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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE JUNIO DEL AÑO 2008 (11/06/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 64

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 11 de junio de 2008 373926 determinadas por el Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Yarinacocha; sin perjuicio que se proceda a sancionar a los presuntos funcionarios responsables de dicho evento según lo determine las instancias pertinentes como son la Contraloría General de la República, el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el Órgano de Control Institucional de esta corporación edil. Que sobre dicho particular en la sesión extraordinaria del día viernes 30 de mayo del 2008, contenida en el Acuerdo de Concejo Nº 001-2008-MDY del 30 de mayo del 2008, se DESAPROBÓ POR MAYORÍA, la compra exonerada por la causa de desabastecimiento inminente. Que, con fecha 2 de junio del 2008, las señoras regidoras MIRELLA SEIJAS DEL CASTILLO y JUANITA MACEDO RAMÍREZ, en estricta observancia de lo dispuesto en el Art. 51º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en concordancia con el Art. 65º del Reglamento Interno del Concejo Distrital de Yarinacocha, y a su vez constituyendo el 20% de los miembros hábiles integrantes del Concejo Distrital, interpusieron RECURSO DE RECONSIDERACIÓN EN CONTRA DEL ACUERDO DE CONCEJO Nº 007-2008 ADOPTADO EN LA SESIÓN EXTRAORDINARIA Nº 005- 2008 DE FECHA 30 DE MAYO DEL 2008, Y QUE SE ENCUENTRA CONTENIDO EN EL ACUERDO DE CONCEJO Nº 001-2008-MDY, DEL 30 DE MAYO DEL 2008, por el cual se DESAPROBÓ AUTORIZAR LA COMPRA EXONERADA del ítem II: CEREAL ENRIQUECIDO AZUCARADO CON HOJUELAS DE QUINUA, KIWICHA Y AVENA, POR LA CAUSAL DE DESABASTECIMIENTO INMINENTE; fundan su recurso en los siguientes fundamentos: “En este orden de ideas se deduce válidamente que ante el desabastecimiento anotado del producto enriquecido azucarado con hojuelas de quinua, quiwicha y avena para el Programa del Vaso de Leche de esta Municipalidad, resulta necesario autorizar la compra exonerada por la causal de desabastecimiento inminente, la misma que deberá ser aprobada mediante Acuerdo de Concejo, entre tanto culmine la Licitación Pública Nacional para el presente ejercicio 2008. Dicha compra se efectuaría por las cantidades y el insumo o producto según las especifi caciones técnicas determinadas por el Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Yarinacocha; sin perjuicio que se proceda a sancionar a los presuntos funcionarios responsables de dicho evento según lo determine las instancias pertinentes como son la Contraloría General de la República, el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el Órgano de Control Institucional de esta municipalidad. Pero inexplicablemente y sin ningún tipo de fundamento, el Pleno de Concejo de Regidores de esta municipalidad, en mérito del impugnado acuerdo adoptado por cinco votos contra cuatro, DESAPROBÓ LA COMPRA EXONERADA POR LA CAUSAL DE DESABASTECIMIENTO INMINENTE, poniendo en gravísimo riesgo a los benefi ciarios del programa de vaso de leche, pues, de no remediarse esta ilegal situación, no se podrá adquirir los insumos del mentado programa y con ello, los niños, madres gestantes y ancianos del referido programa no recibirán sus raciones del vaso de leche, y con ello, su salud física y mental se verá gravemente afectada.” Que en la sesión de concejo extraordinaria Nº 005-2008 de fecha 30 de mayo del 2008, y previo a los debates e intervenciones de los miembros del órgano colegiado de esta institución, se adoptó el acuerdo de concejo Nº 007-2008, en la que por mayoría se APROBÓ:“DECLARAR FUNDADO el Recurso de Reconsideración contra el Acuerdo de Concejo Nº 007-2008 adoptado en Sesión Extraordinaria Nº 005- 2008 de fecha 30.MAY.08. Que, en aplicación de lo prescrito en el Art. V.6 de la Directiva Nº 011-2001 CONSUCODE/PRE - PUBLICACIÓN DE AVISOS REFERIDOS A PROCESOS DE SELECCIÓN - De la Exoneración del proceso de selección, resultan vigentes y plenamente aplicables todos los presupuestos y requisitos enumerados en virtud de los dispositivos legales contenidos en la normas precitadas, además de aclarar en su numeral V.6.5 que la parte resolutiva del instrumento que aprueba la exoneración del proceso de selección, a saber el Acuerdo de Concejo, deberá precisar el tipo y la descripción básica de los bienes servicios u obras materia de exoneración, el valor referencial, la fuente de fi nanciamiento, la cantidad o el tiempo que se requiere adquirir o contratar mediante exoneración, según corresponda, así como determinar la dependencia u órgano encargado de realizar la adquisición o contratación exonerada, de acuerdo al monto involucrado y a su complejidad, envergadura o sofi sticación . Que, teniendo en cuenta el Presupuesto Institucional aprobado al igual que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la entidad, en el presente caso la adquisición de los productos para el Programa de Vaso de Leche ejercicio 2008, estará afecto en la siguiente cadena funcional programática: Estructura: 05-014-0049-1.000588; Actividad: Programa del Vaso de Leche; Fte. Fto: Recursos Ordinarios; Part. Específi ca: 5.3.11.24 Alimentos de Personas. Que, atendiendo las consideraciones vertidas en los considerandos precedentes y en estricta observancia de lo dispuesto en el artículo 39º y 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; concordante con el Inc. c) del art. 20 del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 083-2004-PCM. ACORDÓ: Artículo Primero.- APROBAR la Exoneración del Proceso de Selección por la Causal de Desabastecimiento Inminente para la Adquisición del Producto: Cereal Enriquecido Azucarado con Hojuelas de Quinua, Kiwicha y Avena para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Yarinacocha; por un período de 60 días calendario que comprende desde el 05.JUN.08 al 03.AGO.08, con un valor referencial total de S/. 145,090.15 (ciento cuarenta y cinco mil noventa nuevos soles con quince centavos), según detalle: Nº ItemDescripción Unidad de MedidaCantidad AdquirirValor Ref. UnitarioValor Ref. Total 1.00 Cereal Enriquecido Azucarado con Hojuelas de Quinua, Kiwicha y AvenaKG 32,242.256 4.50 145,090.15 VALOR REFERENCIAL TOTAL S/. 145,090.15 Artículo Segundo.- La compra se atenderá con la siguiente cadena funcional programática: Estructura : 05-014-0049-1.000588 Actividad : Programa del Vaso de LecheFuente de Fto. : Recursos OrdinariosPart. Específi ca : 5.3.11.24 Alimentos de Personas Artículo Tercero.- ENCÁRGUESE la Adquisición del bien objeto de la exoneración a la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de esta corporación edil, siendo ésta la División de Abastecimiento y Patrimonio. Artículo Cuarto.- ENCÁRGUESE a la Ofi cina de Control Institucional, disponga el inicio de las investigaciones y/o medidas conducentes a determinar si los eventos que condujeron a la confi guración de la causal de desabastecimiento inminente se debieron al accionar doloso o negligente de los funcionarios o servidores de la Entidad. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Administración y Finanzas a través de la División de Abastecimiento y Patrimonio, la publicación del presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano; asimismo remitir copia del Acuerdo a la Contraloría General de la República y al Órgano de Control Institucional de la Entidad y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, por el medio más efi caz y con la celeridad que el caso amerita, para los fi nes legales pertinentes. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Secretaría General, remitir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su emisión, el Acuerdo de Concejo y sus antecedentes a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado-CONSUCODE, en estricta observancia de lo dispuesto por el artículo 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - D.S. Nº 083-2004-PCM. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.EDWIN DÍAZ PAREDES Alcalde 211173-1Descargado desde www.elperuano.com.pe