARIO MARTÍN PASCO COSMÓPOLIS Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 193290-1TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan viaje de profesional de la Comisión de Investigación de Accidentes de Aviación a EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 049-2008-MTC Lima, 24 de abril de 2008 VISTO: El Informe Nº 009-2008-MTC/01.01-CIAA del 17.4.08 del Presidente de la Comisión de Investigación de Accidentes de Aviación (CIAA), y; CONSIDERANDO: Que, con fecha 11.3.08 la aeronave Bell 412EP, de matrícula N417EV, operada por la empresa Helinka S.A.C. sufrió un accidente en la ruta La Granja - Chiclayo, debido a que impactó contra un montaña a 3,500 pies S.N.M. produciéndose la destrucción total de la misma; Que, un Equipo de Respuesta Temprana se dirigió al lugar del suceso al día siguiente de ocurridos los hechos, reportando haber recuperado las grabadoras de datos (DFR) y de voz (CVR) el día 18.3.08. Sin embargo, la Comisión de Investigación de Accidentes de Aviación (CIAA) sólo se recibió de manos del fi scal de Santa Cruz, Cajamarca, la grabadora de datos (DFR); Que, la empresa Río Tinto Minera Perú Limitada S.A.C. empleadora de los pasajeros fallecidos, el 09.04.08 logró ubicar y recuperar la grabadora de voz (CVR) la cual fue entregada a la Comisión de Investigación de Accidentes de Aviación (CIAA); Que, el artículo 154º de la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, concordado con el artículo 92º del Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, Reglamento de Operación y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, establece que la Comisión de Investigación de Accidentes de Aviación (CIAA) tiene a su cargo la investigación de los accidentes de aviación, a fi n de determinar sus causas y establecer las medidas tendentes a evitar que se repitan; depende del Ministro de Transportes y Comunicaciones y su conformación y funcionamiento se rigen por sus normas específi cas; Que, los numerales 5.7 y 5.8 del Anexo 13 del Convenio sobre Aviación Civil Internacional, señalan que los registradores de vuelo se utilizarán de manera efectiva en la investigación de todo accidente o incidente. El Estado que realice la investigación tomará las disposiciones necesarias para la lectura de los registradores de vuelo sin demora. En el caso que el Estado que realiza la investigación de un accidente o incidente no cuente con las instalaciones adecuadas para la lectura de los registradores de vuelo, dicho Estado debería utilizar las instalaciones que otros Estados pongan a su disposición; Que, mediante el Informe de vistos la Comisión de Investigación de Accidentes de Aviación (CIAA) solicita se autorice el viaje del señor Patrik Alberto Frykberg Peralta, Especialista en Aeronavegabilidad de la citada Comisión, a la ciudad de Washington DC, Estados Unidos de Norteamérica, del 28 de abril al 4 de mayo de 2008, con el fi n de transportar la grabadora de voz (CVR) de la aeronave Bell 412EP de matrícula N417EV, para su decodifi cación y análisis, a los laboratorios de la National Transportation Safety Board-NTSB; Que los gastos por concepto de viáticos y tarifa única de aeropuerto, serán asumidos por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con cargo a su presupuesto; mientras que los pasajes serán obtenidos vía “Goverment Request”; Que, la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración emitió la Certifi cación de Crédito Presupuestario Nº 02101, de fecha 16.4.08, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 77º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto;Descargado desde www.elperuano.com.pe