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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 1 de enero de 2008 362881 información Ofi cial del Índice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional, correspondiente al mes de diciembre del 2007 . Regístrese y comuníquese. RENÁN QUISPE LLANOS Jefe 147468-2 INSTITUTO NACIONAL DE SALUD Designan Director General de la Oficina General de Asesoría Técnica del Instituto Nacional de Salud RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 564-2007-J-OPD/INS Lima, 28 de diciembre de 2007 Visto, el Expediente N° 39565-07 con el Informe N° 212-DE-OEPPI-OGAT/INS de la Ofi cina Ejecutiva de Planifi cación, Presupuesto e Inversiones; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Jefatural N° 342-2007- J-OPD/INS del 29 de agosto de 2007, se encargó las funciones de Director General, Nivel F-4 de la Ofi cina General de Asesoría Técnica al Sr. Jorge Orellana Solís en adición a sus funciones de Director Ejecutivo de Planeamiento, Presupuesto e Inversiones; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 82° del Decreto Supremo N° 005-90-PCM, el encargo en ningún caso debe exceder el período presupuestal por lo que resulta necesario designar al profesional que ejerza las funciones de Director General de Asesoría Técnica, Nivel F-4 del Instituto Nacional de Salud, a fi n de garantizar la continuidad del servicio; Con el visado de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, de la Ofi cina General de Administración y de la Subjefatura; De conformidad con lo establecido en el Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobada por Decreto Supremo N° 005-90-PCM; y, En uso de las facultades conferidas en el artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2003-SA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a partir del 1 de enero del 2008, al médico cirujano Eduardo Henrry Zorrilla Sakoda como Director General, Nivel F-4 de la Ofi cina General de Asesoría Técnica del Instituto Nacional de Salud. Artículo 2°.- Distribuir la presente Resolución al interesado, a la Ofi cina Ejecutiva de Personal, y al Órgano de Control Institucional. Regístrese y comuníquese. PATRICIA JANNET GARCÍA FUNEGRA Jefa 147437-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA Aprueban Cuadro de Valores de Otras Instalaciones para el Año 2008, para efectos del cálculo del Impuesto Predial, así como la Tabla de Depreciación DECRETO DE ALCALDÍA N° 016-2007 La Molina, 28 de diciembre del 2007 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDADDE LA MOLINA CONSIDERANDO:Que, los Artículos 5° y 6° del TUO del Decreto Legislativo N° 776, Ley de Tributación Municipal, dispone que el Impuesto Predial es un tributo establecido a favor de los Gobiernos Locales; Que, el Artículo 8° de dicho dispositivo legal, precisa que el Impuesto Predial grava el valor de los predios urbanos y rústicos, por lo que se hace necesario determinar el valor de los mismos; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 543-2007- VIVIENDA, de fecha 29 de octubre del 2007, el Ministerio de Vivienda ha aprobado los valores unitarios ofi ciales de edifi cación para las localidades de la costa, sierra y selva; Que, en la resolución antes mencionada se señala también que para la determinación del valor de las edifi caciones con características especiales, las obras complementarias e instalaciones fi jas y permanentes, se deberán efectuar los correspondientes análisis de costos unitarios de cada una de las partidas que conforman la instalación, considerando exclusivamente su costo directo, no deben incluir los gastos generales, utilidad e impuestos; Que, siendo el caso que en el distrito de La Molina, existe una gran y variada cantidad de edifi caciones con características especiales, obras complementarias e instalacionesfi jas y permanentes como es el caso de cisternas, piscinas, cercos, pisos de mármol, etc., se hace necesario aprobar el cuadro de valores de otras instalaciones, para el calculo del impuesto predial, de acuerdo a lo dispuesto por el TUO del Decreto Legislativo 776, así como su respectiva tabla de depreciación; Que, para el cumplimiento de lo antes señalado, las Gerencias de Rentas y Desarrollo Urbano han propuesto el cuadro de valores correspondiente de otras instalaciones, la cual ha sido elaborada de acuerdo a la metodología dispuesta por la Resolución Ministerial N° 543-2007-VIVIENDA, actualizado al 31 de octubre del 2007, así como la respectiva tabla de depreciación; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades previstas en los Artículos 20° numeral 6) y 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades - 27972 y con la visación de la Gerencia de Rentas, Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Asesoría Jurídica y Gerencial Municipal; DECRETA: Artículo Primero.- Apruebe el Cuadro de Valores de Otras Instalaciones para el año 2008, para efectos del cálculo del Impuesto Predial, así como la Tabla de Depreciación en la forma siguiente: a) CUADRO DE VALORES DE OTRAS INSTALA- CIONES Código Tipo de InstalaciónUnidad de MedidaValor referencial en Nuevos Soles 1 Cisterna de Concreto M3 484.242 Tanque elevado de Concreto M3 573.133 Tanque elevado de Ladrillo M3 256.4 4Piscina de Concreto enchapada en MayólicaM3 753.26 5 Piscina de Concreto con Pintura epóxica M3 735.7 6 Piscina de ladrillo enchapada con Mayólica M3 623.32 7 Cerco de Ladrillo ML 404.388 Cerco de Fierro ML 366.549 Cerco de Aluminio ML 510.00 10 Cerco de Concreto ML 635.61 11 Cerco de Piedra ML 310.15 12 Pavimento de Concreto M2 144.1113 Pavimento de Asfalto M2 74.3614 Area libre con Piso de Mármol M2 163.8715 Área libre con Piso de Cerámica M2 78.8316 Área libre con Piso de Loseta M2 61.0217 Área libre con Piso de Terrazo M2 75.0618 Área libre con Piso de Cemento M2 46.4619 Área libre con Piso de Laja M2 71.5920 Vereda de Concreto M2 87.3221 Cancha de Tenis M2 166.5722 Cancha de Frontón M2 219.2523 Cancha de Squash M2 283.3324 Losa Deportiva M2 276.1925 B.B.Q.Q Unidad 989.10