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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE ENERO DEL AÑO 2008 (01/01/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 16

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 1 de enero de 2008 362886 el Art. 15º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF obtendrán los descuentos señalados a continuación sobre la tasa de arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo por el pago oportuno de sus tributos. a) Un premio por puntualidad ascendente al 20 por ciento de descuento en los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo del 2008, siempre que se efectúe la cancelación del impuesto predial y los arbitrios por adelantado de todo ese ejercicio hasta el 29 de febrero del año 2008 y siempre que no se cuente con deuda por estos conceptos al 31 de diciembre de 2007. b) Un premio por puntualidad ascendente al 5 por ciento de descuento en el pago de Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo del Ejercicio 2008, siempre que se efectúen los pagos de esta tasa en forma mensual y oportuna conforme al cronograma de pago aprobado mediante Ordenanza Nº 274-MPL. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Encargar a la Subgerencia de Administración Tributaria de la Gerencia de Servicios al Vecino y a la Unidad de Gestión Financiera de la Ofi cina de Administración, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, a la Unidad de Informática su debida implementación, a la Unidad de Comunicaciones su difusión y a la Secretaría General su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Segunda.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Tercera.- Encargar a la Subgerencia de Administración Tributaria de la Gerencia de Servicios al Vecino el cumplimiento de la presente Ordenanza y a la Unidad de Comunicaciones la difusión de la misma. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. RAFAEL SANTOS NORMAND Alcalde 147380-4 Ordenanza que establece montos del derecho de emisión mecanizada por tributos municipales para el ejercicio 2008 ORDENANZA Nº 276-2007-MPL Pueblo Libre, 20 de diciembre de 2007 POR CUANTO: El Concejo Municipal de Pueblo Libre, en Sesión Ordinaria No. 28 de la fecha, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú precisa que las Municipalidades son órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el artículo 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N.º 27972, señala que mediante ordenanzas se crean, modifi can, suprimen o exoneran de los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos por Ley. Asimismo, precisa que las ordenanzas son normas de carácter general por medio de las cuales se regulan las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa. Que, asimismo el citado artículo menciona que las ordenan- zas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratifi cadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción para su vigencia. Que, la Cuarta Disposición Transitoria Final del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo N.º 156-2004-EF, faculta a las Municipalidades a cobrar por el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos y recibos de pago correspondiente, incluida su distribución a domicilio, un importe no mayor al 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 01 de enero de cada ejercicio. Que, resulta necesario establecer los montos que deben abonar los contribuyentes por el derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de tributos y de recibos de pago del Impuesto Predial correspondiente al ejercicio 2008.De conformidad con lo establecido por los artículos 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD, con dispensa de lectura y aprobación del acta, la siguiente: ORDENANZA Artículo 1º.- Apruébese la estructura de costos por concepto del derecho de emisión del Impuesto Predial del año 2007 que como Anexo I, forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- Fíjese en S/. 4.15 (cuatro y 15/100 Nuevos Soles), el monto anual que deberán abonar los contribuyentes por concepto de derecho de emisión mecanizada de actualización de valores y determinación del tributo y Hojas de Liquidación del Impuesto Predial del 2008, incluida su distribución a domicilio. Por cada predio adicional, se abonará S/. 1.35 (uno y 35/100 nuevos soles), por el derecho mencionado. El monto del derecho se abonará conjuntamente con la primera cuota del Impuesto Predial del ejercicio 2008. Artículo 3º.- Autorizar la emisión mecanizada conjunta de las tasas mensuales de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines, y Serenazgo 2008. Artículo 4º.- Autorizar la distribución domiciliaria de los Cronogramas de Pagos conteniendo los tributos mencionados. Artículo 5º.- Fíjese en S/. 3.55 (tres y 55/100 Nuevos Soles), el monto que deberán abonar los contribuyentes por concepto de emisión mecanizada de determinación del tributo, incluyendo la distribución del cronograma de pagos de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines, y Serenazgo, correspondiente al ejercicio 2008. El monto del derecho se abonará conjuntamente con la primera cuota de los Arbitrios Municipales del ejercicio 2008. Artículo 6º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del 01 de enero de 2008, siempre que previamente haya sido publicada conjuntamente con el Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo 7º.- Encargar a la Subgerencia de Administración Tributaria de la Gerencia de Servicios al Vecino y a la Unidad de Informática, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Asimismo, encargar a la Unidad de Comunicaciones su difusión, y a la Ofi cina de Administración su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. RAFAEL SANTOS NORMAND Alcalde 147380-5 SEPARATA ESPECIAL MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 294-MSS Mediante Ofi cio Nº 934-2007-SG-MSS, la Municipalidad de Santiago de Surco solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 294-MSS, publicada en Separata Especial en nuestra edición del día 28 de diciembre de 2007. En la página 361212; DICE: “ESTRUCTURA DE COSTOS POR EL SERVICIO DE BARRIDO DE CALLES PARA EL AÑO 2008” DEBE DECIR: “ANEXO 4 - COSTOS DE LOS SERVICIOS 2008 ESTRUCTURA DE COSTOS POR EL SERVICIO DE BARRIDO DE CALLES PARA EL AÑO 2008” 147377-1