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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE ENERO DEL AÑO 2008 (04/01/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 80

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 4 de enero de 2008 363110 Oficial El Peruano, dentro del término de 72 horas, concediéndole el plazo de cinco días para que presente su descargo y las pruebas que crea conveniente. Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento de la presente Resolución a la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JOSÉ CASTILLO ÁNGELES Alcalde 147855-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA Establecen montos por emisión, determinación, distribución y liquidación del Impuesto Predial y arbitrios municipales del ejercicio fiscal 2008 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 017-2007-MDLP/ALC La Punta, 27 de diciembre del 2007.EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA POR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE LA PUNTA VISTO: En Sesión Ordinaria de fecha 27 de diciembre del 2007, el Proyecto de Ordenanza remitido por la Gerencia Central de Rentas, a través del Informe Nº 032-2007-MDLP/GCR; De conformidad con los artículos 74º y 194º de la Constitución Política del Perú, artículos 9º, 39º, 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, aprobó por UNANIMIDAD, con dispensa de lectura y aprobación del Acta, lo siguiente: ORDENANZA Establece montos por concepto de emisión, determinación, distribución y liquidación del Impuesto Predial y de los Arbitrios Municipales, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2008. Artículo Único.- Establecer, que por concepto de emisión, determinación, distribución y liquidación del Impuesto Predial y de los Arbitrios Municipales correspondiente al Ejercicio Fiscal 2008, se cobre los montos vigentes durante el Ejercicio Fiscal 2007, y que son los siguientes:  Emisión, determinación, distribución y liquidación del Impuesto Predial: S/. 12.80 Anual. Emisión, determinación, distribución y liquidación de Arbitrios Municipales: S/. 1.03 Mensual. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.WILFREDO DUHARTE GADEA Alcalde 147311-1Establecen parámetros para expedir compatibilidad de uso y otorgar licencias de funcionamiento a restaurantes, fuentes de soda y similares, en tanto se apruebe el reglamento correspondiente ORDENANZA MUNICIPAL Nº 018-2007-MDLP/ALC La Punta, 27 de diciembre del 2007.EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA POR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE LA PUNTA; VISTO: En Sesión Ordinaria de fecha 27 de diciembre del 2007, el Proyecto de Ordenanza remitido por la Gerencia de Desarrollo Urbano, a través del Informe Nº 070-2007-MDLP/GDU; De conformidad con los artículos 194º y 195º de la Constitución Política del Perú, artículos 9º, 39º, 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, aprobó por UNANIMIDAD, con dispensa de lectura y aprobación del Acta, lo siguiente: ORDENANZA Establece parámetros para expedir compatibilidad de uso y otorgar Licencias de Funcionamiento a establecimientos destinados a los giros de Restaurante, Fuente de Soda Cafeterías y similares, en tanto se apruebe Reglamento correspondiente. Artículo Primero.- Precisar, que la nota 3 del cuadro anexo del índice de usos para la ubicación de actividades urbanas en el Distrito de La Punta aprobada por la Ordenanza Nº 010-2007-MDLP/ALC entrará en vigencia una vez que se apruebe el Reglamento para normar el funcionamiento de establecimientos destinado a Restaurantes, Fuentes de soda, Cafeterías y similares. Artículo Segundo.- Establecer, que en tanto se apruebe el referido Reglamento, la Gerencia Central de Desarrollo Local, a través de la Gerencia de Desarrollo Urbano, emitirá la correspondiente compatibilidad de uso, cuando el predio del solicitante destinado a los referidos giros, reúna las condiciones del caso y se encuentre ubicado dentro de la misma cuadra, junto o frente a otro establecimiento de igual o similar giro autorizado con anterioridad a la vigencia de la Ordenanza Nº 010-2007-MDLP/ALC. Artículo Tercero.- Autorizar, a la Gerencia Central de Rentas a otorgar las Licencias de Funcionamiento para los establecimientos destinados a los giros de Restaurantes, Fuentes de Soda, Cafeterías y similares, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el TUPA de la Municipalidad y la normatividad correspondiente y que cuenten previamente con la compatibilidad de uso a que hace referencia el artículo segundo de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- Autorícese, al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, apruebe el Reglamento a que hace referencia la nota 3 del cuadro anexo a la Ordenanza Nº 010-2007-MDLP/ALC y dicte las disposiciones complementarias y necesarias que corresponda. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. WILFREDO DUHARTE GADEA Alcalde 147311-2