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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE MARZO DEL AÑO 2008 (10/03/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 2

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 10 de marzo de 2008 368488 PODER EJECUTIVO EDUCACION Autorizan excepcionalmente una prueba eliminatoria para los postulantes al Concurso Público para nombramiento docente dispuesto por la Ley Nº 28649, que no rindieron la prueba efectuada el día 9 de marzo de 2008 por diversas causales RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0142-2008-ED Lima, 9 de marzo de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-2007-ED, se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 28649, para el nombramiento en plazas vacantes de profesores de Educación Básica y Educación Técnico Productiva, facultando al Ministerio de Educación a dictar las medidas complementarias que resulten necesarias para el mejor cumplimiento del citado reglamento; Que, en tal sentido, con la Resolución Ministerial Nº 0542- 2007-ED de fecha 26 de diciembre de 2007, se aprobó el cronograma para el concurso público autorizado por la Ley Nº 28649, señalando que las instancias de gestión educativa descentralizada de manera prioritaria agilizarán las gestiones para la realización del concurso público autorizado por la Ley Nº 28649; Que, el cronograma aprobado, ha sido modifi cado por la Resolución Ministerial Nº 0004-2008-ED publicada con fecha 11 de enero de 2008, en el Diario Ofi cial El Peruano; según la cual, dentro de la Tercera Etapa del citado cronograma, se encuentran las actividades 3.1 Inscripción de postulantes hasta el 30 de enero de 2008; 3.2 Publicación de Nómina de Postulantes Hábiles, hasta el 4 de febrero de 2008 y 3.7. Aplicación de la Prueba Eliminatoria, con fecha de inicio y fi n, el 9 de marzo de 2008; Que, habiéndose determinado que algunos postulantes se inscribieron dentro del plazo establecido por las normas antes referidas y que sin embargo las Instancias de Gestión Educativa Descentralizada (DREs y UGELs) no le dieron el trámite correspondiente, generándose que no aparecieran sus nombres en la lista de postulantes aptos, vulnerando su legítimo derecho a participar en el referido Concurso Público; Que, asimismo algunos postulantes fueron asignados a un determinado local para que acudieran a rendir su evaluación en el Concurso Público dispuesto por la Ley N° 28649, sin embargo, por razones de carácter técnico de acuerdo a su nivel y especialidad, se les reubicó en otro local lo que no les permitió su concurrencia oportuna a rendir dicha evaluación; Que siendo así, resulta necesario cautelar el derecho de dichos postulantes a participar de la evaluación para Concurso Público dispuesto por la Ley N° 28649, habilitándose excepcionalmente y por única vez una prueba para el conjunto de dichos postulantes, en base a la información brindada por la Instancias de Gestión Educativa Descentralizada, bajo responsabilidad; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modifi cado por la Ley Nº 26510, y el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED y sus modifi catorias. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar excepcionalmente una prueba eliminatoria para los postulantes al Concurso Público para nombramiento docente dispuesto por la Ley Nº 28649, que no rindieron la prueba efectuada el día 9 de marzo de 2008, únicamente por las siguientes causales: a) Haberse inscrito dentro del plazo establecido en el cronograma aprobado y que sus nombres no fi guraron en la lista correspondiente de postulantes aptos; causal que debe ser acreditada con la constancia del formulario único de trámite. b) Haber sido asignado para rendir la prueba eliminatoria en un determinado local y posteriormente reubicado en otro, impidiéndosele acudir en la hora y fecha programada; causal que debe ser acreditada con el reporte emitido por la entidad aplicadora. Artículo 2°.- La prueba excepcional a que se refi ere el artículo precedente, será aplicada el día jueves 13 de marzo de 2008 a nivel regional en los locales y hora que determine el Ministerio de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación 173675-1 ENERGIA Y MINAS Declaran que los Gobiernos Regionales de Arequipa, Huancavelica, Ica, Piura y Tacna han concluido proceso de transferencia de funciones sectoriales en materia de Energía y Minas RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 121-2008-MEM/DM Lima, 4 de marzo de 2008 VISTOS: Los expedientes correspondientes al procedimiento de efectivización de la transferencia de las funciones del Sector Energía y Minas, a los Gobiernos Regionales acreditados de las Regiones de Arequipa, Huancavelica, Ica, Piura y Tacna y las Actas de Entrega y Recepción debidamente fi rmadas por el Titular del Pliego; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 031-2007-EM que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, se estableció como competencia de dicho Ministerio defi nir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política en materia de minería y energía; Que, la Quinta Disposición Transitoria de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, establece que las tr ansferencias de funciones, programas y organismos del Gobierno Nacional hacia los Gobiernos Regionales y Locales, comprenden el personal, acervo documentario y los recursos presupuestales correspondientes, que se encuentren directamente vinculados al ejercicio o desarrollo de las funciones o servicios transferidos, incluyendo la titularidad y dominio de los bienes correspondientes; Que, la Ley N° 28273 ha regulado el Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales y el artículo 9° de su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 080-2004-PCM, ha establecido el ciclo del proceso de acreditación, luego del cual se efectivizarán las transferencias a los Gobiernos Regionales y Locales acreditados de las funciones sectoriales que les correspondan, incluyendo el personal, acervo documentario, recursos presupuestales y bienes muebles e inmuebles vinculados a éstas; Que, de acuerdo a los Decretos Supremos N°s 021- 2006-PCM, 068-2006-PCM y 036-2007-PCM, que aprueban los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales correspondiente a los años 2006 y 2007 respectivamente, estableciendo el universo de competencias sectoriales que, en materia de minería y de energía, debían transferirse a los Gobiernos Regionales, previa acreditación de las mismas; Que, de acuerdo a lo indicado en las normas mencionadas en los considerandos precedentes, la Secretaria de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, mediante Resolución de Secretaria de Descentralización N° 003-2007-PCM/SD que aprueba la Directiva N° 001-2007-PCM/SD y Resolución de Secretaria de Descentralización N° 0025-2007-PCM/SD que aprueba la Directiva N° 006-2007-PCM/SD, dispone la efectivización del proceso de transferencia de funciones y competencias de los sectores del Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales. Cabe precisar que se están incluyendo las funciones y facultades pendientes de acreditación correspondientes a los planes de transferencia de los años 2004 y 2005; Que, mediante Resolución de Secretaria de Descentralización N° 020-2007-PCM/SD del 3-09-2007 y Resolución de Secretaria de Descentralización N° 029-2007-PCM/SD del 13-10-2007, se certifi can a diversos Gobiernos Regionales que han cumplido con los requisitos específi cos mínimos para la transferencia de determinadas funciones sectoriales; Que, mediante Resolución de Secretaria de Descentralización N° 007-2008-PCM/SD del 06-02-2008, Resolución de Secretaria