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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE ENERO DEL AÑO 2008 (25/01/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 26

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 25 de enero de 2008 365012 a lo establecido en el numeral 1) del artículo 77º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, correspondería a un proceso de Licitación Pública; Que, con fecha 22 de enero de 2008, mediante Resolución Ministerial Nº 037-2008/MINSA, se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, en el que se ha incluido la presente contratación exonerada; Que, de la situación expuesta, corresponde realizar los trámites respectivos para la aprobación de la exoneración del proceso de Licitación Pública, a fi n de garantizar el abastecimiento del medicamento “Lopinavir + Ritonavir 200 mg + 50 mg tableta” para los pacientes con VIH/SIDA, durante el primer trimestre del 2008, por un valor estimado de S/. 1’700,952.00 (Un Millón Setecientos Mil Novecientos Cincuenta y Dos y 00/100 Nuevos Soles), el mismo que cuenta con la correspondiente Disponibilidad Presupuestal; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 083-2004-PCM, se considera situación de desabastecimiento inminente aquella situación extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situación faculta a la Entidad a la adquisición o contratación de los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo, cantidad, según sea el caso, necesario para resolver la situación y llevar a cabo el proceso de selección que corresponda; Que, resulta necesario llevar a cabo las medidas conducentes para establecer las responsabilidades administrativas, civiles y/o penales de los funcionarios y/o servidores involucrados, de ser el caso, en vista que el cambio de medicamentos para el tratamiento con antirretrovirales fue emitido a inicios del mes de octubre del presente año, lo que pudo haberse comunicado en su oportunidad a la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones para la elaboración del expediente técnico correspondiente y la gestión de la Ficha Técnica para su adquisición por Subasta Inversa, procedimiento que se venía utilizando normalmente. En consecuencia, se observa que la Entidad tuvo tiempo para gestionar la adquisición y así garantizar con mayor efi cacia, la continuidad de la prestación del servicio; Estando a lo informado por la Ofi cina General de Asesoría Jurídica mediante Informe N° 2434-2007-OGAJ/MINSA documento que se emite en calidad de informe legal; Con el visado del Director General de la Ofi cina General de Administración y la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud; y, De conformidad con el T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM y a lo establecido en el artículo 8° literal l) de la Ley N° 27657 - Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Exonerar del proceso de Licitación Pública la adquisición del medicamento “Lopinavir + Ritonavir 200 mg + 50 mg tableta” para el tratamiento de los pacientes con VIH/SIDA, durante el primer trimestre del 2008, por un valor estimado de S/. 1’700,952.00, por desabastecimiento inminente con cargo a la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el SEACE, dentro de los 10 días hábiles de su emisión, así como la remisión a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado de copia de la misma y de los informes que la sustentan, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de aprobación. Artículo 3º.- Disponer que la Ofi cina Ejecutiva de Logística del Ministerio de Salud se encargue de realizar la adquisición exonerada por la presente Resolución a través de acciones directas e inmediatas.Artículo 4º.- Encargar a la Ofi cina General de Administración, la evaluación y adopción de las medidas conducentes a deslindar las responsabilidades administrativas con ocasión del desabastecimiento inminente que ha originado la exoneración materia de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑEZ Ministro de Salud 156263-1 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Aprueban transferencias financieras del Programa “Construyendo Perú” a diversos Organismos Ejecutores del Sector Público RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 033-2008-TR Lima, 24 de enero de 2008VISTOS: El Memorando Nº 010-2008-DVMPEMPE/ CP-OATEP de fecha 7 de enero de 2008, de la Jefa de la Ofi cina de Asistencia Técnica y Evaluación de Proyectos del Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú”; el Informe Nº 007-2008-DVMPEMPE/CP-OPP de fecha 14 de enero de 2008, del Jefe de Planifi cación y Presupuesto del Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú”; el Informe Legal Nº 08-2008-DVMPEMPE/CP-OAL de fecha 16 de enero de 2008, de la Jefa de la Ofi cina de Asesoría Legal del Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú”; y el Ofi cio Nº 061-2008-MTPE/3/14.120 de fecha 22 de enero de 2008, del Director Nacional del Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú”; y, CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 29035, Ley que autoriza un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007 y Dicta otras medidas, establece en su Vigésima Cuarta Disposiciones Complementarias Disposiciones Finales, que el Programa de Emergencia Social Productivo Urbano “A Trabajar Urbano” creado mediante Decreto de Urgencia Nº 130-2001 como Unidad Ejecutora del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, tiene autonomía administrativa, fi nanciera y presupuestal, siendo su objetivo la generación de ingresos temporales y el desarrollo de capacidades para la población desempleada de las áreas urbanas y rurales, favoreciendo prioritariamente a aquellas con menores niveles de ingreso económico, en situación de pobreza y extrema pobreza; y en adelante, de conformidad con su ámbito y alcance, se denominará Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú” (En adelante el PROGRAMA); Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 130-2001, los objetivos del PROGRAMA se lograrán a través del fi nanciamiento de proyectos de obras y servicios intensivos en mano de obra, el cual será aprobado por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo conforme a los criterios de focalización y selección que el Sector establezca; Que, según lo mencionado precedentemente, el PROGRAMA efectúa transferencias fi nancieras a diversos organismos ejecutores que tienen proyectos de obras y servicios intensivos de mano de obra aprobados; Que, el Artículo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modifi cado por la Tercera Disposición Final de la Ley Nº 28652, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año 2006,