TEXTO PAGINA: 15
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 10 de marzo de 2008 368501 entre entidades públicas, así como, la que ocurre dentro de las reparticiones orgánicas que conforman un determinado sector o pliego; Que, en el presente caso es de aplicación el artículo 17º del “Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal”, aprobado por el Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y modifi cado por el Decreto Supremo Nº 042- 2006-EF, el cual establece que las transferencias patrimoniales prediales entre entidades públicas pertenecientes a diversos Sectores o Pliegos se aprueban mediante Resolución de la Superintendencia de Bienes Nacionales; Que, sólo para efectos registrales a pesar de tratarse de una transferencia patrimonial predial a título gratuito, se fi ja en S/. 1.00 (un nuevo sol con 00/100) el valor unitario del inmueble materia de transferencia; Que, de conformidad con el artículo 21º del dispositivo legal citado en el considerando precedente y su modifi catoria señala que la transferencia entre entidades públicas, se inscribe en los Registros Públicos por el mérito de la correspondiente resolución aprobatoria; Que, de acuerdo a los literales b) y j) del artículo 41º del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales, aprobado mediante Resolución de Superintendencia N° 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre del 2001, corresponde a la Jefatura de Adjudicaciones realizar las transferencias patrimoniales de la propiedad inmobiliaria estatal, así como, emitir en primera instancia las Resoluciones de su competencia; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley N° 25556 modifi cado por Decreto Ley N° 25738, Decreto Ley Nº 25554 modifi cado por Decreto de Urgencia Nº 071- 2001, Decreto Supremo Nº 004-2007-VIVIENDA, Decreto Supremo N° 154-2001-EF, modifi cado por los Decretos Supremos Nº 107-2003-EF, 042-2006-EF, 195-2006-EF, 164-2006-EF, Decreto Supremo Nº 014-2007-VIVIENDA y Decreto Supremo Nº 028-2007-VIVIENDA, Decreto Supremo N° 131-2001-EF, Resolución N° 315-2001/SBN y Resolución N° 007-2007/SBN y; Estando a lo expuesto en el Informe Técnico Legal Nº 077- 2008-SBN-GO-JAD, de fecha 19 de febrero de 2008; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Declárese la desafectación administrativa del inmueble de 25 442,50 m², constituido por el Lote 1 de la Mz N-8, de la Urbanización San Borja, del distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima, inscrito a favor del Estado en la Ficha Nº 36008 con continuación en la Partida Registral Nº 49034309 del Registro de Predios de Lima, correspondiente al departamento de Lima. Artículo 2°.- Aprobar la Transferencia Patrimonial Predial Interestatal a título gratuito a favor del Ministerio de Educación del inmueble indicado en el artículo precedente para sus fi nes institucionales. Artículo 3.- Por el mérito de la presente Resolución, la Zona Registral IX – Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos procederá a inscribir los actos dispuestos en los artículos precedentes. Comuníquese, regístrese y publíquese.MARIELLA NUÑEZ HERNÁNDEZ Jefe (e) de AdjudicacionesSuperintendencia de Bienes Nacionales 173398-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Madre de Dios ORDENANZA REGIONAL N° 002-2008-GRMDD/CR POR CUANTO El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Ordinaria llevada a cabo el 22 de enero del 2008, aprobó la siguiente Ordenanza Regional.CONSIDERANDO: Que, una de las atribuciones del Consejo Regional es normar la organización del Gobierno Regional, a través de Ordenanzas Regionales, en concordancia con el inciso a) del artículo 15 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, que establece: aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Que, el Consejo Regional está facultado para aprobar los do cumentos de gestión correspondientes a las Direcciones Regionales Sectoriales del Gobierno Regional de Madre de Dios, de conformidad a lo establecido mediante Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM y el artículo 38 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Que, la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Madre de Dios ha remitido en forma oportuna su Reglamento de Organización y Funciones, con el propósito de lograr su aprobación por el Consejo Regional. Que, el señor Manuel Jesús Herrera Mendoza, Presidente de la Comisión de Transportes, Comunicación, Vivienda y Construcción del Consejo Regional de Madre de Dios, remite el Dictamen Nº 001-2008-CR/CTYC-MDD, a través del cual la comisión en referencia, aprobó por unanimidad el Documento de Gestión denominado Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Madre de Dios. Que, el Consejo Regional en pleno, en sesión ordinaria, luego del análisis y debate correspondiente, con el voto aprobatorio unánime de los Consejeros Regionales ha considerado necesario aprobar el Dictamen referido en el considerando precedente y por ende el documento de gestión denominado “Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Madre de Dios. El Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias. HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE:Artículo Primero.- APROBAR el documento de gestión denominado “Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Madre de Dios”, el mismo que consta de V Títulos; 15 Capítulos; 52 Artículos y 03 Disposiciones Complementarias y Finales. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Ofi cina de Secretaría del Consejo Regional de Madre de Dios, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Madre de Dios. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Madre de Dios para su promulgación. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.Dado en la Sede del Gobierno Regional de Madre de Dios, a los treinta días del mes de enero del año dos mil ocho. SANTOS KAWAY KOMORI Presidente Regional 173595-1 Aprueban Reglamento de Organización y Funciones y Cuadro para Asignación de Personal de la Dirección Regional de la Producción de Madre de Dios ORDENANZA REGIONAL N° 003-2008-GRMDD/CR POR CUANTO El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Ordinaria llevada a cabo el 22 de enero del 2008, aprobó la siguiente Ordenanza Regional.