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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 9 de agosto de 2008 377823 y benefi cios que involucran la celebración de una nueva addenda con el IICA; Que en efecto, mediante Informe Nº 012-2008-AG- OGPA/OPRE/MMI de fecha 5 de junio de 2008, el Director de la Ofi cina de Presupuesto concluye que es procedente el requerimiento de la Dirección General de Promoción Agraria debido a que se cuenta con disponibilidad de recursos en el Presupuesto para el Año Fiscal 2008, y recomienda que se confeccione una segunda addenda a la Carta de Entendimiento para Viabilizar el Desarrollo de la Actividad Forestal, en la que se amplíe su vigencia, así como los recursos destinados para la ejecución de los componentes, se reemplace a la contraparte técnica colegiada del Ministerio de Agricultura, y establezca un mecanismo para su liquidación, pues estas modifi caciones e incorporaciones otorgan ventajas y benefi cios al MINAG; Que, es por tanto necesario modifi car las cláusulas 6 (Seis) y 11 (once) además agregar las cláusulas 12 (doce) y 13 (trece ) a la Carta de Entendimiento suscrita entre el MINAG y el IICA aprobada por la Resolución Ministerial Nº 504-2007-AG, modifi cando su vigencia, COMUNICADO OFICIAL Nº 09-2008-CG PARA LOS FINES DEL CONTROL GUBERNAMENTAL EN RELACIÓN AL CUMPLIMIENTO DEL DECRETO DE URGENCIA Nº 004-2008 En cautela del cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, mediante el cual se otorgó DOSCIENTOS SETENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 270 000 000.00) al Ministerio de Educación para el mantenimiento de aulas de centros educativos a nivel nacional; y de las disposiciones excepcionales y complementarias emitidas por el Decreto de Urgencia Nº 004-2008, la Contraloría General de la República en virtud de lo previsto en el artículo 6º de dicho Decreto requiere y comunica lo siguiente: A los Directores de las Instituciones Educativas Públicas Benefi ciadas, a los Comités de Mantenimiento y a los Comités de Veedores 1. A los Directores de las Instituciones Educativas Públicas Benefi ciadas, a los Comités de Mantenimiento y a los Comités de Veedores se les recuerda que deben remitir al Ministerio de Educación, DRE y UGEL el Formato Declaración de Gastos y Copia del Comité Veedor, cuyo plazo de recepción vence el 29.Ago.2008 , según lo establecido en la Directiva Nº 003-2008-ME/VMGI - Norma para la Ejecución del Mantenimiento Preventivo Básico de los Locales donde funcionan las Instituciones Educativas Públicas. A los Jefes de los Órganos de Control Institucional de las Direcciones Regionales de Educación y de las Unidades de Gestión Educativa Local 2. Los Jefes de los Órganos de Control Institucional de las Direcciones Regionales de Educación y de las Unidades de Gestión Educativa deberán remitir a la Contraloría General, del 11.Ago.2008 al 10.Set.2008 , la información de cada una de las Instituciones Educativas Públicas Benefi ciadas que hayan cumplido con remitir a las Entidades competentes el Formato Nº 2 de la Directiva Nº 003-2008-ME/VMGI - Norma para la Ejecución del Mantenimiento Preventivo Básico de los Locales donde funcionan las Instituciones Educativas Públicas, que se detalla en el Formato “REPORTE SOBRE MANTENIMIENTO DE INSTITUCIONES EDUCATIVAS” que, para el efecto, se ha implementado en el Portal Institucional (www.contraloria.gob.pe), conjuntamente con el respectivo instructivo para su debido llenado. (Consultas al correo educacion@contraloria.gob.pe). Sin perjuicio del control posterior que corresponde al Sistema Nacional de Control, se publicará en el Portal Institucional la relación de Instituciones Educativas Públicas que hayan cumplido con la presentación del Formato Nº 2; y, una vez vencido el plazo para dicha presentación (29.Ago.2008) se publicará en el Portal la relación de las Instituciones Educativas omisas. Finalmente, las denuncias de los ciudadanos y las recibidas por las Instituciones Educativas sobre presunto uso irregular de los recursos destinados al mantenimiento preventivo básico, se deberán remitir a los Órganos de Control Institucional de las Unidades de Gestión Educativa Local correspondiente; quienes darán el trámite que corresponda. Jesús María, 05 de agosto de 2008 SECRETARÍA GENERAL CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA 234875-1 Descargado desde www.elperuano.com.pe