Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2008 (31/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 172

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, miercoles 31 de diciembre de 2008

numeral 6) y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR hasta el dia 31 de enero del 2009 el plazo otorgado en la Ordenanza Municipal Nº 175 publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 03 de agosto del 2008, el mismo que aprueba el regimen de Saneamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias 2008. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia Municipal y Gerencia de Rentas y Desarrollo Economico Local el cumplimiento del presente Decreto y a la Oficina de Imagen Institucional su difusion. Dado en el local de la Municipalidad del MORDAZA, a los veintinueve dias del mes de diciembre del dos mil ocho. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 295438-1

ORDENANZA QUE APRUEBA LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES PARA EL ANO 2009

Articulo Primero.- MORDAZA legal aplicable. Apliquese, para el ejercicio 2009, lo dispuesto en la Ordenanza Nº 074-MDSB ratificada mediante Acuerdo de Concejo Metropolitano Nº 533 publicado el 27 de Diciembre del 2007. Articulo Segundo.- Determinacion del costo y las tasas de los arbitrios municipales. Para el ejercicio 2009, se aplicaran los costos y tasas establecidas por los servicios de barrido de calles, recoleccion de residuos solidos, parques y jardines establecidos en la Ordenanza Nº 074-MDSB. Articulo Tercero.- Aprobacion del Informe Tecnico. Apruebese el Informe Tecnico que da cuenta del sustento para el mantenimiento de los costos y las tasas por los arbitrios municipales de barrido de calles, recoleccion de residuos solidos, parques y jardines, asi como la estimacion de ingresos por la prestacion de los servicios mencionados. Articulo Cuarto.- De la Vigencia de la norma. La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del 1 de enero del 2009, siempre que previamente se MORDAZA cumplido con su publicacion y la del Acuerdo de Concejo ratificatorio expedido por la Municipalidad Metropolitana de Lima. DISPOSICIONES FINALES

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Aprueban Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines para el Ano 2009
ORDENANZA Nº 098-2008/MDSB San MORDAZA, 19 de diciembre del 2008 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de San MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, mediante los articulos 191º y 194º de la Constitucion Politica del Peru se establece que los Gobiernos Locales tienen autonomia politica, economica, administrativa y potestad tributaria en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 69-B del texto unico ordenado de la ley de Tributacion Municipal, Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, senala que las Municipalidades podran determinar el importe de las tasas por servicios publicos o arbitrios, tomando como base el monto de dichas tasas cobradas al 1 de enero del ano fiscal anterior reajustado con la aplicacion de la variacion acumulada del indice de precios al consumidor en la capital del departamento; Que, para la cobranza de las tasas de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines del ano 2008, el Concejo de la Municipalidad de San MORDAZA aprobo la Ordenanza Nº 074-MDSB, las mismas que fueron ratificadas por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA con Acuerdo de Concejo Nº 533, normas que fueron publicadas en el Diario Oficial "El Peruano" con fecha 27 de Diciembre del 2007; Que, con la finalidad de brindar los servicios publicos de limpieza publica, parques y jardines para el ano 2009, resulta necesario aprobar el monto de las tasas que se aplicaran; Que, de acuerdo a la MORDAZA Disposicion Final de la Ordenanza Nº 607 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, las Ordenanza MORDAZA podran tener vigencia por mas de un ejercicio tributario; De conformidad con lo dispuesto por los incisos 8) y 9) y el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972

Primera.- Facultese al MORDAZA para que mediante decreto de Alcaldia dicte medidas complementarias necesarias para la adecuada aplicacion de la presente ordenanza. Segundo.- Deroguese toda MORDAZA que se oponga a la presente. Tercero.- Cabe indicar que en el Ejercicio 2009 no se aplicara el cobro de Residuos Solidos de Playa a merito a que en el ejercicio 2009 no se cobrara el Parqueo Vehicular motivo por el cual no se ha considerado el cobro de los Residuos Solidos en Playas. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA L. BARTHELMESS MORDAZA MORDAZA ORDENANZA QUE APRUEBA LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES PARA EL ANO 2009 De conformidad con lo dispuesto en los articulos 74 y 194 de la Constitucion Politica, los Gobiernos Locales tienen la potestad de crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de estas, dentro de su jurisdiccion, con los limites que senale la ley. Asimismo, la MORDAZA II del Titulo Preliminar del Codigo Tributario establece que las tasas son aquellos tributos cuya obligacion tiene como hecho generador la prestacion efectiva por el estado de un servicio publico individualizado en el contribuyente, pudiendo ser, entre otras, arbitrios Municipales, que se MORDAZA por la prestacion o mantenimiento de un servicio publico. En esa misma linea, el articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion.; Con relacion a la determinacion de las tasas por arbitrios municipales, cabe anotar que con fecha 17 de agosto de 2005 se publico en el Diario Oficial El Peruano, la Sentencia recaida en el Expediente Nº 00053-2004PI/TC, a traves del cual el Tribunal Constitucional se pronuncio por el establecimiento de diversos lineamientos aplicables a la determinacion y cuantificacion de las tasas por concepto de los arbitrios municipales, entre estos la aplicacion de los "parametros minimos de validez constitucional" que permitan una distribucion de los

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