Norma Legal Oficial del día 02 de julio del año 2008 (02/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES
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MATERIAL AERONAUTICO: MD-88. BOEING 737. BOEING 747. AIRBUS A-320. AIRBUS A-340. AIRBUS A-310.

El Peruano MORDAZA, miercoles 2 de MORDAZA de 2008

servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan. Registrese, comuniquese y publiquese, MORDAZA ALJOVIN GAZZANI Viceministra de Comunicaciones Ministerio de Transportes y Comunicaciones 220294-1

Modifican resoluciones mediante las cuales se otorgo a Aerolineas Argentinas S.A. permiso de operacion de servicio de transporte aereo internacional regular de pasajeros, carga y correo
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 094-2008-MTC/12 MORDAZA, 9 de junio del 2008 Vista la solicitud de AEROLINEAS ARGENTINAS S.A., sobre Modificacion de Permiso de Operacion de Servicio de Transporte Aereo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral N° 047-2005MTC/12 del 01 de MORDAZA del 2005, modificado mediante Resolucion Directoral Nº 044-2007-MTC/12 del 02 de Marzo del 2007 y Resolucion Directoral Nº 0142008-MTC/12 del 24 de enero del 2008, se otorgo a AEROLINEAS ARGENTINAS S.A. Permiso de Operacion para prestar Servicio de Transporte Aereo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo, por el plazo de cuatro (04) anos; Que, mediante Documento de Registro Nº 2008009085 del 03 de marzo del 2008, AEROLINEAS ARGENTINAS S.A. solicita la Modificacion de su Permiso de Operacion a fin de incluir equipo AIRBUS A-320, como material autorizado; Que, segun los terminos del Memorando Nº 274-2008MTC/12., Memorando Nº 402-2008-MTC/12, Informe Nº 027-2008-MTC/12.PIO y Memorando Nº 1283-2008MTC/12.04, emitidos por las areas competentes de la Direccion General de Aeronautica Civil, se considera pertinente atender lo solicitado al haber cumplido la recurrente con lo establecido en la Ley N° 27261 - Ley de Aeronautica Civil, su Reglamento; y, demas disposiciones legales vigentes; Que, en aplicacion del Articulo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, "la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender o revocar los Permisos de Operacion y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante la expedicion de la Resolucion Directoral respectiva; Que, la Administracion, en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, tomandolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; demas disposiciones legales vigentes; y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar - en el extremo pertinente - el Articulo 1° de Resolucion Directoral N° 047-2005-MTC/12, modificada mediante Resolucion Directoral Nº 044-2007MTC/12 y Resolucion Directoral Nº 014-2008-MTC/12, que otorgo a AEROLINEAS ARGENTINAS S.A. Permiso de Operacion de Servicio Transporte Aereo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo, quedando redactado de la siguiente forma:

Articulo 2º.- Los demas terminos de la Resolucion Directoral N° 047-2005-MTC/12, modificado mediante Resolucion Directoral Nº 044-2007-MTC/12 y Resolucion Directoral Nº 014-2008-MTC/12, continuan vigentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MAREOVICH Director General de Aeronautica Civil 216998-1

Relacion de Agencias Maritimas, Fluviales, Lacustres y Empresas y Cooperativas de Estiba y Desestiba a las que se ha prorrogado y otorgado licencias para ejercer sus actividades
RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL Nº 167-2008-APN/GG Callao, 20 de junio de 2008 CONSIDERANDO: Que, el Articulo 1° del Decreto Supremo Nº 016-2005MTC de fecha 29 de junio de 2005, establece que conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 27943 - Ley del Sistema Portuario Nacional y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 033-2004-MTC, que los procedimientos establecidos en el Decreto Supremo Nº 010-99-MTC, con excepcion de aquellos relativos a las Agencias Generales, son de competencia de la Autoridad Portuaria Nacional; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 010-99-MTC (09/04/1999), se aprobo el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 707, en el cual se establecen los requisitos y procedimientos que deben cumplir las Agencias, Empresas y Cooperativas de Estiba y Desestiba, para poder obtener sus licencias y/o prorrogas, para ejercer sus actividades en los puertos autorizados; Que, mediante Resolucion publicada en el Diario Oficial El Peruano, se MORDAZA a conocer semestralmente, la relacion de Agencias y Empresas de Estiba autorizadas a ejercer sus actividades en el periodo 2008, en cada puerto autorizado; Que, en atencion al dispositivo legal MORDAZA mencionado, es necesario emitir la Resolucion de Gerencia General correspondiente dando a conocer la relacion de las Agencias Maritimas, Agencias Fluviales, Agencias Lacustres, Empresas y Cooperativas de Estiba y Desestiba, a las que se les ha autorizado la prorroga de sus licencias; asi como a las que se les ha otorgado nuevas licencias en el transcurso del presente ano; Que, la Direccion de Operaciones y Medio Ambiente mediante el Informe Nº 250-2008-APN/DOMA de fecha 3 de junio de 2008, emitio opinion favorable para la publicacion en el Diario Oficial El Peruano; Que, de acuerdo a la evaluacion legal recaida en el Informe Nº 444-2008-APN/UAJ de fecha 18 de junio de 2008, se concluye que es procedente la publicacion de la relacion de las Agencias Maritimas, Agencias Fluviales, Agencias Lacustres, Empresas y Cooperativas de Estiba y Desestiba en el Diario Oficial El Peruano; De conformidad con la Ley del Sistema Portuario Nacional - Ley Nº 27943 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC; Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la APN, aprobado por el Decreto Supremo Nº 034-2004MTC; Texto Unico de Procedimientos Administrativos MORDAZA de la APN, aprobado por Decreto Supremo Nº 0162005-MTC; Decreto Supremo Nº 010-99-MTC; y demas normas modificatorias y complementarias;

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