Norma Legal Oficial del día 01 de junio del año 2008 (01/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 1 de junio de 2008

NORMAS LEGALES
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discapacidad, asi como el de promover la igualdad de oportunidades con criterio de equidad; Que, es politica de esta gestion el de realizar diversas acciones dirigidas a lograr el fortalecimiento de la Institucion Municipal en todo el ambito de su jurisdiccion y buscar el bienestar de la comunidad del distrito de Carabayllo, promoviendo para ello el fortalecimiento de la familia y la sociedad a traves de la formalizacion de las uniones de hecho, de parejas que por motivos economicos y/o de otra indole mantienen un estado de concubinato indefinido, correspondiendo al Gobierno Local el promover campanas de MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO, y con motivo de la conmemoracion del 187º Aniversario de nuestro distrito, se preve se realice el dia 28 de junio de 2008 en la Piscina Municipal "Ricardo Palma" de la Urbanizacion MORDAZA MORDAZA del Distrito de Carabayllo, con la finalidad de procurar que dichas personas formalicen su estado civil; Estando a lo dispuesto por el articulo 42° de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972; SE DECRETA:

Articulo Primero.- DISPONER LA CELEBRACION DEL MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO, en forma general para toda la jurisdiccion del distrito de Carabayllo, a realizarse el dia 28 de junio de 2008 en la Piscina Municipal del Complejo Deportivo "Ricardo Palma" ubicado en la Urbanizacion MORDAZA MORDAZA del distrito de Carabayllo. Articulo Segundo.- DISPONER que para la realizacion de esta ceremonia, los contrayentes cumplan previamente con presentar los siguientes requisitos: - MORDAZA certificada de la Partida de Nacimiento actualizada de cada contrayente; - Certificado de solteria de ambos contrayentes o MORDAZA certificada de la Partida de Defuncion del conyuge anterior, o MORDAZA certificada de la sentencia de divorcio o de invalidacion del matrimonio anterior o el certificado consular de solteria o viudez, segun sea el caso; - Certificado medico de ambos contrayentes; - Certificado domiciliario de ambos contrayentes; - MORDAZA del documento nacional de identidad de ambos contrayentes; - MORDAZA de los documentos de identidad de los testigos; - Pago del derecho respectivo. Articulo Tercero.- DISPENSAR de la publicacion de los Edictos a los futuros contrayentes que hayan cumplido con la MORDAZA de la documentacion completa, establecida como requisito previo y que se encuentren aptos para contraer matrimonio; al MORDAZA de la facultad conferida en el articulo 252° del Codigo Civil. Articulo Cuarto.- DISPONER la publicacion del presente Decreto en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Quinto.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia Municipal, Secretaria General, Gerencia de Administracion y Finanzas, SubGerencia de Logistica y Control Patrimonial. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 206910-1

tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; de conformidad con lo establecido en el Art. 194° de la Ley de Reforma Constitucional ­ Ley Nº 27680; y concordante con lo dispuesto en la parte pertinente de la Ley Organica de Municipalidades; Que, el MORDAZA es el representante legal de la Municipalidad, teniendo entre sus facultades el de designar y MORDAZA a los Funcionarios con Cargo de Confianza, conforme a lo previsto en la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972; Que, la designacion consiste en el acto mediante el cual el Titular del Pliego asigna un cargo de confianza, el mismo que dura en tanto el Titular no lo deje sin efecto, conforme a lo previsto en la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa ­ Decreto Legislativo Nº 276, y el Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa- Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Que, por medio de la Resolucion de Alcaldia Nº 160-2008-A/MDC se aprobo el Contrato de fecha 01 de MORDAZA de 2008, suscrito entre la Municipalidad Distrital de Carabayllo y don MORDAZA MORDAZA Trujillo; Estando a las facultades conferidas en el Art. 20º inciso 17 de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DESIGNAR, a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de AUXILIAR COACTIVO de la Municipalidad Distrital de Carabayllo. Articulo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia de Administracion y Finanzas y a la Subgerencia de Recursos Humanos el cumplimiento de la presente Resolucion, debiendo implementar las acciones administrativas conforme a ley. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 206908-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SOLOCO
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion del servicio de alquiler de maquinaria pesada para ejecucion de obra de mejoramiento de trocha carrozable
ACUERDO DE CONCEJO Nº 005-2007-MDS/PCH/R.AMAZONAS Soloco, 27 de diciembre del 2007

Designan Auxiliar Municipalidad

Coactivo

de

la

VISTO: El Acta de Sesion Extraordinaria de Concejo de Fecha 27 de Diciembre del 2007, procedente del Comite Especial Permanente segun Informe Tecnico Nº 001-2007-CEPMDS/PCH/R.A, de fecha 10 de Diciembre de 2007 y el Informe Legal Nº 001- 2007-JRTP-ALE-MDS, de fecha 12 de Diciembre del 2007, procedente del Asesor Legal Externo de esta Entidad. CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Tecnico Nº 001-2007-CEPMDS/PCH/RG, de fecha 10 de Diciembre de 2007, remitida por el Comite Especial Permanente de la Municipalidad Distrital de Soloco, informa al Despacho de Alcaldia que los resultados de la Evaluacion Tecnica y economica de

RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 161-2008-A/MDC Carabayllo, 22 de MORDAZA de 2008 VISTO: La Resolucion de Alcaldia Nº 160-2008-A/ MDC, de fecha 21 de MORDAZA de 2008, y; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son Organos de Gobierno Local, con personeria juridica de Derecho Publico y

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