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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 24 de enero de 2008 364916 CONSIDERANDO: Que, PROMPERÚ es un organismo público adscrito al sector Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, PROMPERÚ, conjuntamente con empresas nacionales del sector cuero, calzado y accesorios, ha programado su participación en la Feria Internacional Footwear & Leather Show-IFLS 2008, que se llevará a cabo del 5 al 8 de febrero del 2008, en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, con el objetivo de promover la oferta exportable peruana de calzado y difundir la Feria Perú Moda 2008; Que, la Feria Internacional Footwear & Leather Show- IFLS 2008, una de las más importantes de la región, especializada en cuero, calzado y accesorios, presenta los mejores expositores en estos rubros de países como Brasil, México, Colombia, Panamá, Venezuela y países del Caribe, entre otros; Que, es importante la participación de PROMPERÚ en dicho evento, toda vez que servirá de vitrina de exposición de la oferta exportable del cuero, calzado y accesorios, contribuyendo al crecimiento de las exportaciones del referido sector hacia el mercado colombiano y otros países latinoamericanos y estableciendo contactos comerciales con potenciales compradores; Que, en tal razón, la Secretaria General de PROMPERÚ ha solicitado que se autorice el viaje de la señora Carmen del Pilar Huapaya Huapaya, quien presta servicios en la Subdirección de Promoción Comercial, para que en representación de PROMPERÚ, participe en la referida Feria, realizando acciones de promoción de exportaciones de importancia para el país y coordinando cuanto se refi ere a la instalación del stand peruano; Que, de acuerdo con la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, han sido prohibidos los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, con algunas excepciones, entre ellas, los viajes que se efectúan para acciones de promoción de importancia para el Perú; De conformidad con la citada Ley Nº 29142, la Ley Nº 27790, de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, y sus modifi catorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto Supremo Nº 009-2007-MINCETUR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora Carmen del Pilar Huapaya Huapaya, quien presta servicios en la Subdirección de Promoción Comercial de PROMPERÚ, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 4 al 9 de febrero del 2008, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle: - Viáticos (US$ 200,00 x 5 días) : US$ 1 000,00 - Pasajes Aéreos : US$ 800,00- Tarifa Corpac : US$ 30,25 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, la persona cuyo viaje se autoriza mediante el Artículo 1º de la presente Resolución, presentará a la Titular del Pliego un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Comercio Exterior y Turismo.Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros MERCEDES ARAOZ FERNÁNDEZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 155877-13 Renuevan delegación de la facultad de expedir Certificados de Origen otorgada a la Cámara de Comercio e Industria de Arequipa RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 009-2008-MINCETUR/DM Lima, 21 de enero de 2008 Visto el Expediente Nº 021694, mediante el cual la Cámara de Comercio e Industria de Arequipa, solicita la renovación de la facultad que le fue otorgada para expedir Certifi cados de Origen, por delegación de funciones. CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial N° 339-2003- MINCETUR/DM, publicada el 9 de octubre de 2003, se delegó a la Cámara de Comercio e Industria de Arequipa, la facultad de expedir Certifi cados de Origen a las empresas exportadoras domiciliadas en la Región Arequipa, y excepcionalmente a los exportadores que prevengan de zonas en las cuales no existan entidades autorizadas, por el plazo de tres (3) años; facultad que es ejercida dentro de los términos del Convenio que al efecto ha suscrito dicha Cámara en el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y que fue renovada por Resolución Ministerial N° 300-2006-MINCETUR/DM, publicada el 26 de setiembre de 2006; Que, la Cámara de Comercio e Industria de Arequipa ha solicitado nueva renovación de la delegación que le fue otorgada; Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR es el organismo competente para expedir los Certifi cados de Origen en el marco de los acuerdos suscritos por el Perú y/o los regímenes preferenciales otorgados; Que, el MINCETUR tiene la facultad de delegar dicha función en personas jurídicas del sector privado cuando existan circunstancias de índole técnica, económica, social o territorial que lo hacen conveniente, en forma temporal, conforme se desprende del artículo 67° en concordancia con el inciso 8) del Artículo I del Título Preliminar y Artículo 70° de la Ley N° 27444 – Ley de Procedimiento Administrativo General; Que, mediante el Informe N° 34-2007-MINCETUR/ VMCE/DNINCI-SACO, la Subdirectora de Administración de Certifi cados de Origen y el Subdirector de Integración Regional, de la Dirección Nacional de Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, han emitido opinión favorable respecto a la solicitud presentada; Que, se mantienen las razones de orden técnico y territorial por las cuales resulta conveniente continuar con la delegación de funciones otorgada a la Cámara recurrente; En aplicación de la Ley N° 27790 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR y la Ley N° 27444 – Ley de Procedimiento Administrativo General; De acuerdo con los Memorándums Nºs. 327-2007- MINCETUR/VMCE/DNINCI y 422-2007-MINCETUR/VMCE, del Director Nacional de Integración y Negociaciones Comerciales y del Viceministro de Comercio Exterior, respectivamente; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Renovar con efi cacia a partir del 1 de noviembre de 2007 y hasta el 30 de junio de 2009, la