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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE FEBRERO DEL AÑO 2008 (04/02/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 14

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 4 de febrero de 2008 365920 consignados en las actas respectivas ocasionando un perjuicio económico de DOS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA y DOS y 67/100 NUEVOS SOLES (S/. 2,952.67); transgrediendo los siguientes dispositivos legales: Decreto Legislativo Nº 276 “Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público”; en su Artículo 21º, literales a), b), d), g), h); Artículo 28º, literales a), d); en concordancia con los Artículos 126º, 127º, 129º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, “Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa”; Que, la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, en uso de sus facultades, y luego de merituar los descargos presentados por el procesado el mismo que ha tenido las facilidades y garantías del debido proceso y el derecho a la legítima defensa, no desvirtuaron los cargos formulados en su contra, por lo que la precitada Comisión ha recomendado Imponer Sanción Disciplinaria con SUSPENSIÓN en el EJERCICIO DE SUS FUNCIONES, por TREINTA (30) DÍAS SIN GOCE DE REMUNERACIONES y con anotación en su legajo personal al ex funcionario doctor JOSE ANTONIO UNIVAZO MUÑOZ, ex Coordinador del Proyecto Araucaria Amazonas Nauta del Gobierno Regional de Loreto; Estando a lo informado; con las visaciones de la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica; Ofi cina Regional de Administración; Gerencia General Regional; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Loreto y sus modifi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Imponer la Sanción Disciplinaria de SUSPENSION en el EJERCICIO de sus FUNCIONES, por un período de Treinta (30) días sin goce de remuneraciones y con anotación en su legajo personal al ex funcionario doctor JOSE ANTONIO UNIVAZO MUÑOZ, ex Coordinador del Proyecto Araucaria Amazonas Nauta, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Disponer que la Ofi cina de Administración Documentaria del Gobierno Regional de Loreto, proceda a notifi car al ex funcionario sancionado para el ejercicio de su derecho a la defensa, en la forma y modo que establece el Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM. Regístrese, comuníquese y cúmplase.YVAN E. VÁSQUEZ VALERA Presidente 159546-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Establecen conformidad de resoluciones emitidas por la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco que aprueban modificación de proyectos de habilitación urbana de terreno RESOLUCIÓN N° 438-2007-MML-GDU-SPHU Lima, 28 de diciembre de 2007 LA SUBGERENTE DE PLANEAMIENTO Y HABILITACIONES URBANAS VISTO, los Codifi cados Nº 134077-2007 y Nº 138402- 2007, mediante el cual la Municipalidad Distrital de Santi ago de Surco, remite los actuados administrativos, conteniendo la Resolución Sub-Gerencial Nº 2428-2007-SGLHU-GDU-MSS, de fecha 05 de diciembre del 2007, aprobando la Modificación de Proyectos de Habilitación Urbana y su rectificatoria Resolución Sub- Gerencial Nº 2574-2007-SGLHU-GDU-MSS de fecha 19 de diciembre del 2007; solicitada por la propietaria ASOCIACIÓN DE VIVIENDA VILLA ALEGRE y, CONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución Sub-Gerencial Nº 2428- 2007-SGLHU-GDU-MSS de fecha 05 de diciembre del 2007 (fs. 224 al 229), expedida por la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, se resuelve aprobar, la Modifi cación de Proyectos de Habilitación Urbana de la Asociación de Vivienda Villa Alegre, de conformidad con los Planos signados con el Nº 078.01-2007-SGLHU-GDU-MSS al Nº 078.04-2007-SGLHU-GDU-MSS, correspondiente al terreno de 94,665.00 m², constituido por el Lote Nº 15 del Ex Fundo San Antonio hoy Sub-Lote Nº 3; Que, con Resolución Sub-Gerencial Nº 2574-2007- SGLHU-GDU-MSS, de fecha 19 de diciembre del 2007 (fs. 240 al 244), expedida por la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, se resuelve, Rectifi car el error material incurrido en los artículos primero y segundo de la Resolución Sub-Gerencial Nº 2428-2007-SGLHU-GDU-MSS, de fecha 05 de diciembre del 2007, sustituyendo los Planos Nº 078.02-2007-SGLHU-GDU-MSS y Nº 078.03-2007-SGLHU-GDU-MSS, por los Planos Nº 081.01-2007-SGLHU-GDU-MSS y Nº 081.02-2007-SGLHU-GDU-MSS; y ratifi ca en lo demás, el contenido de la citada Resolución; Que, mediante Informe Nº 280-2007-MML-GDU- SPHU-DRD, de fecha 27 de diciembre del 2007 (fs. 249 al 253), la División de Revisión de Diseño, de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas manifi esta, que la presente Modifi cación de Proyectos de Habilitación Urbana Nueva, para Uso Residencial de Densidad Media R4, del terreno de 94,665.00 m², aprobada por la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, mediante la Resolución Sub-Gerencial Nº 2428-2007-SGLHU-GDU-MSS, de fecha 05 de diciembre del 2007 y su rectifi catoria, Resolución Sub-Gerencial Nº 2574-2007-SGLHU-GDU-MSS, de fecha 19 de diciembre del 2007, cumple los planes urbanos en lo referente a zonifi cación, por cuanto respeta la zonifi cación Residencial de Densidad Media R-4, con la cual se aprobó el Anteproyecto Reajustado, correspondiente a la Habilitación Urbana (Resolución Nº 215-92-MLM/SMDU-DMDU) y a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 224-MML; a vías, por cuanto las secciones, ejecutadas para las denominadas Av. Guardia Civil Norte y Av. Guardia Civil Sur, respetan los módulos de vereda y calzada, aprobados en la Resolución Nº 215-92-MLM/SMDU-DMDU; y a los aportes reglamentarios, por cuanto la Comisión Técnica de Habilitaciones Urbanas, de la Municipalidad Distrital, acepta la redención del défi cit de aporte para el Ministerio de Educación, en virtud a que el terreno, que fuera destinado para este aporte, ha sido destinado para el proyecto del Tren del Saber, manteniendo el fi n educativo sin desvirtuar su uso y sin generar impacto en la calidad de vida de la población al no incrementar la densidad; asimismo, se indica que la valorización realizada por el Ministerio de Educación, para el área de 1,893.30 m², que asciende al monto de S/. 113,972.31 Nuevos Soles, ya ha sido cancelado ante dicho Ministerio; Que, mediante Informe Nº 434-2007-MML-GDU-SPHU- AL, de fecha 27 de diciembre del 2007 (fs. 254 y 255), la Asesoría Legal de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas, manifi esta que, de la revisión de autos, se verifi ca que el terreno materia del presente trámite de Habilitación Urbana, se encuentra inscrito en la Ficha Nº 369018 y continúa en la Partida Nº 44605198, del Registro de Predios, de la Zona Registral Nº IX –Sede Lima (fs. 63 al 66); y que de acuerdo a la evaluación técnica detallada en el Informe Nº 280-2007-MML-GDU-SPHU-DRD, de fecha 27 de diciembre del 2007 (fs.249 al 253), la presente Habilitación Urbana Cumple los Planes Urbanos, en lo referente a zonifi cación, vías y aportes reglamentarios; por lo que en