Norma Legal Oficial del día 18 de diciembre del año 2008 (18/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, jueves 18 de diciembre de 2008

NORMAS LEGALES
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De conformidad con el inciso 19) del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru y con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Objeto El presente decreto de urgencia tiene como objeto dictar disposiciones extraordinarias para la facilitacion de las asociaciones publico privadas a traves de concesiones de obras publicas de infraestructura y de servicios publicos por parte del Gobierno Nacional, dentro del contexto de la actual crisis financiera internacional. Las disposiciones extraordinarias comprenden unicamente los proyectos referidos en el Articulo 2º del presente decreto de urgencia por ser esenciales para la competitividad y desarrollo del pais. Articulo 2º.- Declaracion de Necesidad Nacional Declarar de necesidad nacional y de ejecucion prioritaria por parte de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada ­ PROINVERSION, los procesos de promocion de la inversion privada vinculados con la concesion de los siguientes proyectos: - Puerto de Paita - Puerto de San MORDAZA (Pisco) - Puerto de Salaverry - Puerto de Pucallpa - Puerto de Iquitos - Puerto de Yurimaguas - Autopista MORDAZA, Tramo MORDAZA - Sullana - Carretera IIRSA Centro (Evitamiento MORDAZA Priale ­ MORDAZA MORDAZA MORDAZA, La Oroya ­ Huancayo; La Oroya ­ Pucallpa) - Aeropuertos Regionales 2º Grupo - Proyecto Especial Majes ­ MORDAZA - Planta de Tratamiento de Aguas Residuales MORDAZA - Proyecto Especial Chavimochic Articulo 3º.- Viabilidad de los proyectos La viabilidad de los proyectos a que se refiere el articulo anterior podra ser otorgada con estudios a nivel de prefactibilidad. Articulo 4º.- Del cofinanciamiento y otorgamiento y/o contratacion de garantias financieras El monto MORDAZA de cofinanciamiento al que podra obligarse el Estado, asi como el monto MORDAZA para el otorgamiento o contratacion de garantias financieras para respaldar las obligaciones derivadas de los procesos de promocion de la inversion privada y concesiones para el conjunto de proyectos senalados en el Articulo 2º de esta MORDAZA, sera informado por el Ministerio de Economia y Finanzas a PROINVERSION, dentro de un plazo de quince (15) dias habiles, contados a partir de la publicacion del presente Decreto de Urgencia. Corresponde al Consejo Directivo de PROINVERSION priorizar y decidir la asignacion del cofinanciamiento, asi como del otorgamiento y/o contratacion de garantias financieras, para cada uno de los proyectos senalados en el Articulo 2º, sin exceder los montos maximos a que se refiere el parrafo anterior. Articulo 5º.- De las garantias no financieras Corresponde al Consejo Directivo de PROINVERSION la determinacion y decision acerca del otorgamiento de garantias contractuales no financieras a los proyectos senalados en el Articulo 2º. Articulo 6º.- Opiniones Previas Las opiniones previas que conforme al MORDAZA legal vigente deban emitir las distintas entidades del Estado, incluyendo los organismos reguladores y la

Contraloria General de la Republica, respecto de los proyectos a que se refiere el Articulo 2º, se efectuaran respecto de la version final del contrato de concesion y unicamente respecto de aquellos aspectos de su estricta competencia. En ningun caso las entidades podran emitir opinion respecto de aspectos vinculados con el diseno de la transaccion y/o MORDAZA de promocion de la inversion privada, el cual corresponde de manera exclusiva al Consejo Directivo de PROINVERSION. El plazo para emitir las opiniones previas sera de diez (10) dias habiles contados a partir de la recepcion de la solicitud correspondiente. Todo pedido de informacion adicional para emitir la opinion previa necesariamente debera formularse dentro del plazo de tres (3) dias habiles de recibida la solicitud y por unica vez. En tanto no se reciba la informacion adicional se suspende el computo del plazo de diez (10) dias habiles. Articulo 7º.- Contratacion de Estudios de Consultoria En un plazo MORDAZA que no excedera de diez (10) dias habiles contados a partir de la publicacion del presente decreto de urgencia, PROINVERSION debera publicar su reglamento de contratacion de estudios de consultoria necesarios para disenar la transaccion y/o MORDAZA de promocion de la inversion privada, debidamente aprobado por su Consejo Directivo. Los procesos de contratacion se llevaran a cabo a traves de Concursos por Invitacion contando con la veeduria de su Oficina de Control Institucional y en ningun caso podran demandar mas de cuarenta y cinco (45) dias naturales. Sin perjuicio de lo anteriormente senalado, autoricese a PROINVERSION a celebrar directamente, previo acuerdo de su Consejo Directivo que debera ser publicado en Diario Oficial El Peruano y en la pagina web de la entidad, convenios con organismos multilaterales para la contratacion de los estudios de consultoria mencionados en el primer parrafo del presente articulo, incluida la administracion de recursos con tal fin. Articulo 8º.- Plazo MORDAZA de los Procesos de Promocion de la Inversion Privada La MORDAZA de Ofertas Tecnicas y Economicas dentro de los procesos de promocion de la inversion privada a cargo de PROINVERSION, deberan efectuarse en el plazo MORDAZA de seis (6) meses contados a partir de la fecha en que los estudios a que se refiere el articulo anterior han concluido a satisfaccion de dicha entidad, lo que no excedera del 31 de diciembre de 2009. PROINVERSION se encuentra obligada a publicar en su pagina web la conformidad de los estudios a efectos que todos los ciudadanos puedan constatar el cumplimiento de la obligacion establecida en el parrafo anterior. Articulo 9º.- Reduccion de exigencias legales A partir de la vigencia del presente decreto de urgencia, los actos que a continuacion se senalan requeriran unicamente de la aprobacion del Consejo Directivo de PROINVERSION mediante acuerdo que debera ser publicado en el Diario Oficial El Peruano: a. Aprobacion de la modalidad de promocion de la inversion privada y sus modificatorias. b. Aprobacion de Plan de Promocion y sus modificatorias. c. A propuesta de la Direccion Ejecutiva de PROINVERSION, la designacion de miembros de los Comites Especiales. d. Autorizacion de viajes al exterior con motivo de actividades de promocion. Articulo 10º.- Vigencia El presente decreto de urgencia entra en vigencia a partir del dia siguiente al de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano.

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