Norma Legal Oficial del día 14 de julio del año 2008 (14/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, lunes 14 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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Estando a los informes Tecnico y Legal, de conformidad a lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; Que, luego de la deliberacion correspondiente el organo colegiado de conformidad a lo establecido en el articulo 41º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, por unanimidad; ACUERDA:

Articulo Primero.- APROBAR la compra de terreno de propiedad del senor MORDAZA MORDAZA Mendivil y esposa Sra. MORDAZA MORDAZA Camassi, con una extension total de 1.12 hectareas y un perimetro de 643.673 ml., conforme a la Memoria Descriptiva. Articulo Segundo.- EXONERAR del MORDAZA de seleccion la adquisicion del terreno mencionado en el articulo primero, por la causal de bienes que no admiten sustitutos y proveedor unico, por el valor referencial de sesenta y cinco mil y 00/100 nuevos soles (S/.65,000.00) destinado para la construccion del proyecto: Ampliacion de la Infraestructura en la Institucion Educativa Nº 38868 de Kimbiri Alto Codigo SNIP Nº 46809. Articulo Tercero.- Disponer a la Sub Gerencia de Administracion la remision dentro del plazo establecido los actuados a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado conforme a lo estipulado en el articulo 20º de la Ley, asi como la publicacion del Acuerdo de Concejo en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado (SEACE) y Diario Oficial "El Peruano", bajo responsabilidad. Articulo Cuarto.- Encargar a la Unidad de Abastecimientos y Servicios Auxiliares de la entidad efectuar la contratacion exonerada debiendo realizar las acciones inmediatas que permitan adquirirlo por el monto de S/. 65,000.00 Nuevos Soles, con cargo a la Fuente de Financiamiento: 18 Canon, Sobre Canon, Regalias, Renta de Aduanas y Participaciones. Dado en la Municipalidad Distrital de Kimbiri a los cuatro dias del mes de MORDAZA del ano dos mil ocho. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA
225138-2 ACUERDO DE CONCEJO N° 0303-2008-MDK/CM

VISTO: El Informe Nº 174-2008/MDK-SGIDU-DEP/VACDJ de la Division de Estudios y Proyectos y el Informe Legal Nº 017-2008-MDK/OAJ de fecha 02 de MORDAZA del 2008, de la Oficina de Asesoria Juridica con relacion a la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la adquisicion de terreno para la Construccion de Planta de Tratamiento de Residuos Solidos y Relleno Sanitario de Kimbiri del Proyecto: Mejoramiento de Residuos Solidos en Kimbiri, con codigo SNIP Nº 39178, y; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley Nº 28607, consagra para los gobiernos locales la Garantia Constitucional

de la Autonomia Municipal (politica, economica y administrativa) en los asuntos de su competencia; la misma que consiste en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobacion de acuerdos, conforme establece el articulo 39º de la Ley Organica de las Municipalidades Nº 27972; Que, de conformidad a lo previsto por el Art. 34º de la Ley Organica de las Municipalidades, las contrataciones y adquisiciones que realizan los gobiernos locales se sujetan a la ley de la materia; Que, el numeral e) del articulo 19º y el literal c) del articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, establece que la aprobacion de la exoneracion del MORDAZA de seleccion de bienes por causal que no admite sustitutos y exista proveedor unico, se efectua por Acuerdo de Concejo Municipal, tratandose de Gobiernos Locales; Que, el Articulo 144º del Reglamento de la Indicada MORDAZA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0842004-PCM, establece que en los casos en que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el area usuaria, y siempre que exista un solo proveedor en el MORDAZA nacional, la Entidad podra contratar directamente, considerandose que existe proveedor unico en los casos que por razones tecnicas o relacionadas con la proteccion de derechos, tales como patentes y derechos de autor, se MORDAZA establecido la exclusividad del proveedor; Que, los articulos 146º y siguientes, del referido cuerpo legal, establecen que las resoluciones o acuerdos que aprueban la exoneracion del MORDAZA del seleccion, requieren obligatoriamente de uno o mas informes previos, que contengan la justificacion tecnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneracion; y que los mismos deben ser publicados en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los 10 dias habiles siguientes a su emision o adopcion, segun corresponda, debiendo adicionalmente publicarse en el SEACE; Que, la MORDAZA parte del articulo 148º del Reglamento establece que la adquisicion y contratacion del bien, servicio u obra objeto de la exoneracion, sera realizada por la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad o el organo designado para tal efecto; Que, la Construccion de Planta de Tratamiento de Residuos Solidos y Relleno Sanitario de Kimbiri del Proyecto: Mejoramiento de Residuos Solidos en Kimbiri, con codigo SNIP Nº 39178, requiere un espacio fisico con ciertas caracteristicas tecnicas de ubicacion y extension para la ejecucion de los componentes del proyecto, en una extension total de 8.0 hectareas, de la cual ya se tiene adquirido la extension de 3.40 ha, faltando la extension de mas de 4.0 has.; Que, mediante Informe Nº 174-2008/MDK-SGIDUDEP/VACD-J del 09 de MORDAZA del 2008, la Division de Estudios y Proyectos, solicita la adquisicion de terreno para la ejecucion de los componentes del proyecto en referencia, proponiendo para el efecto luego de las evaluaciones tecnicas efectuadas por el Ingeniero Ambiental Freddy MORDAZA MORDAZA MORDAZA, la compra del terreno de propiedad del senor Mislao MORDAZA MORDAZA y esposa senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ubicado en el fundo Aguaytia ­ Sampantuari Alta, en una extension de 04.01 hectareas (40,100.00 m2) toda vez que es el unico terreno que cumple con las condiciones tecnicas y topograficas, para la Construccion del Relleno Sanitario, ofertando el costo de veinte mil y 00/100 nuevos soles por hectarea; Que, el monto estimado para la adquisicion del terreno mencionado es de S/.80,200.00 nuevos soles, lo

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