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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE MARZO DEL AÑO 2008 (10/03/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 6

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 10 de marzo de 2008 368492 Que, la asociación CASA DE CONVIVENCIAS JUAN PABLO II, se encuentra inscrita en el Registro de IPREDA que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, de conformidad con la Directiva de procedimientos de aceptación y aprobación, internamiento de donaciones de carácter asistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada por Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; Que, mediante Certifi cado de Donación de fecha 1 de marzo 2006, legalizado por el Consulado General del Perú en Madrid - España se observa que, la Fundación Desarrollo Integral de los Pueblos, ha efectuado una donación a favor de la asociación CASA DE CONVIVENCIAS JUAN PABLO II; Que, los bienes donados consisten en 103 bultos conteniendo (01) palets de puertas; (02) palets de ordenadores; (02) cajas de teclados de ordenador; (07) paquetes de lona; (10) palets de revestimiento cerámico; (01) hormigonera nueva; (01) equipo de soldadura; (02) cajas de electrodos; (01) radial nueva; (02) cajas con discos para radial; (27) ventanas de PVC; (10) rollos de moqueta usada; (03) mesas; (02) somieres; (01) máquina expendedora de tabaco y (01) palets de ropa totalmente nueva; con un valor FOB de US$ 6,300.00 (Seis Mil Trescientos y 00/100 Dólares Americanos) según Certifi cado de Donación de fecha 01-mar-2006; con un peso bruto manifestado de 15,700.00 kg., enviados en un (1) contenedor de 40´ Nº GLDU049375/7, conforme al Conocimiento de Embarque Nº PP000700 de fecha 27-feb-06. La donación fue destinada para la construcción e implementación de centros, casas de retiro, entre otros; siendo distribuidos según las necesidades en los departamentos de Arequipa, Ayacucho, Cusco, Piura, Iquitos, Loreto - Yurimaguas y Lima; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la inafectación de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se refi ere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por la Fundación Desarrollo Integral de los Pueblos, a favor de la asociación CASA DE CONVIVENCIAS JUAN PABLO II; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada por la Fundación Desarrollo Integral de los Pueblos a favor de la asociación CASA DE CONVIVENCIAS JUAN PABLO II, consistente en 103 bultos conteniendo (01) palets de puertas; (02) palets de ordenadores; (02) cajas de teclados de ordenador; (07) paquetes de lona; (10) palets de revestimiento cerámico; (01) hormigonera nueva; (01) equipo de soldadura; (02) cajas de electrodos; (01) radial nueva; (02) cajas con discos para radial; (27) ventanas de PVC; (10) rollos de moqueta usada; (03) mesas; (02) somieres; (01) máquina expendedora de tabaco y (01) palets de ropa totalmente nueva; con un valor FOB de US$ 6,300.00 (Seis Mil Trescientos y 00/100 Dólares Americanos) según Certifi cado de Donación de fecha 01-mar-2006; con un peso bruto manifestado de 15,700.00 kg., enviados en un (1) contenedor de 40´ Nº GLDU049375/7, conforme al Conocimiento de Embarque Nº PP000700 de fecha 27-feb-06. La donación fue destinada para la construcción e implementación de centros, casas de retiro, entre otros; siendo distribuidos según las necesidades en los departamentos de Arequipa, Ayacucho, Cusco, Piura, Iquitos, Loreto - Yurimaguas y Lima. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 164115-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0156/RE Lima, 4 de febrero de 2008 Visto, el expediente con los números Nº 8451, 9724 - 2007, presentado por Asociación CASA DEL AGUILA, mediante el cual solicita la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donación recibida de INTERDENOMINATIONAL CHRISTIAN MISSIONS, INC., con sede en 30260 Saratoga Lane, Fair Oaks Ranch, Texas 78015 - Estados Unidos de Norteamérica. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modifi catorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e Instituciones Privadas sin fi nes de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, la asociación CASA DEL AGUILA, se encuentra inscrita en el Registro de Instituciones Privadas sin fi nes de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, de conformidad con la Directiva de procedimientos de aceptación y aprobación, internamiento de donaciones de carácter asistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada por Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; Que, mediante Certifi cado de Donación de fecha 20 de febrero de 2007, legalizado por el Consulado General del Perú en Houston, se observa que INTERDENOMINATIONAL CHRISTIAN MISSIONS, INC., ha efectuado una donación a favor de Asociación CASA DEL AGUILA; Que, el bien donado consiste en (01) vehículo marca Toyota, modelo Hiace Commuter, año 2006, motor Nº 5L-6019703, chasis Nº JTFJK02P0-70005726, color plata metálico, con valor CIF US$ 15781.55 (QUINCE MIL SETECIENTOS OCHENTA y UNO y 55/100 DÓLARES AMERICANOS), amparado en la Declaración Jurada del 3 de julio del 2007, con un peso bruto manifestado de 1760 kilos, amparado en la DUA Nº 118-2007-10-144060-00. Se destinará al apoyo de tareas pastorales, asistenciales y educacionales que realiza CASA DEL AGUILA en las comunidades campesinas de la provincia de Anta - Cusco; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la inafectación de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se refi ere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por INTERDENOMINATIONAL CHRISTIAN MISSIONS, INC., a favor de Asociación CASA DEL AGUILA; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada por INTERDENOMINATIONAL CHRISTIAN MISSIONS, INC., a favor de Asociación CASA DEL AGUILA, consistente en (01) vehículo marca Toyota, modelo Hiace Commuter, año 2006, motor Nº 5L-6019703, chasis Nº JTFJK02P0-70005726, color plata metálico, con valor CIF US$ 15781.55 (QUINCE MIL SETECIENTOS OCHENTA y UNO y 55/100 DÓLARES AMERICANOS), amparado en la Declaración Jurada del 3 de julio del 2007, con un peso bruto manifestado de 1760 kilos, amparado en la DUA Nº 118-2007-10-144060-00. Se destinará al apoyo de tareas pastorales, asistenciales y educacionales que realiza CASA DEL AGUILA en las comunidades campesinas de la provincia de Anta - Cusco. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041- 2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 164115-3