Norma Legal Oficial del día 14 de julio del año 2008 (14/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, lunes 14 de MORDAZA de 2008

que ameritaria que la adquisicion del terreno aludido se lleve a cabo mediante una Adjudicacion Directa Selectiva; sin embargo llevar a cabo dicho MORDAZA de seleccion careceria de objeto toda vez que el terreno de propiedad del senor Mislao MORDAZA MORDAZA y esposa senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, es el unico terreno que reune con las condiciones tecnicas y topograficas para la ejecucion del proyecto; Que, la realizacion de una Adjudicacion Directa Selectiva para la adquisicion del terreno para el proyecto en referencia, no cumpliria funcion alguna, toda vez que dicha adquisicion no admite sustitutos, esto es, se trata de una adquisicion que solo puede realizarse a un unico proveedor - senor Mislao MORDAZA MORDAZA y esposa senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA ­ propietarios del inmueble, siendo importante la adquisicion del mismo ya que, conforme se desprende del informe tecnico que sustenta la exoneracion, permitira la ejecucion del proyecto mencionado; Que, mediante Informe Legal Nº 017-2008-MDK/ OAJ, del 02 de MORDAZA del 2008, el Jefe de la Oficina de Asesoria Juridica de la entidad, opina declarando procedente la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la adquisicion del terreno de una extension de 04.01 hectareas (40,100.00 m2) y un perimetro de 1,072.85 ml. de propiedad del senor Mislao MORDAZA MORDAZA y esposa senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la causal de bienes que no admiten sustitutos y proveedor unico por razones tecnicas, conforme al inciso e) del Art. 19º del D. S. Nº 083-2004-PCM; Que, por consiguiente, al haberse configurado la causal prevista en el inciso e) del Art. 19º del D. S. Nº 083-2004-PCM, resulta procedente exonerar la adquisicion del terreno aludido, de la realizacion de una Adjudicacion Directa Selectiva, en consecuencia la adquisicion del inmueble debera realizarse en forma directa mediante accion directa, debiendo invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas en las Bases, la misma que podra ser obtenida por cualquier medio de comunicacion, incluyendo el facsimil y el correo electronico, tal como lo dispone el articulo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; Estando a los informes Tecnico y Legal, de conformidad a lo establecido en el Texto unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM;

Que, luego de la deliberacion correspondiente el organo colegiado de conformidad a lo establecido en el articulo 41º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, por unanimidad; ACUERDA: Articulo Primero.- APROBAR la compra de terreno de propiedad del senor Mislao MORDAZA MORDAZA y esposa senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ubicado en el fundo Aguaytia ­ Sampantuari Alta, en una extension de 04.01 hectareas (40,100.00 m2) y un perimetro de 1,072.85 ml., conforme a la Memoria Descriptiva. Articulo Segundo.- EXONERAR del MORDAZA de seleccion la adquisicion del terreno mencionado en el articulo primero, por la causal de bienes que no admiten sustitutos y proveedor unico, por el valor referencial de ochenta mil doscientos y 00/100 nuevos soles (S/.80,200.00) destinado para la Construccion del Relleno Sanitario de Kimbiri, del Proyecto: Mejoramiento de Residuos Solidos en Kimbiri, con codigo SNIP Nº 39178. Articulo Tercero.- Disponer a la Sub Gerencia de Administracion la remision dentro del plazo establecido los actuados a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado conforme a lo estipulado en el articulo 20º de la Ley, asi como la publicacion del Acuerdo de Concejo en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado (SEACE) y Diario Oficial "El Peruano", bajo responsabilidad. Articulo Cuarto.- Encargar a la Unidad de Abastecimientos y Servicios Auxiliares de la entidad efectuar la contratacion exonerada debiendo realizar las acciones inmediatas que permitan adquirirlo por el monto de ochenta mil doscientos y 00/100 nuevos soles (S/.80,200.00), con cargo a la Fuente de Financiamiento: 18 Canon, Sobre Canon, Regalias, Renta de Aduanas y Participaciones. Dado en la Municipalidad Distrital de Kimbiri a los cuatro dias del mes de MORDAZA del ano dos mil ocho. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA
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DIARIO OFICIAL

REQUISITO PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberan ademas remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electronico. normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCION

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