Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE MARZO DEL AÑO 2008 (10/03/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 3

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 10 de marzo de 2008 368489 de Descentralización N° 013-2008-PCM/SD del 22-02-2008, y Resolución de Secretaria de Descentralización N° 016-2008-PCM/SD del 27-02-2008, se certifi can a diversos Gobiernos Regionales que han cumplido con los requisitos generales para acceder a la transferencia de funciones sectoriales; Que, las Comisiones de Transferencia Sectorial del Ministerio de Energía y Minas designadas mediante Resolución Ministerial N° 316-2007-MEM/DM, del 2 de julio de 2007, presididas por los Viceministros de Energía y de Minas respectivamente, a quienes se les delegó la facultad de fi rmar las Actas de Entrega y Recepción, han culminado el proceso de efectivización de la transferencia de funciones señalado en la Directiva de la Secretaria de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, mencionada en el párrafo anterior, suscribiendo las correspondientes Actas de Entrega y Recepción con los Presidentes de los Gobiernos Regionales de las regiones anteriormente señaladas; Que, en tal sentido, es procedente declarar la competencia para ejercer las funciones acreditadas por los Gobiernos Regionales, cuyo proceso de efectivización de transferencia ha sido culminado con la suscripción de las respectivas Actas de Entrega y Recepción; De conformidad con lo dispuesto en el literal g), 5.1.8, numeral 5) de la Directiva N° 001-2007-PCM/SD aprobada por Resolución de Secretaria de Descentralización N° 003-2007- PCM/SD y el literal 5.2.8, numeral 5) de la Directiva N° 006-2007- PCM/SD aprobada por la Directiva N° 025-2007-PCM/SD; SE RESUELVE: Artículo 1° .- Aprobación de transferencias de funciones sectoriales. Declarar que los Gobiernos Regionales de Arequipa, Huancavelica, Ica, Piura y Tacna han concluido el proceso de transferencia de funciones sectoriales en materia de Energía y Minas, de acuerdo al Anexo N° 1 que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial; siendo a partir de la fecha competentes para el ejercicio de las mismas. Artículo 2°.- Adecuación de los instrumentos de gestión. De conformidad con lo dispuesto en la Primera Disposición Final del Reglamento de la Ley N° 28273, aprobado por Decreto Supremo N° 080-2004-PCM y Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 079-2007-PCM, los Gobiernos Regionales anteriormente señalados, deberán dictar las disposiciones necesarias a fi n de adecuar sus instrumentos institucionales de gestión en virtud de la transferencia de las funciones sectoriales referidas en el artículo precedente. Asimismo, establecerán en el correspondiente Texto Único de Procedimientos Administrativos, los procedimientos directamente relacionados con las funciones sectoriales que les compete ejercer. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas ANEXO : DE LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 121-2008-MEM/DM ANEXO N° 1 Funciones Acreditadas y Transferidas a los Gobiernos Regionales, de conformidad con la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales* REGIÓNENERGÍA MINERIA FUNCIONES ACREDITADAS, (artículo 59) *FUNCIONES ACREDITADAS, (artículo 59) * 1. AREQUIPA a, d, h a, c, f, g, h 2. HUANCAVELICA a, d, h a, c, f, g, h3. ICA a, d, h a, c, f, g, h 4. PIURA a, d, h a, c, f, g, h 5. TACNA a, d, h a, c, f, g, h 173673-1 Aprueban lista de bienes y servicios cuya adquisición otorgará derecho a devolución del IGV e IPM a favor de Minergia S.A.C., durante la fase de exploración RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 131-2008-MEM/DM Lima, 6 de marzo de 2008CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 082-2002-EF se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 27623, modifi cada por la Ley Nº 27662, que dispone la devolución del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal a los titulares de la actividad minera durante la fase de exploración; Que, el inciso c) del artículo 6° del citado Reglamento estipula que el detalle de la lista de bienes y servicios se aprobará mediante resolución ministerial del Ministerio de Energía y Minas, previa opinión favorable del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, por Decreto Supremo Nº 150-2002-EF se aprobó la lista general de los bienes y servicios cuya adquisición otorgará el derecho a la devolución defi nitiva del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal; Que, la empresa MINERGIA S.A.C. solicitó al Ministerio de Energía y Minas la suscripción de un Contrato de Inversión en Exploración, adjuntando la lista de bienes y servicios cuya adquisición le otorgará el derecho a la devolución del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal, durante la fase de exploración; Que, el Ministerio de Economía y Finanzas mediante Ofi cio N° 049-2008-EF/15.01 de fecha 07 de febrero de 2008, emitió opinión favorable a la lista de bienes y servicios presentada por la empresa MINERGIA S.A.C. considerando que la lista presentada por la citada empresa coincide con los bienes y servicios aprobados por el Decreto Supremo N°150- 2002-EF, adecuado al Arancel de Aduanas vigente; Con la opinión favorable de la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas; De conformidad con lo dispuesto en el inciso c) del artículo 6° del Reglamento de la Ley Nº 27623, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2002-EF y el literal h) del artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar la lista de bienes y servicios cuya adquisición otorgará el derecho a la devolución del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal a favor de la empresa MINERGIA S.A.C. durante la fase de exploración, de acuerdo con el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas ANEXO LISTA DE BIENES Y SERVICIOS QUE TIENEN DERECHO A LA DEVOLUCIÓN DE IGV e IPM MINERGIA S.A.C. I. BIENES N°SUBPARTIDA NACIONALDESCRIPCION 1 2508.10.00.00 BENTONITA2 3824.90.60.00PREPARACIONES PARA FLUIDOS DE PERFORACIÓN DE POZOS (“LODOS”) 3 3926.90.60.00 PROTECTORES ANTIRRUIDOS DE MATERIA PLÁSTICA4 6401.10.00.00 CALZADO CON PUNTERA METÁLICA DE PROTECCIÓN5 6506.10.00.00 CASCOS DE SEGURIDAD 6 7228.80.00.00BARRAS HUECAS PARA PERFORACIÓN DE ACEROS ALEADOS O SIN ALEAR 7 7304.22.00.00 TUBOS DE PERFORACIÓN DE ACERO INOXIDABLE8 7304.23.00.00 LOS DEMÁS TUBOS DE PERFORACIÓN9 8207.13.10.00 TRÉPANOS Y CORONAS CON PARTE OPERANTE DE CERMET10 8207.13.20.00 BROCAS CON PARTE OPERANTE DE CERMET11 8207.13.30.00 BARRENAS INTEGRALES CON PARTE OPERANTE DE CERMET12 8207.13.90.00 LOS DEMÁS UTILES CON PARTE OPERANTE DE CERMET13 8207.19.10.00 TRÉPANOS Y CORONAS EXCEPTO DE CERMET14 8207.19.21.00 BROCAS DIAMANTADAS EXCEPTO DE CERMET15 8207.19.29.00 LAS DEMÁS BROCAS EXCEPTO DE CERMET Y DIAMANTADAS16 8207.19.30.00 BARRENAS INTEGRALES 17 8207.19.80.00LOS DEMÁS ÚTILES INTERCAMBIABLES DE PERFORACIÓN Y SONDEO 18 8207.90.00.00 LOS DEMÁS ÚTILES INTERCAMBIABLES 19 8430.41.00.00LAS DEMÁS MÁQUINAS DE SONDEO O PERFORACIÓN AUTOPROPULSADAS 20 8430.49.00.00LAS DEMÁS MÁQUINAS DE SONDEO Y PERFORACIÓN EXCEPTO AUTOPROPULSADAS 21 8431.43.10.00 BALANCINES 22 8431.43.90.00LAS DEMÁS PARTES DE MÁQUINAS DE SONDEO O PERFORACIÓN DE LA SUBPARTIDAS 84.30.41 U 8430.49 23 8517.61.00.00 ESTACIONES BASE 24 8517.62.90.00LOS DEMÁS APARATOS PARA LA RECEPCIÓN, CONVERSIÓN Y TRANSMISIÓN O REGENERACIÓN DE VOZ, IMAGEN U OTROS DATOS