Norma Legal Oficial del día 01 de junio del año 2008 (01/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 1 de junio de 2008

NORMAS LEGALES
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084-2004-PCM, debe publicarse en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias de aprobado, asi como su publicacion a traves del SEACE; Que, conforme a lo manifestado anteriormente existe opinion tecnica y legal para declarar la Exoneracion por situacion de emergencia de los siguientes procesos de seleccion: a) Adjudicacion Directa Selectiva referente a la Adquisicion de 5,000 galones de petroleo para atender necesidades de emergencia, con un valor referencial ascendente a Cincuenta y Dos Mil Setecientos Cincuenta y 00/100 nuevos soles (S/. 52,750.00), incluido IGV; b) Adjudicacion Directa Publica referente al alquiler de tractor Caterpillar D7-195HP, para la actividad: "Mantenimiento de Trocha Carrozable Morropon, Caracucho, MORDAZA La Gallega", con un valor referencial ascendente a Treinta y Nueve Mil Doscientos Setenta y 00/100 nuevos soles (S/. 39,270.00); c) Adjudicacion de Menor Cuantia referente a la adquisicion de 12,000 sacos de polietileno para atender necesidades de emergencia, con un valor referencial ascendente a Trece Mil Doscientos y 00/100 nuevos soles (S/. 13,200.00), incluido IGV; en aplicacion del inciso c) del articulo 19º y 22º D.S. Nº 083-2004-PCM, concordante con el articulo 142º del D.S. Nº 084-2004-PCM, modificado mediante D.S. Nº 137-2007-EF, debiendo remitirse el presente expediente al Consejo Regional para que proceda a emitir el Acuerdo respectivo que apruebe la exoneracion de los referidos procesos de seleccion, en aplicacion del articulo 20º del D.S. Nº 083-2004-PCM; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesion Extraordinaria Nº 07-2008, celebrada el veintitres de MORDAZA de 2008, en la MORDAZA de MORDAZA, el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Estado, modificada por Ley Nº 27680 y Ley N° 28607; y la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, y sus modificatorias Ley N° 27902, Ley N° 28961, Ley N° 28968 y Ley N° 29053; ACUERDA: Articulo Primero.- Declarar, de conformidad al Decreto Supremo N° 016-2008-PCM, prorrogado con el Decreto Supremo N° 032-2008-PCM, y a los articulos 19º y 22º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, concordante con el articulo 142º del D.S. Nº 084-2004-PCM, modificado mediante D.S. Nº 137-2007-EF, la Exoneracion de los Procesos de Seleccion por Situacion de Emergencia, segun el detalle siguiente en la Gerencia Sub Regional Morropon Huancabamba: a) Adquisicion de 5,000 galones de petroleo para atender necesidades de emergencia, con un valor referencial ascendente a Cincuenta y Dos Mil Setecientos Cincuenta y 00/100 nuevos soles (S/. 52,750.00), incluido IGV. b) Alquiler de tractor Caterpillar D7-195HP, para la actividad: "Mantenimiento de Trocha Carrozable Morropon, Caracucho, MORDAZA La Gallega", con un valor referencial ascendente a Treinta y Nueve Mil Doscientos Setenta y 00/100 nuevos soles (S/. 39,270.00). c) Adquisicion de 12,000 sacos de polietileno para atender necesidades de emergencia, con un valor referencial ascendente a Trece Mil Doscientos y 00/100 nuevos soles (S/. 13,200.00), incluido IGV. Articulo Segundo.- Disponer, la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su emision. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia General Regional, la MORDAZA de los Informes Tecnico y Legal sustentatorios a la Contraloria General de la Republica, al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, asimismo la publicacion en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE, de acuerdo a lo establecido en el articulo 147° del D.S N° 084-2004PCM.

Articulo Quinto.- Dispensar el presente Acuerdo del tramite de lectura y aprobacion del Acta. POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional 207115-1 ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 450-2008/GRP-CR MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2008 VISTOS: - El Informe Legal N° 1047-2008/GRP-460000, de fecha 15 de MORDAZA de 2008, de la Oficina Regional de Asesoria Juridica, emitiendo opinion legal respecto a la Exoneracion de Procesos de Seleccion por causal de Situacion de Emergencia de conformidad con el Decreto Supremo N° 016-2008-PCM; - El Informe Tecnico Nº 206-2008/GRP-480400, de fecha 13 de MORDAZA del 2008, de la Oficina de Abastecimiento, Servicios Auxiliares y Control Patrimonial. CONSIDERANDO: Que, el articulo 191° de la Constitucion Politica del Peru de 1993, modificada por Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion - Ley N° 27680, establece que los gobiernos regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y en su articulo 192° inciso 1) dispone que los gobiernos regionales son competentes para aprobar su organizacion interna y su presupuesto; Que, el inciso a. del articulo 15° de la Ley Organica de Gobiernos Regionales N° 27867, modificada por Ley N° 27902, senala como atribucion del Consejo Regional, el aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el literal c) del articulo 19° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, establece que estan exonerados de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de emergencia o desabastecimiento inminente declaradas de conformidad con dicha MORDAZA legal; Que, el articulo 22° de la referida Ley, establece que la situacion de emergencia, es aquella en que la entidad tiene que actuar de manera inmediata a causa de un acontecimiento catastrofico, de situaciones que supongan grave peligro de necesidad que afecten la defensa nacional; ello en concordancia con lo senalado por el articulo 142° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, modificado por Decreto Supremo N° 137-2007-EF, donde se establece que "la situacion de emergencia es aquella en la cual la entidad tiene que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastroficos, de situaciones que supongan grave peligro, debiendo adquirir o contratar en forma directa lo estrictamente necesario para prevenir y atender desastres, despues de lo cual debera convocarse los procesos de seleccion que correspondan"; Que, con Acuerdo de Consejo Regional N° 4302008/GRP-CR, del 22 de febrero del 2008, se declaro, de conformidad con el articulo 22° del Decreto Supremo N° 083-2004-PCM y articulo 1° del Decreto Supremo N° 137-2007-EF, en Situacion de Emergencia al Departamento de MORDAZA, debido al impacto de las fuertes lluvias y desbordes por erosion de los MORDAZA Chira y Piura; y con Acuerdo de Consejo Regional N° 4312008/GRP-CR del 22 de febrero del 2008, se solicita al Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, de

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