Norma Legal Oficial del día 02 de febrero del año 2008 (02/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES
DECRETA:

El Peruano MORDAZA, sabado 2 de febrero de 2008

Articulo 4°.- La presente Resolucion no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominacion. Articulo 5°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Comercio Exterior y Turismo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de Comercio Exterior y Turismo 159947-7

Articulo 1º.- Objeto Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, hasta por la suma de SIETE MILLONES QUINIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 7 500 000,00), la cual sera destinada a la ejecucion de acciones del FORSUR en concordancia con lo senalado en la Ley Nº 29078 y modificatorias, de acuerdo al detalle siguiente:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA FUNCION PROGRAMA SUBPROGRAMA ACTIVIDAD FUENTE DE FINANCIAMIENTO

: GOBIERNO CENTRAL : Ministerio de Economia y Finanzas : Administracion General : Administracion y Planeamiento : Planeamiento Gubernamental : Planeamiento Presupuestario, Financiero y Contable 000010 : Administracion del MORDAZA Presupuestario del Sector Publico 009 001 03 006 0019 1 : Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles)

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan transferencia de partidas a favor de la Presidencia del Consejo de Ministros destinadas a las acciones del FORSUR
DECRETO SUPREMO Nº 016-2008-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29078 se crea el Fondo para la Reconstruccion Integral de las Zonas Afectadas por los Sismos del 15 de agosto de 2007 y modificatorias, denominado FORSUR, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con autonomia economica, financiera y tecnica, constituyendose para dicho efecto en Unidad Ejecutora y cuya finalidad es lograr la rehabilitacion y reconstruccion de las zonas declaradas en estado de emergencia a traves del Decreto Supremo Nº 068-2007PCM y sus ampliaciones; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 29136 establece que son funciones del Directorio del FORSUR, entre otras, realizar la evaluacion general de los efectos del sismo del 15 de agosto de 2007 sobre las zonas declaradas en estado de emergencia; aprobar los planes y proyectos de rehabilitacion, construccion y reconstruccion necesarios para el cumplimiento de los fines del FORSUR; priorizar las obras e inversiones a ser ejecutadas con recursos del FORSUR por la Gerencia General, los ministerios, empresas publicas, los gobiernos regionales, los gobiernos locales o terceros, en el MORDAZA de los planes y proyectos de rehabilitacion, construccion y reconstruccion integral de las zonas declaradas en estado de emergencia, MORDAZA referidas; Que, la Presidencia del Consejo de Ministros ha solicitado recursos con cargo a la Reserva de Contingencia, para la atencion de actividades, tales como Asesorias, Estudios, Consultorias para planes de desarrollo MORDAZA en las zonas afectadas, elaboracion de expedientes tecnicos y programa ComunicacionDifusion; Que, la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economia y Finanzas cuenta con recursos orientados a la reconstruccion de la Infraestructura por desastres naturales, de los cuales puede destinarse en parte el requerimiento efectuado por la Presidencia del Consejo de Ministros, por lo que es necesario autorizar una transferencia de partidas por la suma de SIETE MILLONES QUINIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 7 500 000,00); De conformidad con lo establecido por el articulo 45º de la Ley Nº 28411 -Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y la Ley Nº 29078 y modificatorias;

CATEGORIA DEL GASTO 5. GASTOS CORRIENTES 0. Reserva de Contingencia TOTAL

7 500 000,00 ----------------7 500 000,00 ==========

A LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA

FUNCION PROGRAMA SUBPROGRAMA ACTIVIDAD FUENTE DE FINANCIAMIENTO

: GOBIERNO CENTRAL 001 : Presidencia del Consejo de Ministros 014 : Fondo para la Reconstruccion Integral de las Zonas afectadas por los sismos del 15 de agosto de 2007-FORSUR 07 : Defensa y Seguridad Nacional 024 : Prevencion y atencion de desastres 0066 : Defensa Civil 029434 : Atencion de desastres y apoyo a la rehabilitacion y la Reconstruccion 1 : Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles)

CATEGORIA DEL GASTO 5. GASTOS CORRIENTES 3. Bienes y Servicios TOTAL

7 500 000,00 -----------------7 500 000,00 ==========

Articulo 2º.- Procedimiento para la aprobacion institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitado en la presente transferencia de partidas, aprueba mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1º de la presente MORDAZA, a nivel funcional programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitaran a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto de los Pliegos involucrados instruiran a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

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