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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 25 de enero de 2008 365007 decreto legislativo, en caso de delegación de facultades, salvo los aranceles y tasas, los cuales se regulan mediante Decreto Supremo; Que, a efectos de obtener información o realizar la inscripción en los Registros Públicos, de los actos relativos a predios de los damnifi cados por los sismos mencionados, resulta necesario establecer una tasa preferencial para su formalización en el Registro de Predios correspondiente, y otras inscripciones en los demás Registros; Que, para acceder a la tasa preferencial, las personas que resultaron afectadas, deberán encontrarse en la lista de damnifi cados benefi ciarios del otorgamiento de las subvenciones dispuestas por el Decreto de Urgencia 023-2007 y el Decreto Supremo 091-2007-PCM; Que, en el marco de las políticas del Supremo Gobierno para realizar la reconstrucción del Sur del país, es necesario rebajar signifi cativamente el monto de las tasas, que por concepto de servicios de información e inscripción debe pagar la población afectada a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú, el artículo 38.5 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y, el artículo 11° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA:Artículo 1°.- Aprobación de tasas registrales Aprobar Tasas Registrales preferenciales de información, inscripción y publicidad, para los damnifi cados de los sismos ocurridos el 15 de agosto de 2007, respecto de los predios ubicados en las circunscripciones territoriales declaradas en estado de emergencia. El monto de las tasas por concepto de información, inscripción y publicidad en el Registro de Predios asciende al 0.03% de la UIT. Artículo 2°.- Aplicación de las tasas aprobadas Las Tasas Registrales preferenciales aprobadas, se aplicarán a las personas que se encuentren en la relación de damnifi cados que fi guren en las listas del Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, como benefi ciarios del otorgamiento de la subvención dispuesta por el Decreto de Urgencia 023-2007 y el Decreto Supremo 091-2007-PCM. Artículo 3°.- Vigencia El presente Decreto Supremo tendrá una vigencia de 180 días calendario a partir del día siguiente de su publicación. Artículo 4° .- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Justicia y el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Dado en la Casa de Gobierno, a los veinticuatro días del mes de enero del año dos mil ocho. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Ministra de Justicia ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 156460-7 Incorporan integrante a la Comisión encargada de identificar los medios y acciones que resulten más adecuados con la finalidad de lograr la tercerización de la administración y gestión de los establecimientos penitenciarios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0043-2008-JUS Lima, 24 de enero de 2008CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0040–2008- JUS se conformó en el Ministerio de Justicia la Comisión encargada de identifi car los medios y acciones que resulten más adecuados con la fi nalidad de lograr la tercerización de la administración y gestión de los establecimientos penitenciarios; Que, resulta pertinente enriquecer la conformación de dicha Comisión con la participación, como integrante de la misma, del señor Fritz Paul Felix Du Bois Freund; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25993 y la Ley Nº 29158; SE RESUELVE:Artículo Único.- Incorporar al señor FRITZ PAUL FELIX DU BOIS FREUND como integrante de la Comisión conformada en virtud de la Resolución Ministerial Nº 0040–2008-JUS. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROSARIO DEL PILAR FERNANDEZ FIGUEROA Ministra de Justicia 156311-1 RELACIONES EXTERIORES Autorizan a ciudadanos peruanos residentes en el Reino de España para que presten servicios en las Fuerzas Armadas Españolas RESOLUCIÓN SUPREMA N° 022-2008-RE Lima, 24 de enero de 2008 CONSIDERANDO:Que veintitrés (23) ciudadanos peruanos residentes en el Reino de España, solicitan autorización del señor Presidente de la República, para poder servir en las Fuerzas Armadas Españolas; Que el numeral 23 del artículo 118° de la Constitución Política del Perú, establece que el Presidente de la República, autorizará a los peruanos para servir en un ejército extranjero; Que en consecuencia es necesario expedir la autorización correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el numeral 23 del artículo 118° de la Constitución Política del Perú y la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Autorizar a veintitrés (23) ciudadanos peruanos residentes en el Reino de España, para que presten servicios en las Fuerzas Armadas Españolas. Nº de OrdenApellidos y Nombres del Solicitante DNI LM 01 GALINDO MENDIETA, José Antonio 43242832 ---------- 02 JULCA SOLANO, José Antonio 42365789 8118400258 03 PEÑA PRIETO, Yolanda 42011169 2600476838 04 QUILICHE BARRIENTOS, Martín Antonio 45276276 80688025905 SOTOMAYOR AREVALO, William Rodrigo 41974557 ---------- 06 MENDOZA ACHALMA, Juan Eduardo 41647775 2142095823 07 MARTINEZ CRUZ, José Enrique 42106468 ---------- 08 LOPEZ ALVA, Orlando 45164583 ----------09 PACHAMORA CHAVEZ, Glice Jhofre 44202542 806860531810 COAQUIRA MARMOLEJO, Jimmy Ronald 41609418 2440758825 11 BERNAOLA GOMEZ, Pedro Enrique 41203024 ---------- 12 TANTALEAN MERCADO Catherine Chris(*)--------- ---------- 13 ESPINOZA CORDOVA, Marco Antonio 45239365 0500218459