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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 29 de agosto de 2008 378803 Radio Viento Sonda DIGICORA III MW21 marca VAISALA; fi nanciado con el presupuesto de recursos ordinarios; Que, teniendo en consideración el O fi cio Nº 213- SENAMHI/OGOT/2008 de fecha 24.07.08, emitido por el Director de la Ofi cina General de Operaciones Técnicas, que sustenta técnicamente el requerimiento de los productos indicados; mediante la Resolución Presidencial Ejecutiva Nº 0201-SENAMHI-PREJ-OGA-OAS/2008 de fecha 07.08.2008, se autorizó estandarizar la adquisición de las radiosondas marca VAISALA código RS92-GP, para ser utilizados como insumo directo en los equipos de radio vento sonda marca VAISALA DIGICORA III modelo MW21 del SENAMHI; Que, la Ofi cina General de Administración con el Ofi cio Nº 522-SENAMHI-OGA-OAS/2008 del 13.08.08, remite a la Ofi cina de Asesoría Jurídica el Informe Técnico-Económico Nº 004-SENAMHI-OGA-OAS/2008, solicitando que la adquisición de las radiosondas para los equipos de Radio Viento Sonda marca VAISALA, se efectúe directamente a la Cía. VAISALA OYJ de Finlandia, por ser el fabricante de los equipos y porque los bienes requeridos no admiten sustitutos; Que, la Ofi cina de Asesoría Jurídica con el O fi cio N° 125-SENAMHI-OAJ/2008 del 14.08.2008 remite el Informe Legal Nº 004-SENAMHI-OAJ/2008, en mérito de lo expuesto y fundamentado en el Informe Técnico e Informe Técnico Económico, se pronuncia por la continuación del trámite de exoneración del proceso de selección para que la adquisición de los radiosondas como insumos consumibles para los equipos de Radio Viento Sonda marca VAISALA, se efectúe directamente a la Cía. VAISALA OYJ de Finlandia; contando con los citados informes y teniendo en cuenta la normatividad de los procesos de adquisición de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, es necesario determinar los procedimientos establecidos por Ley, para la Exoneración del Proceso de Adquisición; De conformidad con el inciso e) del artículo 19°, y con el inciso a) del artículo 20° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, que establecen que cuando los bienes y/o servicios no admiten sustitutos, las exoneraciones se aprobarán mediante Resolución del Titular del Pliego de la Entidad; y contando con el Informe Técnico emitido por la Ofi cina General de Operaciones Técnicas, el Informe Técnico Económico Nº 004-SENAMHI-OGA-OAS/2008 emitido por la Ofi cina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares y el Informe Legal Nº 004-SENAMHI-OAJ/2008 emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica; de conformidad con la Ley Nº 24031, Ley del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología – SENAMHI, con las facultades conferidas mediante la Resolución Suprema Nº 021-2007-DE/SG del 24 de enero del 2007, con la visación del Director de la O fi cina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares, del Director de la Ofi cina General de Administración; y lo expuesto por la Ofi cina de Asesoría Jurídica del SENAMHI; con cargo a dar cuenta al Consejo Directivo; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la exoneración del proceso de Licitación Pública Nº 0001-2008-SENAMHI por la adquisición de radiosondas para ser utilizados como insumos consumibles en el lanzamiento de globos meteorológicos por los equipos de Radio Viento Sonda marca VAISALA, directamente a la Cía. VAISALA OYJ de Finlandia; por ser el fabricante de los equipos y por la razón fundamentada técnicamente de que los bienes a adquirir no admiten sustitutos; de acuerdo al siguiente detalle: ITEM CANT. ESPECIFICACIONES TECNICAS VALOR REF. 1.- 765 . Radiosondas VAISALA tipo RS92-GP EURO 121,175.00 Unid Importe total del Valor Referencial EURO 121,175.00 Artículo 2°.- Autorizar a la Ofi cina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares del SENAMHI, para llevar a cabo el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía por Exoneración Nº 0003-2008-SENAMHI, por el importe total de 121,175.00 Euros que al tipo de cambio de 4.45 da el monto de S/. 539,228.75 (Quinientos Treinta y Nueve Mil Doscientos Veinte y Ocho y 75/100 Nuevos Soles); cuyo monto se encuentra programado y fi nanciado con el presupuesto de recursos ordinarios. Artículo 3°.- Disponer que la O fi cina General de Administración, remita copia de la presente Resolución y de los informes que sustentan esta exoneración, a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; así como su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. WILAR DAVID GAMARRA MOLINA Mayor General FAP (r) Presidente Ejecutivo del SENAMHI 244991-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan viaje de personal del Ministerio para participar en reunión de trabajo sobre la implementación del Acuerdo de Promoción Comercial Perú - Estados Unidos RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 124-2008-MINCETUR Lima, 28 de agosto de 2008 CONSIDERANDO:Que, en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 2 al 5 de setiembre de 2008, se realizará una reunión bilateral de trabajo sobre la implementación del Acuerdo de Promoción Comercial Perú – Estados Unidos, con el United Status Trade Representative – USTR, a fi n de coordinar los textos normativos de rango reglamentario requeridos para dicha implementación; Que, por tal razón, es necesario autorizar el viaje de la señora Silvia Lorena Hooker Ortega, Asesora del Despacho Ministerial del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, y de los señores Jaime Dupuy Ortiz de Zevallos y Teresa Mera Gómez, profesionales que prestan servicios en el Viceministerio de Comercio Exterior, para que en representación del MINCETUR, participen en la reunión antes mencionada; Que, el MINCETUR es el organismo público competente para de fi nir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; responsable en materia de negociaciones comerciales internacionales, en coordinación con los sectores del Gobierno en el ámbito de sus respectivas competencias; Que, la Ley N° 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, con algunas excepciones, entre ellas, los viajes que se efectúan en el marco de los acuerdos de negociación de tratados comerciales de importancia para el Perú; De conformidad con la Ley N° 29142 antes citada, la Ley N° 27790, de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modi fi catorias, y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de Norteamérica, de la señora Silvia Lorena Hooker Ortega, Asesora del Despacho Ministerial del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, y de los señores Jaime Dupuy Ortiz de Zevallos y Teresa Mera Gómez, profesionales que prestan servicios en el Viceministerio de Comercio Exterior, del 31 de agosto al 06 de setiembre de 2008,