Norma Legal Oficial del día 06 de julio del año 2008 (06/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 6 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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DEBE DECIR: Las organizaciones de usuarios de agua En la Disposicion Complementaria Derogatoria DICE:

calculo solo seran tomadas en cuenta las capturas efectuadas dentro de la MORDAZA comprendida entre el extremo norte del dominio maritimo del Peru y el paralelo 16°00'00" latitud sur; b) (...) En el caso de las embarcaciones de MORDAZA sujetas al Regimen establecido por la Ley N° 26920, el indice de participacion corresponde al del ano de mayor participacion porcentual de dicha embarcacion en la captura total anual registrada por el Ministerio para cada ano, dentro del periodo comprendido entre el ano 2004 y la fecha de entrada en vigencia de la presente Ley. Para dicho calculo solo seran tomadas en cuenta las capturas efectuadas dentro de la MORDAZA comprendida entre el extremo norte del dominio maritimo del Peru y el paralelo 16°00'00" latitud sur. (...) Lo dispuesto en el presente numeral es aplicable tambien a los saldos de capacidad de bodega pendientes de asignacion o permisos de pesca en tramite por sustitucion de capacidad de bodega." DICE: "ANEXO DEFINICIONES (...) Indice de Participacion: En el caso de las embarcaciones sujetas al Regimen del Decreto Ley N° 25977, Ley de Pesca, el indice de participacion se obtiene de la suma de los siguientes componentes: a) 60% del indice de participacion de la embarcacion en las capturas del recurso, el cual es el ano de mayor participacion porcentual de dicha embarcacion en la captura total anual registrada por el Ministerio para cada ano, dentro del periodo comprendido entre el ano 2004 y la fecha de entrada en vigencia de la presente Ley. Para dicho calculo solo seran tomadas en cuenta las capturas efectuadas dentro de la MORDAZA comprendida entre el extremo norte del dominio maritimo del Peru y el paralelo 16°00'00" latitud sur. (...)

Deroguese el Titulo V de la Ley de Promocion de Inversiones en el Sector Agrario, dada por Decreto Legislativo N° 653, y las demas normas que se opongan a la presente Ley. DEBE DECIR:

Deroguese el Titulo V de la Ley de Promocion de Inversiones en el Sector Agrario, excepto los articulos 59° y 60°, dada por Decreto Legislativo N° 653, y las demas normas que se opongan a la presente Ley. 222908-1 FE DE ERRATAS DECRETO LEGISLATIVO N° 1084

Mediante Oficio N° 414-2008-SCM-PR la Secretaria del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Legislativo N° 1084, publicado en la edicion del 28 de junio de 2008. DICE: "Articulo 5.-Calculo del Porcentaje MORDAZA de Captura por Embarcacion (PMCE) 1. El Porcentaje MORDAZA de Captura por Embarcacion (PMCE) es determinado por el Ministerio sobre la base de indices de participacion por embarcacion. En el caso de las embarcaciones sujetas al Regimen del Decreto Ley 25977, Ley de Pesca, el indice de participacion se obtiene de la suma de los siguientes componentes: a) 60% del indice de participacion de la embarcacion en las capturas del recurso, el cual es el ano de mayor participacion porcentual de dicha embarcacion en la captura total anual registrada por el Ministerio para cada ano, dentro del periodo comprendido entre al ano 2004 y la fecha de entrada en vigencia de la presente Ley. Para dicho calculo solo seran tomadas en cuenta las capturas efectuadas dentro de la MORDAZA comprendida entre el extremo norte del dominio maritimo del Peru y el paralelo 16°00'00" latitud sur; b) (...) En el caso de las embarcaciones de MORDAZA sujetas al Regimen establecido por la Ley N° 26920, el indice de participacion es el ano de mayor participacion porcentual de dicha embarcacion en la captura total anual registrada por el Ministerio para cada ano, dentro del periodo comprendido entre el ano 2004 y la fecha de entrada en vigencia de la presente Ley. Para dicho calculo solo seran tomadas en cuenta las capturas efectuadas dentro de la MORDAZA comprendida entre el extremo norte del dominio maritimo del Peru y el paralelo 16°00'00" latitud sur. (...) Lo dispuesto en los numerales anteriores es aplicable tambien a los saldos de capacidad de bodega pendientes de asignacion o permisos de pesca en tramite por sustitucion de capacidad de bodega." DEBE DECIR: "Articulo 5.-Calculo del Porcentaje MORDAZA de Captura por Embarcacion (PMCE) 1. El Porcentaje MORDAZA de Captura por Embarcacion (PMCE) es determinado por el Ministerio sobre la base de indices de participacion por embarcacion. En el caso de las embarcaciones sujetas al Regimen del Decreto Ley 25977, Ley de Pesca, el indice de participacion se obtiene de la suma de los siguientes componentes: a) 60% del indice de participacion de la embarcacion en las capturas del recurso, el cual corresponde al del ano de mayor participacion porcentual de dicha embarcacion en la captura total anual registrada por el Ministerio para cada ano, dentro del periodo comprendido entre al ano 2004 y la fecha de entrada en vigencia de la presente Ley. Para dicho

b)

En el caso de las embarcaciones de MORDAZA sujetas al Regimen establecido por la Ley N° 26920, el indice de participacion es el ano de mayor participacion porcentual de dicha embarcacion en la captura total anual registrada por el Ministerio para cada ano, dentro del periodo comprendido entre el ano 2004 y la fecha de entrada en vigencia de presente Ley. Para dicho calculo solo seran tomadas en cuenta las capturas efectuadas dentro de la MORDAZA comprendida entre el extremo norte del dominio maritimo del Peru y el paralelo 16°00'00" latitud sur." DEBE DECIR: "ANEXO DEFINICIONES (...) Indice de Participacion: En el caso de las embarcaciones sujetas al Regimen del Decreto Ley N° 25977, Ley de Pesca, el indice de participacion se obtiene de la suma de los siguientes componentes: a) 60% del indice de participacion de la embarcacion en las capturas del recurso, el cual corresponde al del ano de mayor participacion porcentual de dicha embarcacion en la captura total anual registrada por el Ministerio para cada ano, dentro del periodo comprendido entre el ano 2004 y la fecha de entrada en vigencia de la presente Ley. Para dicho calculo solo seran tomadas en cuenta las capturas efectuadas dentro de la MORDAZA comprendida entre el extremo norte del dominio maritimo del Peru y el paralelo 16°00'00" latitud sur. b) (...) En el caso de las embarcaciones de MORDAZA sujetas al Regimen establecido por la Ley N° 26920, el indice de participacion corresponde al del ano de mayor participacion porcentual de dicha embarcacion en la captura total anual registrada por el Ministerio para cada ano, dentro del periodo comprendido entre

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