TEXTO PAGINA: 24
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 25 de enero de 2008 365010 Ministerial, los procesos y resultados básicos, intermedios y avanzados que deben ser tenidos en cuenta para la asignación y gasto del Componente de Gestión a que se refi ere la Resolución Ministerial N º 422-2007/MINSA, en concordancia con los Niveles de Desempeño señalados en el Anexo Nº 2, del presente decreto supremo, a fi n de fortalecer las actividades en los establecimientos de salud. Artículo 4º.- Contratos de Financiamiento de Prestaciones de Salud Autorícese la suscripción de contratos de fi nanciamiento de prestaciones de servicios de salud entre el Seguro Integral de Salud y las Direcciones Regionales de Salud y Direcciones de Salud, en función del Nivel de Desempeño alcanzado por los establecimientos de salud, para la determinación y asignación de los montos a ser transferidos. El Seguro Integral de Salud establecerá los criterios y definiciones operativas necesarias, en coordinación con la Dirección General de Salud de las Personas del Ministerio de Salud, quien refrendará dichos contratos. Artículo 5º.- Mecanismos de Pago El Ministerio de Salud, a propuesta del Seguro Integral de Salud, aprobará los mecanismos de pago, con desembolso pre o post producción, según sea apropiado, para el fi nanciamiento y pago de prestaciones contenidas en el Listado Priorizado de Intervenciones Sanitarias Garantizadas para la Reducción de la Desnutrición Crónica Infantil y Salud Materno Neonatal. Artículo 6º.- Normas Complementarias 6.1 El Ministerio de Salud, en coordinación con el Seguro Integral de Salud, expedirá las normas pertinentes, respecto a la calidad de las atenciones de salud, la referencia y contrarreferencias, mecanismos de pago, supervisión, monitoreo y evaluación, entre otros, para la aplicación del presente dispositivo, dentro del plazo de sesenta (60) días de publicado el presente Decreto Supremo. 6.2 El Ministerio de Salud incorporará dentro de las definiciones de los Niveles de Desempeño, criterios de distancia, dispersión y dificultad de acceso geográfico que permitan una valoración equitativa y apropiada del Nivel de Desempeño de los establecimientos de salud considerados en los contratos de financiamiento de prestaciones de salud, en concordancia con el Artículo 3 ºdel presente Decreto Supremo. 6.3 Facúltese al Seguro Integral de Salud a emitir las disposiciones complementarias que aseguren y garanticen la aplicación del presente Decreto Supremo. Artículo 7º.- Derogatoria Deróguese todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto Supremo. Artículo 8º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Salud Artículo 9º.- Vigencia El presente Decreto Supremo entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticuatro días del mes de enero del año dos mil ocho. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República HERNÁN GARRIDO-LECCA M. Ministro de SaludANEXOS ANEXO Nº 1 LISTADO PRIORIZADO DE INTERVENCIONES SANITARIAS GARANTIZADAS PARA LA REDUCCIÓN DE LA DESNUTRICIÓN CRÓNICA INFANTIL Y SALUD MATERNO NEONATAL A. Intervenciones preventivas que incluye actividades de prevención primaria (educación, protección específi ca) y secundaria (detección precoz). 1. Inmunizaciones en niños y gestantes según las normas del MINSA. 2. Atención integral del niño y adolescente según normas del MINSA. 3. Salud reproductiva (consejería y planifi cación familiar) según normas del MINSA. 4. Control del embarazo.5. Detección, consejería, prevención de enfermedades infeccionas que afecten el curso normal de la gestación y el estado nutricional de los niños menores de 5 años de edad según normas del MINSA. 6. Prevención de defi ciencia de micronutrientes para niños menores de 5 años y gestantes según normas del MINSA. 7. Evaluación del estado nutricional y consejería nutricional. 8. Atención del recién nacido.9. Atención del embarazo, parto y puerperio normal. B. Intervenciones recuperativas priorizadas para evitar el deterioro del estado nutricional (diagnóstico precoz, tratamiento oportuno) de los grupos de edad priorizados (recién nacidos, niños, adolescentes, gestantes). 10. Diagnóstico y tratamiento de las infecciones respiratorias agudas, síndrome obstructivo bronquial agudo y asma bronquial infantil. 11. Diagnóstico y tratamiento de las enfermedades diarreicas agudas y parasitosis del aparato digestivo. 12. Diagnóstico y tratamiento de las enfermedades carenciales en niños, adolescentes y gestantes. ANEXO Nº 2 CRITERIOS PARA LA DEFINICIÓN DEL NIVEL DE DESEMPEÑO DEL PRESTADOR DE SALUD Nivel de Desempeño Básico Intermedio Avanzado Procesos El prestador de salud cumple con los procesos y procedimientos establecidos en los contratos de financiamiento de prestaciones.El prestador de salud involucra y convence a su población objetivo asignada sobre los requisitos de asistencia y participación en las actividades de prevención, promoción y recuperación de su salud establecidos en los contratos de fi nanciamiento de prestaciones.El prestador de salud involucra y convence además a los líderes sociales para participar activamente en las actividades de prevención, promoción y recuperación de la salud de su población. Resultados El prestador de salud cumple las metas operativas acordadas en los contratos de financiamiento de prestacionesSe constata cambios iniciales en los estilos de vida de la población y los determinantes sociales, asociado a cambios en la nutriciónEl prestador de salud logra impacto en los indicadores sanitarios establecidos en los contratos de fi nanciamiento de prestaciones. 156460-8